¿Pagar el INFONAVIT de manera mensual en lugar de bimestral?




¿Pagar el INFONAVIT de manera mensual en lugar de bimestral?

NO !!  Al menos no por ahora….

Recordemos que hace unos días nuestro amigo Gabriel Aranda nos hacía su análisis al nuevo Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit  el cual ha generado varias dudas, pero la que mas ha aparecido en mi buzón es aquella con respecto al "nuevo" pago mensual de aportaciones de vivienda y amortizaciones de crédito INFONAVIT.

Veamos…

Efectivamente el nuevo reglamento señala que los pagos se realizarán de manera mensual:

De la Determinación y Pago de las Aportaciones

ARTÍCULO 23. Los patrones deberán determinar y pagar por concepto de aportaciones al Fondo Nacional de la Vivienda, el cinco por ciento del salario base de aportación de sus trabajadores en las entidades receptoras que actúen por cuenta y orden del Instituto o, en su caso, en las oficinas del Instituto cuando éste así lo determine.

El pago de las aportaciones será por mensualidades vencidas, a más tardar los días diecisiete del mes siguiente a aquél al que corresponda el pago.

Cuando el último día para el cumplimiento del pago oportuno sea inhábil o viernes, se estará a lo dispuesto por el Código.

Y aunque la propia del INFONAVIT señala lo mismo:

Artículo 35.-  El pago de las aportaciones y descuentos señalados en el artículo 29 será por mensualidades vencidas, a más tardar los días diecisiete del mes inmediato siguiente.

(…)

Debemos RECORDAR que esa ley tiene sus transitorios y entre ellos este de 1997:

SEXTO.- La periodicidad del pago de las aportaciones y los descuentos a que se refiere el artículo 35, continuará siendo de forma bimestral hasta que en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado se establezca que la periodicidad de pagos se realizará mensualmente.

Y como dicen por ahí: "Donde manda capitán, no gobierna marinero" :D 

Y pues.. ni modo que el reglamento este por encima de su propia ley…

Así que, por ahora sigamos pagando de forma BIMESTRAL ;)




2 comentarios
  1. JAVIER
    JAVIER Dice:

    Por favor primero lee bien el nuevo reglamento ya que habla del pago de las aportaciones no de los créditos, ademas cuando tu patron no pueda pagar mensualmente tus cuotas y te corra a ver si sigues diciendo que conviene a los trabajadores

  2. alejandra
    alejandra Dice:

    Tarde pero hasta ahora lo vi, yo creo que el pago mensual nos conviene a los trabajadores ya que los intereses son sobre el saldo insoluto, o no lo creen asi?

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