¿Deducible el pago en efectivo de gasolinas?



¿Cómo se debe realizar el pago del combustible para poder hacer deducible este gasto?

Hagamos un poco de memoria al respecto. A partir del 1 de diciembre de 2005 para deducir el consumo de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres, sin importar cual sea el monto de su compra, se debía efectuar el pago mediante cheque nominativo, tarjeta de crédito, débito o de servicios, o a través de los monederos electrónicos.

Aunque durante el periodo de 2006 a 2008, cuando el consumidor pagó con un medio distinto a los indicados en el párrafo anterior por causas no imputables a él, pudo deducir el gasto de acuerdo a lo siguiente:

deducciongas
Fundamento legal: Art. 31, fracción III Segundo párrafo de la LISR y Regla 3.4.37 de la décimo tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006.

Fuente: sat.gob.mx

Pero veamos que nos dice esa fracción III del Art. 31 de la LISR:

Artículo 31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:

(…)

III. Estar amparadas con documentación que reúna los requisitos de las disposiciones fiscales y
que los pagos cuyo monto exceda de $2,000.00 se efectúen mediante cheque nominativo del
contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, o a través de los monederos
electrónicos que al efecto autorice el Servicio de Administración Tributaria, excepto cuando
dichos pagos se hagan por la prestación de un servicio personal subordinado.

Tratándose del consumo de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres, el
pago deberá efectuarse mediante cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de
débito o de servicios, a través de los monederos electrónicos a que se refiere el párrafo
anterior, aun cuando dichos consumos no excedan el monto de $2,000.00.

Los pagos que en los términos de esta fracción deban efectuarse mediante cheque
nominativo del contribuyente, también podrán realizarse mediante traspasos de cuentas en
instituciones de crédito o casas de bolsa.

Las autoridades fiscales podrán liberar de la obligación de pagar las erogaciones con cheques
nominativos, tarjetas de crédito, de débito, de servicios, monederos electrónicos o mediante
traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa a que se refiere esta
fracción, cuando las mismas se efectúen en poblaciones o en zonas rurales, sin servicios
bancarios.

Cuando los pagos se efectúen mediante cheque nominativo, éste deberá ser de la cuenta del
contribuyente y contener su clave del Registro Federal de Contribuyentes así como, en el
anverso del mismo la expresión "para abono en cuenta del beneficiario".

Los contribuyentes podrán optar por considerar como comprobante fiscal para los efectos de
las deducciones autorizadas en este Título, los originales de los estados de cuenta
en los que
se consigne el pago mediante cheques; traspasos de cuenta en instituciones de crédito o
casas de bolsa; tarjeta de crédito, de débito o de servicio, o monedero electrónico, siempre
que se cumplan los requisitos que establece el artículo 29-C del Código Fiscal de la
Federación.

(…)

Así que concluyendo… más claro ni el aguaNo pagues los consumos de gasolina en efectivo ya que son NO DEDUCIBLES.

Nota mental de ElConta:

No digo que lo hagas, pero… se dice que el SAT permite cierto porcentaje de deducción de gasolina pagada en efectivo…. Diiicen !!

¿Lo dije o lo pensé? :roll:



15 comentarios
  1. karla
    karla Dice:

    buen dia no me quedo claro la ultima sugerencia de deducirlas si no son mayores de 2000, es decir no esta correcto puesto que fueron en efectivo sin embargo deberia hacer el intento?….

    • El Conta
      El Conta Dice:

      Arturo Ruiz:

      Si son menores a dos mil pesos mas IVA debería ingresarlas como deducción, si no… pues mejor no, a menos que guste arriesgar :-?

      Saludos.

  2. RM Consultoría Fiscal
    RM Consultoría Fiscal Dice:

    La ley es muy clara, Art. 31 Fc III parrafo II ….»Tratandosedel consumo de COMBUSTIBLES para vehiculos maritimos, aéreos y TERRESTRES, el PAGO DEBERA efectuarse mediante cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, a través de los monederos electronicos……, AUN CUANDO DICHOS CONSUMOS NO EXCEDAN EL MONTO DE $ 2,000.00……

    Es decir no hay para donde hacerse, si al fin de mes realizas el cheque por la suma de las facturas que pagaste el cheque tendras que hacerlo a nombre de la gasolinera, mucho hacen el cheque a nombre personal y la póliza a nombre de la gasolinera, sin embargo eso es un delito, por declarar con falsedad, ademas de que tus facturas son con fecha anterior al cheque, y si lo haces con fecha inicial del mes, al revizarte las autoridades fiscales los edos de cta. podrían detectar que en verdad el que cobro el cheque es la empresa misma, ya quedebe ser para abono en cta del beneficiario…

  3. ivan santos vela
    ivan santos vela Dice:

    buen dia a todos,en mi ciudad,las gasolineras no quieren aceptar el pago con tarjetas o cheque, solo reciben efectivo,dicen que hacienda no los obliga a cobrar asi,alguien me podria decir si hay un articulo que obligue a las gasolineras a aceptar este tipo de pagos,a parte que el iva lo cobran completo,pero en la factura lo pónen de menos,y dicen que hacienda se los autoriza,por ejemplo te cobran 300 de iva y en la factura ponen 270.es legal esto? por favor si algun contador me puede responder? gracias de antemano.

  4. bernardo
    bernardo Dice:

    volviendo al caso de elisa piñeiro, solo que no se refiere a gasolina, sino a pinturas, pero en la factura no especifica si el pago fue en efectivo? en este caso si puedo agregar un cheque aunque ya no salgue a nombre de las personas!

  5. margarita reyes
    margarita reyes Dice:

    buenas tardes

    pregunta: el porcentaje del 30 % para la deduccion de combustibles es solo para el 2008 y que hay de los otros ejercicios ( 2009 al 2011 )
    gracias

  6. Daniel Magaña
    Daniel Magaña Dice:

    Buen día:

    En el caso de que se pagara con una tarjeta de crédito y el estado de cuenta no tuviera RFC del contribuyente que paga por la gasolina, se ¿podría deducir?

    la pregunta es, más bien: ¿dónde dice que no se puede o que es requisito que el estado de cuenta del que paga por la gasolina debe de tener el RFC??.

    SALUDOS!!!!

  7. Victor Solis
    Victor Solis Dice:

    Como dice el artículo, si relacionabas todos esos proveedores en la DIOT hasta 2008 había un porcentaje del cual podías hacer deducible la gasolina pagada en efectivo. A partir de 2009 no, toda la gasolina debe ser pagada mediante cheque o medios electrónicos.

  8. Victor
    Victor Dice:

    Y si los pago en efectivo por montos menores de 2,000 y relaciono a todos los proveedores en la DIOT?? 8-)

  9. Victor Solis
    Victor Solis Dice:

    Lo más recomendable es comprar la gasolina por medio de vales de las gasolineras, así se cumple con el requisito de pagarlo con cheque nominativo para abono en cuenta, siempre y cuando cuidar el detalle de que el concepto de la factura sea venta de combustible y no de vales.

    Saludos.

  10. Ariosto Velasquez
    Ariosto Velasquez Dice:

    Hola Elisa Piñero mucho gusto, solo fijate en un detalle, seguramente en tus facturas de combustibles dice «Forma de pago: EFECTIVO» y si es así cuando el SAT vea que realmente lo pagaste en efectivo y no con el cheque que sacaste, te lo tomaran como no deducible

  11. Elisa Piñeiro
    Elisa Piñeiro Dice:

    ¡Buen día colega! Nosotros al ser una empresa de ventas, consumimos mucha gasolina, y la mayoría de las rutas son foráneas así que el pago de gasolina en efectivo es inevitable.

    Lo que nosotros hacemos es que cada fin de mes reunimos las facturas de gasolina pagada en efectivo y hacemos un cheque por el importe total, como si fuera un pago a un tercero.

    Saludos :)

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