Carta renuncia – requisitos legales para su validez -

Posted: November 24th, 2009 | Author: El Conta |

Imagen: larryfire.files.wordpress.com

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REQUISITOS LEGALES PARA LA VALIDEZ DE LAS CARTAS RENUNCIA.

Para que sea eficaz la renuncia que se pide a algún trabajador por parte de la empresa, o que el mismo renuncie, debemos tener en cuenta los siguientes requisitos.

1. Carta renuncia con la fecha del último día laborado.
2. El finiquito debe contener los pagos que se realizan y además deberá tener la misma fecha de la carta renuncia.
3. Cheque. Tomando en consideración que al trabajador se le paga con cheque, es menester que a este cheque se le anote la misma fecha de la carta renuncia, ya que en algunas ocasiones el cheque de pago de finiquito contiene fecha de un día o dos antes de la fecha de la renuncia. Esto es ilegal e incongruente.
4. Cuando se llame a renunciar a un trabajador o éste renuncie, es conveniente que se le presente el control de asistencia, el que deberá ser firmado de aceptación.
5. Es conveniente entregar una constancia de trabajo que contenga el puesto que ocupó, fecha de ingreso, fecha de salida y la leyenda que se extiende la presente constancia a solicitud del interesado, ya que renunció voluntariamente a la empresa.
6. En todos los documentos a que me refiero anteriormente, el trabajador deberá anotar de su puño y letra su nombre, firma, la fecha y la hora en que se actúa.

Información que podría interesarte:

  1. Salario base para INDEMNIZACIONES
  2. 20 Días por año trabajado ¿Los puedo exigir en mi finiquito y/o liquidación laboral?


One Comment on “Carta renuncia – requisitos legales para su validez -”

  1. 1: Jorge Mafud [@mafudabogados] said at 11:43 am on March 2nd, 2010:

    Solo para contribuir en algo… es realmente importante para todo patrón que, cuando un trabajador renuncie o se le despida, se acuda a la Junta de Conciliación y Arbitraje correspondiente para dejar constancia, ante la autoridad, de la terminación de la relación laboral.

    Recordemos que los trabajadores podrán demandar y la carga de la prueba es del patrón. Mejor curarse en salud.

    Saludos.

    JM


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