¿Cómo reponer la tarjeta patronal del #IMSS ?



imsspatronal

Gabriel Aranda Zamacona

Experto en seguridad social

Hola amigos buen día, les saludo en esta ocasión para hablar de otro tema que igual no existe mucha información al respecto:

¿Qué hacer en caso de una pérdida de su tarjeta patronal? :-?

No me dejarán mentir los amigos que tuvieron problemas con la presentación de la Determinación Anual de Riesgos de Trabajo, en el mes de febrero… donde si no tenían su tarjeta patronal tenían que ver como le hacían para su presentación…. :-?

Así que amigos, les platico que la tarjeta de identificación patronal (credencial patronal) es un documento, al cual muchas veces no le damos la importancia debida, ya que actualmente no es tan operativa por diversos motivos, pero sin embargo hay que recordar que la necesitamos siempre para cualquier movimiento con la firma digital ante el Seguro Social, ya sea su creación o su revocación.Que si bien es cierto, lo único obligatorio con ella es su emisión según el propio reglamento de afiliación, su uso, en la práctica el Instituto la está solicitando para realizar diversos trámites a través del IMSS Desde Su Empresa (IDSE) como:

La presentación de movimientos afiliatorios, consulta y descarga de las cédulas de Emisión Mensual y Bimestral Anticipada (EMA y EBA), confronta entre la EMA y EBA y el Sistema Único de Autodeterminación, determinación de la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo e inscripción al Programa del Primer Empleo, y en recientes fechas el SIPRESS esto para las empresa que manejan cuestiones del numeral 15A de la reformada LSS en 2009

Así las cosas amigos, debemos recordar que el fundamento para tener la tarjeta patronal del IMSS viene contenido dentro del artículo 14 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), donde se nos tiene que dar a todos los patrones, alguna constancia de identificación patronal por cada registro patronal asignado.

Ahora bien, si en algún momento ustedes se dan cuenta que extraviaron la misma, o bien no la encuentran por cielo mar y tierra, simplemente las personas que firmaban ya no laboran en la empresa, o bien se cambio de representante legal, o también que cambiarían firmas para la presentación de la misma, con más razón, no se preocupen y mejor ocúpense en tramitar la reposición…  y para ello amigos únicamente necesitan realizar un escrito libre donde solicitemos esto con fundamento legal en el numeral del párrafo anterior. Puede ser que en algunas subdelegaciones, aparte de este escrito les pidan algunos de los documentos en Original y copia de:

  • Acta constitutiva y/o poder notarial
  • Comprobante de domicilio(Agua, predial, teléfono, con antigüedad no mayor a 3 meses)
  • Ultima liquidación y detalle del SUA
  • Identificación oficial del representante legal

Así que amigos hay que estar siempre al tanto de donde resguardamos estos documentos que tarde o temprano los vamos a ocupar, sobre todo cuando se presta a alguna contingencia, como lo es los últimos días de presentación de la DART ;)

Saludos !!

* Gabriel Aranda Zamacona

Sitio del autor: www.elnidodelseguro.com.mx

Twitter: @elnidodelseguro



3 comentarios
  1. Eduardo Cano
    Eduardo Cano Dice:

    Disculpe, ustes me puede proporcionar un ejemplo de una carta libre mencionando la reposicion de la tarjeta patronal?, le agradezco.

  2. Gabriel Aranda Zamacona
    Gabriel Aranda Zamacona Dice:

    Estimado Juan pablo lo puede hacer cualquier persona siempre y cuando exista un poder notarial o bien el acta constitutiva de la empresa le de el poder para representar legalmente a la empresa ante el IMSS y contra pleitos cobranzas

    Por lo tanto si no hay poder notarial o bien si no se puede que alguna de las personas que firmaba antes la tarjeta lo realize el seguro social pondra trabas hasta que se cumpla lo del poder

    saludos

  3. Juan Pablo
    Juan Pablo Dice:

    Hola Gabriel, excelente articulo

    Me gustaría saber si puede realizar este tramite otra persona que no sea el representante legal ni las otras dos personas que pueden firmar para los tramites de IMSS.

    Muchas gracias

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