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	<title>Comments on: Cálculo de finiquito automático -En linea-</title>
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	<description>Herramientas para los contadores -México-</description>
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		<title>By: fabiola recendez</title>
		<link>http://elconta.com/2009/11/28/calculo-de-finiquito-automatico-en-linea/comment-page-1/#comment-576</link>
		<dc:creator>fabiola recendez</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 24 Feb 2010 19:17:59 +0000</pubDate>
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		<description>hola conta!! yo realice el calculo con tu programa y me da lo mismo q la empresa me esta pagando, mi duda es q esto es sin incluir los 20 dias de indemnizacion por año, acaso esto no aplica en este caso, el despido es por recorte de personal??? por favor ayudame por q hoy tengo q firmar la renuncia y ellos me dicen q esa parte no aplica q hago??</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>hola conta!! yo realice el calculo con tu programa y me da lo mismo q la empresa me esta pagando, mi duda es q esto es sin incluir los 20 dias de indemnizacion por año, acaso esto no aplica en este caso, el despido es por recorte de personal??? por favor ayudame por q hoy tengo q firmar la renuncia y ellos me dicen q esa parte no aplica q hago??</p>
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	<item>
		<title>By: Lupita Blan</title>
		<link>http://elconta.com/2009/11/28/calculo-de-finiquito-automatico-en-linea/comment-page-1/#comment-540</link>
		<dc:creator>Lupita Blan</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 18 Feb 2010 01:55:12 +0000</pubDate>
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		<description>Hola muy buena herramienta de trabajo.... gracias....solo una duda cuando es un finiquito por renuncia voluntaria se les otorga los 20 dias  por año y los 3 meses por el último año.??</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola muy buena herramienta de trabajo&#8230;. gracias&#8230;.solo una duda cuando es un finiquito por renuncia voluntaria se les otorga los 20 dias  por año y los 3 meses por el último año.??</p>
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		<title>By: El Conta</title>
		<link>http://elconta.com/2009/11/28/calculo-de-finiquito-automatico-en-linea/comment-page-1/#comment-528</link>
		<dc:creator>El Conta</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 16 Feb 2010 18:57:51 +0000</pubDate>
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		<description>@Luis Her:

Lo acabo de revisar ahorita mismo y estan funcionando perfectamente :roll:

Saludos y gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>@Luis Her:</p>
<p>Lo acabo de revisar ahorita mismo y estan funcionando perfectamente <img src='http://elconta.com/wp-includes/images/smilies/icon_rolleyes.gif' alt=':roll:' class='wp-smiley' /> </p>
<p>Saludos y gracias</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>By: Luis Her</title>
		<link>http://elconta.com/2009/11/28/calculo-de-finiquito-automatico-en-linea/comment-page-1/#comment-527</link>
		<dc:creator>Luis Her</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 16 Feb 2010 18:54:24 +0000</pubDate>
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		<description>COnta, los link ya caducaron o estan rotos, no pude ver el de finiquito en linea ni las del calculo IMSS, gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>COnta, los link ya caducaron o estan rotos, no pude ver el de finiquito en linea ni las del calculo IMSS, gracias</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>By: El Conta</title>
		<link>http://elconta.com/2009/11/28/calculo-de-finiquito-automatico-en-linea/comment-page-1/#comment-513</link>
		<dc:creator>El Conta</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 14 Feb 2010 05:43:11 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://elconta.com/?p=294#comment-513</guid>
		<description>@PL:

Gracias por participar con tus amables comentarios.

	&lt;li&gt;&lt;strong&gt;&quot;Hola que tal, el cálculo de indemnizaciones es incorrecto, ya que de acuerdo con el artículo 89 de la Ley Federal del Trabajo en relación con el 84, la indemnización de 90 días y 20 días por año se debe cubrir con salario diario integrado.&quot;&lt;/strong&gt;&lt;/li&gt;
 Es correcto lo que me comentas, pero pienso que NO debemos confundir el salario diario integrado que nos marca la LFT (Art 84 y 89 LFT) con el SDI que tenemos para IMSS, creo que son cosas diferentes (la diferencia radica en que para efectos laborales integran todos los pagos hechos al trabajador por cualquier concepto derivado de la relación de trabajo, y para efectos del SBC algunos conceptos no integran, y estos conceptos son los que marca el Art. 27 LIMSS y los que lo integran estan señalados en el Art. 5A LIMSS.


Con respecto al otro punto, en una chancita que tenga lo analiso y posteriormente te doy mis comentarios.

Saludos ;)</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>@PL:</p>
<p>Gracias por participar con tus amables comentarios.</p>
<li><strong>&#8220;Hola que tal, el cálculo de indemnizaciones es incorrecto, ya que de acuerdo con el artículo 89 de la Ley Federal del Trabajo en relación con el 84, la indemnización de 90 días y 20 días por año se debe cubrir con salario diario integrado.&#8221;</strong></li>
<p> Es correcto lo que me comentas, pero pienso que NO debemos confundir el salario diario integrado que nos marca la LFT (Art 84 y 89 LFT) con el SDI que tenemos para IMSS, creo que son cosas diferentes (la diferencia radica en que para efectos laborales integran todos los pagos hechos al trabajador por cualquier concepto derivado de la relación de trabajo, y para efectos del SBC algunos conceptos no integran, y estos conceptos son los que marca el Art. 27 LIMSS y los que lo integran estan señalados en el Art. 5A LIMSS.</p>
<p>Con respecto al otro punto, en una chancita que tenga lo analiso y posteriormente te doy mis comentarios.</p>
<p>Saludos <img src='http://elconta.com/wp-includes/images/smilies/icon_wink.gif' alt=';)' class='wp-smiley' /> </p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>By: JORGE</title>
		<link>http://elconta.com/2009/11/28/calculo-de-finiquito-automatico-en-linea/comment-page-1/#comment-511</link>
		<dc:creator>JORGE</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 13 Feb 2010 19:37:42 +0000</pubDate>
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		<description>hola bunas tardes, estuve revisando los diferentes aplicaciones, y la verdad son de gran utilidad  por ahorrar tiempo en calculos manuales.......gracias a quienes  trabajaron en esta pagina</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>hola bunas tardes, estuve revisando los diferentes aplicaciones, y la verdad son de gran utilidad  por ahorrar tiempo en calculos manuales&#8230;&#8230;.gracias a quienes  trabajaron en esta pagina</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>By: PL</title>
		<link>http://elconta.com/2009/11/28/calculo-de-finiquito-automatico-en-linea/comment-page-1/#comment-504</link>
		<dc:creator>PL</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 12 Feb 2010 21:42:52 +0000</pubDate>
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		<description>Hola que tal, el cálculo de indemnizaciones es incorrecto, ya que de acuerdo con el artículo 89 de la Ley Federal del Trabajo en relación con el 84, la indemnización de 90 días y 20 días por año se debe cubrir con salario diario integrado.

Asimismo hago una recomendación: ya que en la parte de Presentación se calcula la parte proporcional del año que transcurre, en la parte de cálculo debería arrojar automáticamente el aguinaldo y vacaciones proporcionales. Es decir si le pongo en presentación que el trabajador tiene 15 días de aguinaldo, y del año 2010 han transcurrido 150 días, la parte proporcional se obtendría de multiplicar los días trabajados del 2010 (celda c21 de la hoja de presentación) por los días de aguinaldo que le corresponden al trabajador (C12), dividido entre 365 , en el ejemplo sería 150*15/365= 6.1644 días de aguinaldo proporcional del año dos mil diez (cantidad que debería aparecer en la hoja del cálculo de finiquito  en la celda C10 incluyendo decimales para obtener la cantidad más exacta posible), esa cantidad es la que se multiplica por el salario diario y da el aguinaldo proporcional a pagar por los días efectivamente laborados en el año .  Lo mismo con vacaciones se multiplica la celda c21*c22/365</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola que tal, el cálculo de indemnizaciones es incorrecto, ya que de acuerdo con el artículo 89 de la Ley Federal del Trabajo en relación con el 84, la indemnización de 90 días y 20 días por año se debe cubrir con salario diario integrado.</p>
<p>Asimismo hago una recomendación: ya que en la parte de Presentación se calcula la parte proporcional del año que transcurre, en la parte de cálculo debería arrojar automáticamente el aguinaldo y vacaciones proporcionales. Es decir si le pongo en presentación que el trabajador tiene 15 días de aguinaldo, y del año 2010 han transcurrido 150 días, la parte proporcional se obtendría de multiplicar los días trabajados del 2010 (celda c21 de la hoja de presentación) por los días de aguinaldo que le corresponden al trabajador (C12), dividido entre 365 , en el ejemplo sería 150*15/365= 6.1644 días de aguinaldo proporcional del año dos mil diez (cantidad que debería aparecer en la hoja del cálculo de finiquito  en la celda C10 incluyendo decimales para obtener la cantidad más exacta posible), esa cantidad es la que se multiplica por el salario diario y da el aguinaldo proporcional a pagar por los días efectivamente laborados en el año .  Lo mismo con vacaciones se multiplica la celda c21*c22/365</p>
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	</item>
	<item>
		<title>By: El Conta</title>
		<link>http://elconta.com/2009/11/28/calculo-de-finiquito-automatico-en-linea/comment-page-1/#comment-393</link>
		<dc:creator>El Conta</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 22 Jan 2010 18:35:48 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://elconta.com/?p=294#comment-393</guid>
		<description>En la hoja llamada &quot;CALCULO&quot; celda &lt;strong&gt;e34&lt;/strong&gt; se hace esa reducción para efectos de cálculo de ISR. Es decir, si lo estoy incluyendo.

Aunque sabes.... me quedé con la duda si esos 90 dias de SMG se le restan a la suma de todo (3 meses + 20 días + prima de antiguedad ) ó se le aplica a cada una de ellas en particular (como por ahora lo tengo en el archivo)

Habrá que investigar.

Saludos y gracias por participar.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>En la hoja llamada &#8220;CALCULO&#8221; celda <strong>e34</strong> se hace esa reducción para efectos de cálculo de ISR. Es decir, si lo estoy incluyendo.</p>
<p>Aunque sabes&#8230;. me quedé con la duda si esos 90 dias de SMG se le restan a la suma de todo (3 meses + 20 días + prima de antiguedad ) ó se le aplica a cada una de ellas en particular (como por ahora lo tengo en el archivo)</p>
<p>Habrá que investigar.</p>
<p>Saludos y gracias por participar.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>By: El Conta</title>
		<link>http://elconta.com/2009/11/28/calculo-de-finiquito-automatico-en-linea/comment-page-1/#comment-392</link>
		<dc:creator>El Conta</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 22 Jan 2010 18:31:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://elconta.com/?p=294#comment-392</guid>
		<description>En cuanto este archivo pase de la fase &quot;beta&quot; (con ayuda de ustedes) lo pondré accesible para que sea bajado a su PC.

Saludos ;)</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>En cuanto este archivo pase de la fase &#8220;beta&#8221; (con ayuda de ustedes) lo pondré accesible para que sea bajado a su PC.</p>
<p>Saludos <img src='http://elconta.com/wp-includes/images/smilies/icon_wink.gif' alt=';)' class='wp-smiley' /> </p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>By: El Conta</title>
		<link>http://elconta.com/2009/11/28/calculo-de-finiquito-automatico-en-linea/comment-page-1/#comment-391</link>
		<dc:creator>El Conta</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 22 Jan 2010 18:28:59 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://elconta.com/?p=294#comment-391</guid>
		<description>Muy buenas definiciones.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Muy buenas definiciones.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>By: El Conta</title>
		<link>http://elconta.com/2009/11/28/calculo-de-finiquito-automatico-en-linea/comment-page-1/#comment-390</link>
		<dc:creator>El Conta</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 22 Jan 2010 18:28:00 +0000</pubDate>
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		<description>@Paulo:

Gracias, ya lo actualicé :)</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>@Paulo:</p>
<p>Gracias, ya lo actualicé <img src='http://elconta.com/wp-includes/images/smilies/icon_smile.gif' alt=':)' class='wp-smiley' /> </p>
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	</item>
	<item>
		<title>By: GE</title>
		<link>http://elconta.com/2009/11/28/calculo-de-finiquito-automatico-en-linea/comment-page-1/#comment-388</link>
		<dc:creator>GE</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 22 Jan 2010 13:12:49 +0000</pubDate>
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		<description>asi es mi buen lo que pasa es que este articulo si lo lees fue publicado en noviembre del año pasado</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>asi es mi buen lo que pasa es que este articulo si lo lees fue publicado en noviembre del año pasado</p>
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	</item>
	<item>
		<title>By: GE</title>
		<link>http://elconta.com/2009/11/28/calculo-de-finiquito-automatico-en-linea/comment-page-1/#comment-383</link>
		<dc:creator>GE</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 21 Jan 2010 08:52:27 +0000</pubDate>
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		<description>una disculpa no habia podido abrir completamente la pagina, voy a checar los articulos y yo tambien sabia eso que establece el buen salvatore</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>una disculpa no habia podido abrir completamente la pagina, voy a checar los articulos y yo tambien sabia eso que establece el buen salvatore</p>
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	<item>
		<title>By: GE</title>
		<link>http://elconta.com/2009/11/28/calculo-de-finiquito-automatico-en-linea/comment-page-1/#comment-382</link>
		<dc:creator>GE</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 21 Jan 2010 08:35:10 +0000</pubDate>
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		<description>El finiquito es un documento, realizado en papel por el que se pone fin a la relación laboral existente entre el trabajador y el empresario. Con su firma el empresario queda libre de abonar cantidad alguna al empleado, y este queda libre de la obligación de trabajar a las órdenes del empresario.
La Indemnización es un término utilizado principalmente en el área de las leyes y se refiere a la transacción que se realiza entre un acreedor o víctima y un deudor o victimario. En palabras simples es una &quot;compensación&quot; que alguien pide y eventualmente puede recibir por daños o deudas de parte de otra persona o entidad. 

La transacción mencionada corresponde a la petición realizada por parte de la víctima o acreedor de una determinada suma de dinero, la que deberá ser equivalente al daño producido o a las ganancias y beneficios que hubiese adquirido de no haberse producido cierto daño por parte del victimario o deudor. Es por esto que, generalmente, se habla de indemnización de perjuicios, entendiendo “perjuicio” como aquel daño producido por el deudor o victimario, y que deberá ser compensado.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>El finiquito es un documento, realizado en papel por el que se pone fin a la relación laboral existente entre el trabajador y el empresario. Con su firma el empresario queda libre de abonar cantidad alguna al empleado, y este queda libre de la obligación de trabajar a las órdenes del empresario.<br />
La Indemnización es un término utilizado principalmente en el área de las leyes y se refiere a la transacción que se realiza entre un acreedor o víctima y un deudor o victimario. En palabras simples es una &#8220;compensación&#8221; que alguien pide y eventualmente puede recibir por daños o deudas de parte de otra persona o entidad. </p>
<p>La transacción mencionada corresponde a la petición realizada por parte de la víctima o acreedor de una determinada suma de dinero, la que deberá ser equivalente al daño producido o a las ganancias y beneficios que hubiese adquirido de no haberse producido cierto daño por parte del victimario o deudor. Es por esto que, generalmente, se habla de indemnización de perjuicios, entendiendo “perjuicio” como aquel daño producido por el deudor o victimario, y que deberá ser compensado.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>By: GE</title>
		<link>http://elconta.com/2009/11/28/calculo-de-finiquito-automatico-en-linea/comment-page-1/#comment-381</link>
		<dc:creator>GE</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 21 Jan 2010 08:27:47 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://elconta.com/?p=294#comment-381</guid>
		<description>mira en un finiquito no se incluye por que como bien sabes tocayo la indemnizacion se da por liquidacion de la empresa, despido injustificado, etc. y el finiquito es por renuncia voluntaria del trabajador</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>mira en un finiquito no se incluye por que como bien sabes tocayo la indemnizacion se da por liquidacion de la empresa, despido injustificado, etc. y el finiquito es por renuncia voluntaria del trabajador</p>
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