Cambios en el llenado de la DIOT -2010-
Posted: July 21st, 2010 | Author: ANTORCHA | Filed under: Controles, Declaraciones varias, Letras sueltas, SAT | Tags: Declaraciones informativas, DIOT, multas, reglas, resolucion miscelanea | View Comments
CAMBIOS EN EL LLENADO DE LA DIOT
-Obligatorio llenar campo del monto del IVA no acreditable; se precisa como llenarse.-
Derivado de las disposiciones de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010, las personas morales deberán poner especial cuidado en el llenado de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) a partir de la correspondiente al mes de junio de 2010.
Hasta la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009 la regla que normaba la presentación de la DIOT para las personas morales (II.5.1.8.) establecía que “no será obligatorio el llenado del campo denominado ‘Monto del IVA pagado no acreditable incluyendo importación (correspondiente en la proporción de las deducciones autorizadas)’ del formato electrónico A-29 ‘Declaración Informativa de Operaciones con Terceros’”.
La regla equivalente para 2010 (II.5.5.2.) ahora establece en su tercer párrafo, lo siguiente:
En el campo denominado “Monto del IVA pagado no acreditable incluyendo importación (correspondiente en la proporción de las deducciones autorizadas)” del formato electrónico A-29 “Declaración Informativa de Operaciones con Terceros” se deberán anotar las cantidades que fueron trasladadas al contribuyente, pero que no reúnen los requisitos para ser considerado IVA acreditable, por no ser estrictamente indispensables, o bien, por no reunir los requisitos para ser deducibles para el ISR, de conformidad con el artículo 5 , fracción I de la Ley del IVA.
Por lo anterior, a partir de la DIOT de junio de 2010 a presentar a más tardar en el mes de julio de 2010, y subsecuentes, deberá llenarse con los datos de este campo, lo que implica determinar para cada gasto ubicado en estos supuestos, el IVA que le corresponde y que, en consecuencia, no es acreditable.
Para el caso de las personas físicas, este campo continúa siendo no obligatorio. Así lo establece la Regla Miscelánea 2010 (II.5.5.3.)
CREDITO efrenhv@dhv.com.mx
Información que podría interesarte:



Twitter
Facebook
Participa, dejando un comentario
Política de comentarios:
No se publicarán aquellos comentarios que resulten ofensivos, insultantes, ataques personales, los que no tengan relación con el tema, publicidad y/o spam y, en definitiva, todos los que no contribuyan a hacer de este blog un espacio de comunicación y debate sosegado, libre y amable.