Aplicar beneficios de página del SAT en lugar de los Resolución Miscelánea Fiscal.



Aplicar beneficios de página del SAT en lugar de los Resolución Miscelánea Fiscal.

Si lo que ves en página del SAT es diferente a lo que señala la RMF, aplica el que mas te beneficie.

Requisitos de los trámites

I.1.6. Con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes, se dan a conocer en el Anexo 1-A, de forma enunciativa y no limitativa, las fichas de trámites fiscales. Dichas fichas, salvo señalamiento expreso, no eximen del cumplimiento de los requisitos señalados en las disposiciones fiscales aplicables.

Cuando en las páginas de Internet del SAT o de la Secretaría se establezcan a favor de los contribuyentes, requisitos diferentes a los establecidos en la presente Resolución para la realización de algún trámite, podrán aplicar en sustitución de lo señalado en la citada Resolución, lo dispuesto en dichas páginas para el trámite que corresponda.

Asimismo, el SAT dará a conocer en la citada página de Internet de forma anticipada y únicamente con fines informativos, reglas de carácter general que faciliten el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.

Fuente: 5ta RdeMRMF2014 y sus Anexos 1, 1-A, 3, 11, 14, 15, 17 y 23.

Ya sabemos que esta reglita NO es nueva pero… se las ponemos porque es «bonita» y de aplicación frecuente ;)