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Riesgo de Trabajo IMSS -Determinación-

Posted: February 8th, 2010 | Author: |

"Seguridad laboral" :-?

Durante el mes de febrero, los patrones esta obligados a presentar ante el IMSS, su auto-determinación de primas de riesgo de trabajo que prevalecerán durante el año en curso (a partir del mes de marzo, del año de que se trate)

La Declaración Anual de Riesgos de Trabajo

El Seguro de Riesgos de Trabajo, se encuentra legislado en la Ley del IMSS en su Título Segundo, Capítulo III, Secciones Primera a la Sexta, del Artículo 41 al 83, y sobre la declaración anual, específicamente en el art. 74, y en el Capítulo III. Art. 20 al 26 del Reglamento para la Clasificación de Empresas y Determinación de la Prima del Seguro de Riesgos de Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 11 de noviembre de 1998.

Las primas aplicables son diferentes para cada patrón y, por consecuencia, de la actividad y siniestralidad, según la clasificación del grupo de R.T. en el que se encuentren, en tanto que las cuotas se determinan sobre los salarios base de cotización o salarios diarios integrados de los trabajadores.

La diferencia sustancial en la fijación de la prima de R. T. actual (2000) con respecto a la Ley anterior, (antes del 1º. de julio de 1997) se da de la modificación que de manera integral sufre la mecánica para la determinación de la prima de R. T.

* En la Ley anterior, se ubicaba el grado de riesgo en la tabla del Reglamento para la Clasificación de Empresas con base al producto de frecuencia por gravedad, tanto en clases como en primas fijándose la prima de R. T. a cubrir, misma que no podía rebasar los límites fijados para la prima de R. T. mínima y máxima de cada clase.

 

* Actualmente no se determina el grado de riesgo sino la Prima de Riesgo de Trabajo, misma que no podrá ser inferior al .25% ni superior al 15%, sin importar la actividad o capacidad económica del patrón, pues ahora dependerá exclusivamente del comportamiento de los accidentes laborales.

Bajo este orden de disposiciones, todos los patrones que no hubieran sufrido modificaciones en la Prima de R. T., al periodo por el que se efectúan los cálculos para determinar las modificaciones a las primas de R. T., que comprende del 1° de enero al 31 de diciembre del año anterior, aunque los patrones hubieran o no tenido accidentes laborales, estaban obligados a presentar en el siguiente mes de febrero, la declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal anterior, Claro, al menos que estén exceptuados de ello.

¿ Quienes NO están obligados a presentar la declaración de R.T.?

Existen supuestos para no presentar la declaración anual de la Prima de R. T. los cuales se establecen en el Art. 20 del Reglamento para la Clasificación de Empresas y Determinación de la Prima del Seguro de Riesgos de Trabajo (RCEDPSRT).

Supuestos para no presentar la declaración anual de la Prima de Riesgos de Trabajo

Primero:

Sí las operaciones no abarcan del 1° de enero al 31 de diciembre de ese año (Fracción I ).

Segundo:

Si la empresa es de reciente registro en el IMSS o que hayan cambiado de actividad (en los términos del Artículo 12 y 14 del RCEDPSRT) dentro del período anual y sin que abarque entre el 1° de enero al 31 de diciembre, respectivamente (Fracción IV).

En estos casos se considerarán los casos de riesgos de trabajo terminados, hasta que hayan completado un período anual del 1o. de enero al 31 de diciembre

Tercero:

Cuando al determinar la Prima de Riesgos de Trabajo, ésta resulte igual a la del ejercicio anterior, se eximirá a los patrones de presentar la declaración anual (Fracción V).

Cuarto:

En los casos de restablecimiento (reanudación de actividades).

Si la suspensión es mayor a 6 meses y para el período subsecuente, realizará su determinación.

Si el lapso transcurrido entre la baja y el restablecimiento suman 6 meses o menos.

En caso contrario, continuará en la prima media de su clase (Fracción VII).

Conclusiones para el patrón:

La obligación de presentar la declaración anual de Riesgos de Trabajo en el mes de febrero, hubiera o no tenido accidentes laborales, siempre que estos hayan computado para efectos de dicha prima un ejercicio fiscal (01 de enero al 31 de diciembre).

No existe obligación de presentar la declaración anual de R.T. cuando se encuentre que el ejercicio fue el de inicio de actividades o cambio de las mismas y será hasta concluir un ejercicio fiscal (01 de enero al 31 de diciembre), cuando el patrón deba presentar la declaración correspondiente, ya sea que aumente o disminuya la prima.

Leer mas en OffixFiscal

Para su determinación se tiene como principal herramienta al sistema SUA, en el cual se van registrando las diversas incidencias ocurridas durante el año (incluyendo incapacidades) para la determinacion de cuotas a enterar COP y/o de RCV

Aquí te dejo una presentación de la manera en que se debe determinar este valor. El archivo fué preparado por el IMSS

te recomiendo oprimir el botón que dice “FULLSCREEN” para una mejor visualización de la explicación:

IMSS Riesgo de trabajo 2010 Instructivo

Fuente: IMSS (Determinación)

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29 Comments on “Riesgo de Trabajo IMSS -Determinación-”

  1. 1: Nes said at 2:29 pm on February 11th, 2010:

    Gracias por la guia, pero alguien sabe como debe de estar configurado el sistema (la compu) para renovar el certificado ya que tengo varios certificados que expiraron y siempre que intento renovarlo me marca error la pagina del imss.

    Gracias.

  2. 2: Miguel Chavero Alvarez said at 8:27 am on February 25th, 2010:

    Buen dia, tengo una duda sobre la Prima de RT para 2010.

    Tengo una emp. en calse III cubriendo una prima del 1.59840 al realizar el nuevo calculo para 2010 baja a 0.76100 pero se que no puedo bajarla tanto.

    Mi pregunta es: Hasta cuanto puedo bajarme? sin salir de la clase III y que debo hacer para presentar en la subdelegacion.

  3. 3: monica said at 8:14 am on June 29th, 2010:

    ayudenme por favor, me arrevataron mi bolso y en ella estavan documentos del imss que despues de un riesgo de trabajo, y entre estos documentos estava el documento para poder cobrar mi incapacidad que puedo hacer? gracias!

  4. 4: Prospectorama said at 4:51 pm on July 31st, 2010:

    Cual es el Riesgo de Trabajo para un Chofer como inicio de operacion?

  5. 5: SERGIO said at 11:28 am on January 21st, 2011:

    Qué tal!!?? Alguien me puede decir donde puedo cosultar que clase de riesgo tienen los choferes y/o mecánicos??

  6. 6: El Conta said at 11:43 am on January 21st, 2011:

    @Sergio:

    Checa el Art. 196 del reglamento de la Ley del Seguro Social.

    Saludos ;)

  7. 7: ALEJANDRO BARRAGAN said at 10:59 am on February 8th, 2011:

    Respuesta a Miguel Chavero,

    La prima que determinas es correcta y asi la debes presentar, te informo que la prima minima es 0.25 y la que determinaste es de .76 en comparacion tu prima solo bajo 0.8374 y tienes hasta 1 punto como tope.
    Aqui no importa en que clase te encuentres, solo se debe establecer mediante los lineamientos de las primas minimas y maximas. para presentarla ingresa a la pagina del imss alli puedes bajar un formato en excel o directamente la puedes calcular por el sua y enviarla por el idse.

    saludos

  8. 8: Javier said at 4:20 pm on February 18th, 2011:

    Tuve una defuncion en mi trabajo, pero no fue por producto de un riesgo de trabajo propiamente dicho, sino por la inseguridad que priva en la localidad, debo considerarlo para el calculo de la prima de riesgo >??

  9. 9: RODOLFO RAMIREZ said at 5:58 pm on February 25th, 2011:

    Buenas tardes, leyendo tu articulo que es muy bueno, solo tengo la duda de que si la empresa tuvo el año completo que es uno de los requisitos para presentarla, pero los trabajadores no completo ninguno de ellos el año, debo como quiera presentar la prima de riesgo?

    Gracias por tus comentarios

  10. 10: El Conta said at 6:00 pm on February 25th, 2011:

    @Rodolfo Ramirez:

    La respuesta es SI.

    Saludos.

  11. 11: lupita m said at 8:56 pm on February 26th, 2011:

    siendo las 08:55 del sabado 26 de feb, estoy tratando de validar mi archivo de la prima y se tarda mucho no avanza a mas solo se queda y dice PROCESANDO SOLICITUD eso a que se debe estoy mal en algo ?

  12. 12: CESAR PALACIOS said at 10:59 pm on April 9th, 2011:

    Oye una pregunta el pasado 17 de Marzo andaba de viaje en la Cd. de Durango, y al bajar de un camion de ruta, senti dolor intenso en la rodilla y no le hice mucho caso ya que en ese momento iva a tomar el camion de regreso a la cd de Torreòn, el dia siguiente la rodilla se me inflamo bastante y sentia muchi dolor, por lo que tuve que ir a urgencias de Imss, y el siguiente dia habil acudir con el dr. general.
    al acudir con la persona que determina si fue accidente de trabajo, comenta que esto no es riesgo de trabajo por que yo nadamas dije que senti dolor al bajar del camion y eso se determina como no riesgo que otra cosa hubiera sido si yo hubiera dicho que me cai y por lo tanto ya no me se me pagaria, que si queria realizar una reclamacion estaba en todo mi derecho y me saco del consultorio, la pregunta es como y ante quien puedo hacer esta reclamacion de inconformidad???

  13. 13: ALEJANDRO BARRAGAN said at 8:45 am on April 11th, 2011:

    Cesar buenos dias, lo que puedes hacer es acudir al area de medicina en el trabajo de tu clinica correspondiente o de ser necesario con el jefe o director del departamento clinico, exponiendo tu situación, comentale refereriste sentir dolor, pero tambien este dolor fue a causa de al bajarte del camion, sufriste un esguinse en la rodilla, por otro lado para que tenga mas validez tu argumento solicita a tu centro de trabajo una carta que refiera esta correccion que tu dolor e hinchazon fue a consecuencia de un mal movimiento del autobus…. en caso de no tener exito te comparto la pagina que te orientara para saber donde puedes presentar tu queja, ya sea en forma verbal o escrita, espero te sirva http://www.imss.gob.mx/Delegac....._e_mex_ote

  14. 14: lorenzo espinoza said at 11:53 am on May 18th, 2011:

    buenas tardes, quisiera ver si me pueden orientar, un trabajador de la empresa se resbalo al hacer una maniobra arriba de un vehículo y se golpeo en la tibia y peroné dejando le un moretón solamente, posterior a 7 días fue con el doctor y le levanto un acta de riesgo de trabajo, el la cual indica que no requiere incapacidad, ni atención especial, le dieron 2 pastillas antiflamatorias y fue todo la pregunta repercute esta acción hacia la empresa

  15. 15: vcaspe said at 10:09 am on May 31st, 2011:

    Hola lorenzo buen día

    En cuanto a tu prima de riesgo no repercute, pero te recomiendo el cumplimiento de las formalidades: llenado del formato, obtención de la calificación, tenencia del alta médica y registro en tu sistema.

    Saludos

  16. 16: ANTONIO said at 5:35 pm on June 2nd, 2011:

    hola, buenas tardes. la empresa cuenta con dos registros patronales que los diferencia el ultimo digito y porque asi lo pide el IMSS, unos para trabjadores de campo y otro para los administrativos. los admtvos no tuvo cambió .quedó en .50000 pero la de los de campo si…subió un punto..y nos llegó la emision de mayo con el cambió de prima en ambas…fuimos al IMSS y nos dijeron que si una cambia , la otra tambien…es válido esto ?…que no son registros diferentes y como tales asi hacemos sus calculos y asi los presentamos …asi debe de ser , que no ?…Gracias de antemano si me pueden ayudar.

  17. 17: Gabriel Aranda said at 6:13 pm on June 2nd, 2011:

    Estimado Antonio creo que usted se refiere a lo siguiente:

    Reglamento de Afiliación IMSS:
    Artículo 32. Los patrones revisarán anualmente su siniestralidad para determinar si permanecen en la
    misma prima, o si ésta se disminuye o aumenta, de acuerdo a las reglas siguientes:

    VIII. Cuando la empresa tenga asignados diversos números de registro patronal en un mismo
    municipio o en el Distrito Federal, con excepción de los casos señalados en el artículo 21 de este
    Reglamento, para el cálculo de la prima se tomarán las consecuencias de los casos de riesgos
    de trabajo acaecidos al personal de la empresa en un mismo municipio o en el Distrito Federal y
    terminados durante el periodo de cómputo

    Si el domicilio de ambos Registros Patronales esta en el mismo municipio el IMSS por esa razón les rectifico la prima de RT

    Quedo a sus ordenes

    SAludos

  18. 18: El Conta said at 6:50 pm on June 2nd, 2011:

    @Gabriel Aranda:

    La verdad yo tampoco me sabía ese “detallito” :-?

    Pero bueno, ya aprendí algo el día de hoy ;)

    Saludos !!

  19. 19: alex said at 12:30 am on June 15th, 2011:

    hola como puedo averiguar acerca de una pension sobre riesgo de trabajo que necesito hacer,donde con quien, como? la verdad me interesa mucho, agradeceria mucho quien me puedo ayudar, gracias.

  20. 20: Cecy said at 4:39 pm on June 21st, 2011:

    Hola, el año pasado nos corrigueron la prima de riesgo pero esa correccion tambien estaba mal, se procedio cn escrito de aclaracion y en diciembre nos notificaron ya la correcta y hasta el día de hoy nos notifican la multa de la correccion que envio el IMSS. Mi pregunta es si procede esta multa ya que la correccion estaba mal?? O hay alguna forma de dejarla sin efectos??
    Gracias

  21. 21: alejandra said at 1:47 pm on August 11th, 2011:

    hola buenas tardes me podrias decir dond puedo encontrar el porentaje de rpima para un ontribuyente que solo hace labores de oficina sin ningun riesgo o bien el porcentaje minimo de prima

    gracias

  22. 22: roberto perez said at 11:07 pm on September 21st, 2011:

    que clase de prima de riesgo debo de tener por vendedores cambaceo

  23. 23: nancymery said at 12:26 pm on September 29th, 2011:

    hola, pregunta el envio del archivo de determinacion de riesgo es por año? algun mes en especifico, gracias

  24. 24: MARTIN said at 6:50 pm on November 24th, 2011:

    Quiero preguntar si puedo aumentar de salario a un trabajador o modificacion de salario cuando este sufrio un accidente de trabajo en el 2009, pero se lo estan negando para que no demende la pension.en caso de ke se la otorguen tendra que ser con el salario de la fecha en sufrio el accidente?

  25. 25: Monica said at 9:40 pm on January 27th, 2012:

    Necesito ayuda: Mi empresa tuvo una modificacion en la clasificacion del riesgo de trabajo, en el mes de marzo 2011, en 2010 y hasta febrero 2011 fue de 0.500 ahora es de 1.13065, cuando calculo en el sua me da de 0.25, se que eso esta bien peor al generar la caratula de presentacion no me sale nada ni el nombre de la empresa a que se debera …
    gracias

  26. 26: Gabriel Aranda said at 12:53 am on January 30th, 2012:

    Estimada monica la prima minima que el IMSS permite legalmente tener es de 0.50 no menor y recuerde que las primas de rt solo puede ser modificada por efectos de la DART hasta por un 1 punto porcental anualmente saludos

  27. 27: Gustavo Arriaga said at 1:06 pm on February 7th, 2012:

    Hola, donde puedo conseguir el archivo excel para la determinacion de Prima de Riesgo de Trabajo a presentar en este mes? Gracias

  28. 28: El Conta said at 10:20 pm on February 7th, 2012:

    @Gustavo:

    Lo puedes obtener en la página oficial del IMSS siguiendo este enlace: http://www.imss.gob.mx/patrone.....2_V1.5.xls

    Si la página del IMSS anda lenta, te dejo este enlace desde nuestro servidor (Actualizado 7 Feb 2012): http://dl.dropbox.com/u/109389.....2_V1.5.xls

    Saludos ;)

  29. 29: Rosa said at 11:16 am on February 9th, 2012:

    Gracias conta ya me sirvio a mi tambien

    saludos


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