IMSS condonacion del 90% de multas
Posted: January 5th, 2010 | Author: El Conta | 18 Contas platicando »

En ocasiones muy frecuentemente los contribuyentes somos sujetos de multas que la autoridad nos impone, debido a diversas situaciones que en la vidad de las empresas se van dando. En mi caso tenía dos multas por unas aportaciones al IMSS que realizamos de manera extemporanea (la empresa no tenía suficiente liquidez…)
Cuando ya tenemos una multa a cuestas, no queda más que buscar los mecanismos necesarios para reducirla lo más posible y nos sea lo menos pesada posible. Motivo por el cúal me fuí a la subdelegación del IMSS que me corresponde, donde me dieron estos requisitos para de una manera por demás SENCILLA condonarnos EL 90% de las multas generadas.
Antes que nada, debes saber que para ser sujeto de este beneficio es necesario que tu cuenta de adeudos COP (Mensuales) y de RCV (Bimestrales) se encuentren limpias, es decir sin adeudo alguno.
Por lo tanto, te sugiero que cuando te lleguen las notificaciones de pago de creditos y multas (frecuentemente vienen en un mismo requerimiento) hagas primero el pago de los créditos y dejes para después el pago de la(s) multa(s) para posteriormente hacer este trámite del cuál aquí te dejo los requisitos:
Y esta es la carta que te solicitan que lleves y que yo utilicé en esta ocasión:
Una vez autorizada esta reducción deberás pagar ese mismo día el 10% de la multa (actulizada) más los gastos de ejecución.
Bueno colega y/o amable lector, no me resta más que desearte la mejor de las suertes en este trámite.
Recuerda, en medida de lo posible ir con una sonrisa en el rostro para hacer más llevaderos estos trámites ![]()
Otra información que podría interesarte:
- Infonavit: Condonación de multas 2012 << Ahora es cuando !!
- Condonación de multas SAT -Audio-
- Condonación de multas y recargos en el DF -2011-
- Twits interesantes: Formato para cancelar multas del IMSS por cumplimiento espontáneo (Vía: @joseme77)
- Condonación de multas y recargos de IMSS 2010-2011





Saludos!
JM
Tu rezonamiento es correcto.
Te invito a leer este otro post relativo a lo que me comentas, ahí viene un ejemplo del cálculo de IMSS Obrero-Patronal que es muy esclarecedor
Saludos !!
gracias.
f
Prácticamente son los mismos requisitos.
Saludos
El IMSS no es catastro municipal
Y si vas a hacer una ampliación x tu cuenta (con ayuda de tus familiares) no tienes porque darlos de alta en el IMSS, deberías sacar un permiso ante catastro y nada mas. Coméntales que dicha ampliación la vas a hacer tu mismo (si es el caso) y no creo que tengas mayor problema.
Ud. tranquilo
Saludos y suerte.
tengo adeudos con el imss de 1997 no los pague segun el estado de adeudo tengo multas recargos actualizaciones
si lo pago tengo el beneficio de la condonacion de multas y recargos y solamente tengo que pagar la suerte principal y actualizaciones?
saludos cordiales
quisiera saber si me pueden orientar, presentamos unas bajas de trabajadores con fecha actual pero realmente ya tenian como 1 año de no trabajar con nosotros , lei el art. 37 y no dice que deberiamos haber presentado las bajas con fecha real de hace 1 año para solicitar la devolucion
Mi duda es si existe algun otro medio para solicitar dichas devoluciones ya que en el Imss me dicen que si se dieron de alta con otro patron pero como las bajas las presente con fecha reciente no aplica ese articulo y la verdad si es una buena cantidad $$ como para dejarselas
Agradezco de antemano su ayuda
saludos
gracias
favor de aclararme
El importe de la multa.
Saludos y suerte
Gracias por la asesoría
Que yo sepa no…
saludos