Aquel hombre que pierde la honra por el negocio, pierde el negocio y la honra

(Francisco de Quevedo)

Cálculo de finiquito automático -En linea-

Posted: November 28th, 2009 | Filed under: ISR, Recursos Humanos | Tags: , , , |

Imagen: www.que.es

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Estoy intentando publicar una herramienta para el cálculo automático de finiquitos (incluyendo retencion de ISR) y esta es digamos la versión “beta” de esta próxima utilidad que te brindará este blog.

Te invito a utilizarla y me digas si ves alguna fórmula incorrecta y/o algún error, para ir “puliendo” el archivo:

Cálculo de finiquitos (Tablas 2010)

Pero antes, lee primero las INSTRUCCIONES:

  • El archivo tarda un poco en cargar, así que por favor ten paciencia.
  • El archivo esta compuesto por tres pestañas, en la pestaña llamada PRESENTACIÓN es donde ingresarás los datos para el finiquito.
  • En la pestaña PRESENTACIÓN, unicamente modificarás las celdas de color GRIS, (si modificas algo más posiblemente corrompas el archivo para tu cálculo)
  • Una vez capturados los campos del punto anterior, te cambias a la pestaña llamada CALCULO y ahí deberás ver reflejados tus valores ingresados en los campos grises.
  • Nota: Tus valores, NO se graban así que si deseas guardar el calculo hecho, deberás imprimirlo.

    De antemano agradezco tu apoyo ;-)

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    13 Comments on “Cálculo de finiquito automático -En linea-”

    1. 1: Salvatore said at 10:12 am on January 7th, 2010:

      Conta: Porqué no hacer que la cédula del finiquito laboral la podamos importar a excel???? Yo manejo mucho los finiquitos laborales por el tipo de empresa en la que laboro. Incluso no se puede imprimir bien la hoja de los cálculos. Estaría super bien poderlos importar para así tener cada cálculo en su archivo correspondiente…………saludos.

    2. 2: Salvatore said at 10:16 am on January 7th, 2010:

      Otra cosa conta: En el cálculo de los finiquitos, hay una parte excenta de noventa días de SMG, el cual debe de restársele al total de la liquidación (3 meses + 20 días + prima de antiguedad )y creo que no la estas incluyendo.
      Si estoy mal; corrígeme.

    3. 3: Paulo said at 4:18 pm on January 20th, 2010:

      Hola, el salario mínimo que viene en la hoja de PRESENTACION es incorrecto, por que esos datos son del 2009. los datos correctos deberían de ser :

      Área geográfica Pesos
      “A” $57.46
      “B” $55.84
      “C” $54.47

      http://sat.gob.mx/sitio_intern.....efault.asp

      Saluddos

    4. 4: GE said at 2:08 am on January 21st, 2010:

      me podrias dar el fundamento legal que respalde esa parte excenta de favor.

    5. 5: GE said at 2:11 am on January 21st, 2010:

      no estas hablando de una indemnizacion, pero quiero salir de mi duda gracias

    6. 6: GE said at 2:27 am on January 21st, 2010:

      mira en un finiquito no se incluye por que como bien sabes tocayo la indemnizacion se da por liquidacion de la empresa, despido injustificado, etc. y el finiquito es por renuncia voluntaria del trabajador

    7. 7: GE said at 2:35 am on January 21st, 2010:

      El finiquito es un documento, realizado en papel por el que se pone fin a la relación laboral existente entre el trabajador y el empresario. Con su firma el empresario queda libre de abonar cantidad alguna al empleado, y este queda libre de la obligación de trabajar a las órdenes del empresario.
      La Indemnización es un término utilizado principalmente en el área de las leyes y se refiere a la transacción que se realiza entre un acreedor o víctima y un deudor o victimario. En palabras simples es una “compensación” que alguien pide y eventualmente puede recibir por daños o deudas de parte de otra persona o entidad.

      La transacción mencionada corresponde a la petición realizada por parte de la víctima o acreedor de una determinada suma de dinero, la que deberá ser equivalente al daño producido o a las ganancias y beneficios que hubiese adquirido de no haberse producido cierto daño por parte del victimario o deudor. Es por esto que, generalmente, se habla de indemnización de perjuicios, entendiendo “perjuicio” como aquel daño producido por el deudor o victimario, y que deberá ser compensado.

    8. 8: GE said at 2:52 am on January 21st, 2010:

      una disculpa no habia podido abrir completamente la pagina, voy a checar los articulos y yo tambien sabia eso que establece el buen salvatore

    9. 9: GE said at 7:12 am on January 22nd, 2010:

      asi es mi buen lo que pasa es que este articulo si lo lees fue publicado en noviembre del año pasado

    10. 10: El Conta said at 12:28 pm on January 22nd, 2010:

      @Paulo:

      Gracias, ya lo actualicé :)

    11. 11: El Conta said at 12:28 pm on January 22nd, 2010:

      Muy buenas definiciones.

    12. 12: El Conta said at 12:31 pm on January 22nd, 2010:

      En cuanto este archivo pase de la fase “beta” (con ayuda de ustedes) lo pondré accesible para que sea bajado a su PC.

      Saludos ;)

    13. 13: El Conta said at 12:35 pm on January 22nd, 2010:

      En la hoja llamada “CALCULO” celda e34 se hace esa reducción para efectos de cálculo de ISR. Es decir, si lo estoy incluyendo.

      Aunque sabes…. me quedé con la duda si esos 90 dias de SMG se le restan a la suma de todo (3 meses + 20 días + prima de antiguedad ) ó se le aplica a cada una de ellas en particular (como por ahora lo tengo en el archivo)

      Habrá que investigar.

      Saludos y gracias por participar.


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