Patrones, a inscribir a los trabajadores al RFC



49/CFF Inscripción al RFC de trabajadores

Esta "chambita" de inscribir a los trabajadores en el RFC no es para nada cosa nueva, pero lo que si es nuevo es la FORMA en que se debe realizar. Acá les dejo el anteproyecto de modificación al Anexo 1-A:

¿Quiénes lo presentan?

Personas físicas y morales en su carácter de empleador o patrón que realice la inscripción de  5 o más trabajadores.

¿Dónde se presenta?

En la página de Internet del SAT o en salas de Internet de cualquier ALSC, preferentemente con cita.

¿Qué documentos se obtienen?

Comprobante de envío de la solicitud con número de folio.

¿Cuándo se presenta?

Cuando se dé el supuesto.

Requisitos:

1. Nombre del archivo RFCddmmaaaa_consecutivo de dos dígitos(##)

Donde el RFC se refiere al RFC del patrón persona física o moral.
ddmmaaaa dd día mm mes aaaa año de la fecha de generación del archivo.
consecutivo número consecutivo del archivo. Por ejemplo XAXX010101AAA07072012_01

2. Sin tabuladores.
3. Únicamente mayúsculas.
4. El formato del archivo debe ser en Código Estándar Americano para Intercambio de Información (ASCII),
5. La información del archivo deberá contener los siguientes siete campos delimitados por pipes “|”:

●Primera columna.- CLAVE C.U.R.P. A 18 POSICIONES del asalariado.
● Segunda columna.-  Apellido paterno del asalariado.
● Tercera columna.-  Apellido materno del asalariado. (No obligatorio)
● Cuarta columna.-  Nombre (s) del asalariado..
● Quinta columna.- Fecha de ingreso del asalariado, debe ser en formato DD/MM/AAAA.3
● Sexta columna.- Marca del indicador de los Ingresos del asalariado de acuerdo a los valores siguientes: (únicamente pueden ser los valores 1, 2, 3, 4, 5 o 6.)

1. Asalariados con ingresos mayores a $400,000.00.
2. Asalariados con ingresos menores o iguales a $400,000.00.
3. Asimilables a salarios con ingresos mayores a $400,000.00.
4. Asimilables a salarios con ingresos menores o iguales a $400,000.00.
5. Ingresos por actividades empresariales asimilables a salarios conforme al artículo 110, fracción VI de la Ley del ISR con ingresos mayores a $400,000.00.
6. Ingresos por actividades empresariales asimilables a salarios  conforme al artículo 110, fracción VI de la Ley del ISR con ingresos menores o iguales a $400,000.00.

● Séptima columna.- Clave de R.F.C. del patrón a 12 o 13 posiciones, según corresponda Persona Moral o Persona Física.

Las columnas no deberán contener títulos o estar vacías, excepto la tercera columna (solo si no tiene dato).

6. La información deberá entregarse en archivos de texto plano.

Disposiciones jurídicas aplicables Art. 27 CFF quinto párrafo, I.2.4.6. RMF.

Fuente: Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012 (Anteproyecto)

Nota: En cuanto quede debidamente publicado en el DOF, aquí mismo te lo hacemos saber ;)

Nota 2: Algún colaborador que nos regale el excel para esto ¿no? ;)

¿Qué nos obliga  a dar de alta a los trabajadores en el RFC?

Artículo 117 LISR. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Capítulo, además de efectuar los pagos de este impuesto, tendrán las siguientes obligaciones:

I. Proporcionar a las personas que les hagan los pagos a que se refiere este Capítulo, los datos necesarios, para que dichas personas los inscriban en el Registro Federal de Contribuyentes,
o bien cuando ya hubieran sido inscritos con anterioridad, proporcionarle su clave de registro al empleador.

(…)

Y aparte…

RESOLUCION Miscelánea Fiscal para 2012

Inscripción al RFC de trabajadores

I.2.4.6. Para los efectos de los artículos 27, quinto párrafo del CFF, 20, fracción II y 23 de su Reglamento, las solicitudes de inscripción de trabajadores se deberán presentar por el empleador mediante dispositivo magnético de conformidad con las características técnicas y con la información señalada en la ficha 49/CFF denominada “Inscripción al RFC de trabajadores” contenida en el Anexo 1-A. Esta información deberá presentarse ante la ALSC que corresponda a su domicilio fiscal.

Asimismo, los empleadores que no hayan inscrito ante el RFC a las personas a quienes les hubieran efectuado, durante el ejercicio de 2011, pagos de los señalados en el Título IV, Capítulo I de la Ley del ISR, tendrán por cumplida esta obligación cuando la Declaración Informativa Múltiple que se encuentren obligados a presentar en los términos de la Sección II.2.8.4., contenga la información de la clave del RFC a diez posiciones y la CURP de las citadas personas.

CFF 27, RCFF 20, 23, RMF 2012 II.2.8.4.



4 comentarios
  1. JC
    JC Dice:

    Una duda conta, esta forma de dar de alta seria necesaria si no incluimos algun trabajador en el DIM estoy en correcto?

  2. Jose Jimenez
    Jose Jimenez Dice:

    El número consecutivo ¿se refiere a las veces que el patrón a efectuado el tramite o al consecutivo de archivo que se presenta en el momento? ¿el archivo es por cada trabajador? o sino porque presentar mas de una archivo sí se puede presentar en uno solo a todos los trabajadores, pregunto por que estoy trabajando en un archivo excel que haga esto.

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