Dicen que el IDE sirve "pá tres cosas" y por eso es casi segura su eliminación… #ReformaFiscal



El Impuesto a los Depósitos en efectivo entró en vigor en 1 de Julio de 2008. La tasa con la que inicio fue del 2 por ciento sobre el excedente del acumulado mensual de $25,000.00. A partir del 1 de enero de 2010, la tasa es del 3 por ciento sobre el excedente del acumulado mensual de $15,000.00. Están exentos los tres niveles de gobierno, las entidades paraestatales y las instituciones privadas sin fines de lucro. Originalmente la iniciativa que llego del Ejecutivo Federal el 20 de junio de 2007, proponía una tasa del 3 por ciento sobre el excedente del acumulado mensual de $20,000.00.

Este impuesto fue propuesto por el Poder Ejecutivo Federal el 20 de junio de 2007, para el ejercicio fiscal de 2008, con el nombre original de Ley del Impuesto Contra la Informalidad, con una finalidad extrafiscal, y se propuso según la exposición de motivos, como una “contribución federal, complementaria del impuesto sobre la renta y auxiliar en el control de la evasión fiscal”: buscaba ser “un gravamen de control del flujo de efectivo, que impacte en quienes obtienen ingresos que no son declarados a las autoridades fiscales”.

“Los objetivos de la Ley del Impuesto contra la Informalidad que se proponía a esta Soberanía se circunscriben a gravar aquellos ingresos que no están sustentados en una actividad inscrita ante el Registro Federal de Contribuyentes y a ampliar la base de contribuyentes para lograr una mayor equidad en la obligación de contribuir al gasto público, ya que aquellos contribuyentes que tributen en el impuesto sobre la renta, podrán acreditar el monto pagado en el impuesto contra la informalidad, y las personas que no estén dadas de alta en el Registro Federal de Contribuyentes pagarán el referido impuesto por los ingresos obtenidos no declarados y que sean depositados en efectivo en sus cuentas abiertas en el sistema financiero”.

Por lo tanto el objetivo no es recaudar, sino que Hacienda pretende seguir el rastro de los contribuyentes que no declaran del todo sus utilidades al final del ejercicio fiscal y con eso dar un seguimiento a las transacciones comerciales de cada persona, sin embargo es momento que el Congreso de la Unión no ha tenido informes de los resultados fiscales de este impuesto sobre contribuyentes evasores que se hayan detectado a través de este impuesto.

La Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo ha venido a castigar el flujo de efectivo de los entes económicos que tienen operaciones con el público en general y disminuido su capital de trabajo con los respectivos daños de operación de las empresas que por sus características tienen que manejar cantidades de efectivo, ya que sus operaciones no permiten el cheque o transferencias electrónicas como medio de pago o porque en el país de acuerdo a un reporte sobre la situación actual de la banca de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, se informa que de los más de 2 mil 400 municipios que existen en el país, el 64 por ciento no cuentan son servicios bancarios, implicando que 40 millones de mexicanos no tengan acceso al sistema financiero mexicano y que el 77 por ciento de la población aún utiliza el efectivo como principal medio de pago.

El Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) no baja la informalidad, pero sí recauda impuestos anticipadamente de empresas formales con alta dependencia de ingresos en efectivo. Asimismo el impuesto ha causado un deterioro de resultados y en el balance de las empresas debido al no acceso a intereses, además de que impide la adquisición de la cultura financiera que trae el contacto con la banca e impide el acceso al crédito. A frenado el ritmo de inversión y de generación de empleos, y carga su costo de financiamiento a un solo sector de los tres afectados por este impuesto (sector informal popular, sector criminal y sector de empresas formales con altas cobranzas en efectivo), al que respeta plenamente la ley y al cual le restringe su crecimiento y desarrollo como Pyme, por lo que se propone su abrogación.

Fuente: Gaceta Parlamentaria, año XVI, número 3885-VIII, martes 15 de octubre de 2013


Nota de ElConta.Com

Ahora resulta que el IDE no sirvió de nada?? !!

Y los millones recaudados y por los que ningún contribuyente pidió devolución y/o acreditamiento contra ISR?

Y las millones de cartas invitación del SAT?

Pero eso si, «pobrecitos» los sectores informal popular y sector criminal :-?

Las empresas FORMALES ya estaban medianamente acostumbradas… en todo caso pudieran haber cambiado el esquema a que solo aquellos cuentahabientes que NO mostrarán su cédula fiscal (a las instituciones bancarias) siguieran pagándolo ¿no?. Si, ya sé que dicen que a pesar de la eliminación se mantendrán los mecanismos existentes en el sistema financiero que seguirá estando obligado a emitir reportes al SAT por esos depósitos en efectivo, pero aún así NO ES IGUAL !!

La verdad a mi ya hasta me estaba cayendo bien. #OkNo… :D



2 comentarios
  1. Jesús E González
    Jesús E González Dice:

    Lo quitan para que funcione de mejor manera la Ley Antilavado. Así toda la gente va a meter el dinero a los bancos, y eso es lo que busca el Estado.

    El dinero en sistema financiero es muy rastreable y transparente.

  2. Roberto
    Roberto Dice:

    Deveria de seguir pero que se les retenga a las personas que no demuestren su rfc ya que muchas empresas elevaron los productos un 3% para que no les afectara y como siempre el último en la cadena es quien lo pagaba

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