El SAT se enoja con los PAC´s «patito» #cfdi que utilizan su logo -y los demanda…-




­­♫Ya te ví,

ya te ví,

ya te ví ♪

♫que andas disfrazada :lol:♫

Recuerdo que hace unos meses en este mismo blog (ver este interesante artículo de nuestro amigo @chamlaty) y  entre los colegas del #cptwitter platicábamos al respecto de aquellos proveedores de facturas electrónicas que sin serlo se ostentaban como verdaderos PAC´s siendo que REALMENTE eran/son simples re-vendedores. Y coincidamos en que esta práctica debía ser regulada por el SAT, con la intención de dar mayor certeza a los contribuyentes sobre los servicios que con engaños (en algunos casos) estaban contratando.

Pues bien, el SAT se tardó en reaccionar pero a final de cuenta lo hizo:

Comunicado de prensa núm. 188/2011

México, D. F., 25 de noviembre de 2011.

EL SAT IMPLEMENTA ACCIONES LEGALES POR EL USO INDEBIDO DE SU LOGOTIPO

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que está llevando a cabo acciones legales contra  19 empresas por el uso indebido de sus logotipos institucionales.

Como resultado de diversas investigaciones, se han identificado empresas que utilizan o han utilizado de manera indebida diferentes marcas del SAT, además de ostentarse como proveedores autorizados certificados de facturas electrónicas sin cumplir con los requisitos necesarios para recibir dicha autorización, razón por la cual esta institución está ejerciendo acciones legales al respecto.

Derivado de lo anterior, actualmente se encuentran en investigación 19 casos en la Procuraduría General de la República, con motivo de las denuncias formuladas por el SAT, y los responsables podrían ser sancionados conforme a lo establecido en el artículo 223, fracción II de la Ley de la Propiedad Industrial, cuyo ordenamiento legal indica que esta práctica es considerada como delito grave en términos del artículo 194, fracción VII del Código Federal de Procedimientos Penales.

Con la implementación de estas acciones, el SAT combate aquellas prácticas en que personas físicas y morales ostentan indebidamente los logotipos institucionales en su publicidad electrónica e impresa, mismas que, sin la autorización correspondiente, incurren en una violación a los derechos de marcas que el SAT tiene debidamente registradas ante el Instituto Mexicano de Propiedad Industrial (IMPI).

Con este tipo de acciones el SAT reitera su compromiso con la ciudadanía de combatir prácticas ilícitas que afecten la legalidad y el fortalecimiento del Estado de Derecho

Fuente: SAT

Ándele pues !!

:lol: