Estoy pensionado por invalidez ante el IMSS ¿Puedo trabajar ó pierdo mi pensión?



Imagen: miretiroypension.com

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¿Un pensionado por invalidez ante el IMSS, puede trabajar…?

Autor colaborador: Lic. Pepe Soto

Sitio web del Autor: ppsotoasesor.com

Twitter: @pepesoto

Puede darse el caso de que alguno de nuestros trabajadores o alguna persona externa que intentamos contratar, goza del beneficio de una pensión por invalidez.

Al respecto, la Ley del Seguro Social (LSS), define el estado de invalidez como:

LSS. Artículo 119. Para los efectos de esta Ley existe invalidez cuando el asegurado se halle imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual, una remuneración superior al cincuenta por ciento de su remuneración habitual percibida durante el último año de trabajo y que esa imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no profesionales.

La declaración de invalidez deberá ser realizada por el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Pues bien, entonces no debemos confundir este dictamen de invalidez con la secuela de un padecimiento que hubiese sufrido el trabajador derivado de un riesgo de trabajo, ya que son dos cosas distintas. Invalidez = resultado de una Enfermedad General o algun accidente NO profesional (ejemplo, se cayó en el baño de su casa y se lastimó gravemente).

Volviendo a la pregunta original:

¿Un pensionado por invalidez puede trabajar..?

La respuesta es “SI”. Y lo refuerzo con lo que nos señala el siguiente artículo de la LSS:

Artículo 114. El pago de la pensión de invalidez, en su caso, se suspenderá durante el tiempo en que el pensionado desempeñe un trabajo en un puesto igual a aquél que desarrollaba al declarase ésta.

Lo anterior quiere decir, que si el trabajador que esté disfrutando de una pensión de invalidez, puede reingresar a trabajar con el mismo patrón o con otro, siempre y cuando desempeñe sus actividades en otro puesto distinto al que desarrollaba cuando el IMSS determinó a través de su médico, el estado de invalidez.

Resulta lógica la anterior disposición, ya que si se supone que el trabajador no puede desempeñar las mismas tareas debido a sus nuevas capacidades, nada le impide desarrollar otras actividades remunerativas que se adapten a sus nuevas circunstancias.

Lic. PpSoto, integrante de “Asesores Mexicanos”

https://www.facebook.com/groups/asesoresmexicanos2015


Conoce como se determina cada una de las pensiones que otorga el IMSS (Casos prácticos).

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5 comentarios
  1. andres tovar guzman
    andres tovar guzman Dice:

    Una vez que concluya la relacion laboral,vuelve a su pension por invalidez,pero ahora ocupa por su edad 60 años la pension del imms.,entonces se queda con la de invalidez y con la de cesantia o solo una,si laboro sin ser dado de baja por invalidez puede pedir la de cesantia.

    • pepesoto
      pepesoto Dice:

      Como que no le entendí Andrés.
      Si está trabajando cobra su salario y su pensión de invalidez, asumiendo que el ingreso x salarios es en distinto puesto.
      .

  2. Pedro
    Pedro Dice:

    Creo que también falto agregar que el trabajador no podrá percibir mas dinero en cualquier otro puesto que le den ya sea con el mismo patrón o con otro.

  3. CP HECTOR
    CP HECTOR Dice:

    LICENCIADO O SEA QUE SI ESTA PENSIONADO POR INVALIDEZ Y SE PUEDE EMPLEAR EN UN TRABAJO DISTINTO AL ANTERIOR CUANDO SE PENSIONO, NO PIERDE EL PAGO DE SU PENSION ?

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