Infonavit, actualiza factores descuento crédito con UMA.



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Infonavit, actualiza factores descuento crédito con UMA

Colaboración de: Gabriel Aranda Zamacona

Experto en Seguridad Social

Sitio web del autor: elnidodelseguro.com


Estimados lectores, el día de ayer 16 de enero 2017, debido al anuncio que dio por medio de redes sociales, comunicados de prensa, nos dimos a la tarea de verificar, si ya se había actualizado los factores de descuento de los créditos, encontrándonos con una sorpresa, no muy grata, la cual vamos a explicar a continuación.

Recordando la reforma a la ley del INFONAVIT de abril de 2016, donde se estipula lo siguiente:

DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 39, 44 y 55 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LOS ARTÍCULOS 39, 44 Y 55 DE LA LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES.

Artículo 39.- El saldo de las subcuentas de vivienda causará intereses a la tasa que determine el Consejo de Administración del Instituto.

Artículo 44.- El saldo de los créditos otorgados a los trabajadores a que se refiere la fracción II del artículo 42, se actualizará bajo los términos y condiciones que hayan sido estipulados.

Artículo 55.-

Transitorios

Tercero. Los contratos que tenga celebrado el Instituto, vigentes a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto, que utilicen el salario mínimo como referencia para cualquier efecto, no se modificarán por la Unidad de Medida y Actualización, salvo que las partes acuerden expresamente lo contrario. Lo anterior, sin perjuicio de que, a partir de la entrada en vigor de este Decreto, los contratantes puedan utilizar como índice o referencia a la Unidad de Medida y Actualización.

Como podemos apreciar, de acuerdo al fundamento legal, de la reforma, NO SE TENDRIA QUE TOMARA en cuenta la Unidad de Medida y Actualización, como nuevo factor de descuentos.

Sin embargo, como lo comentamos anteriormente, en el artículo sobre el incremento de salario mínimo, el INFONAVIT, había anunciado medidas, y efectivamente hasta el momento las cumplió, esto es, ir más allá de la modificación legal, ya que está modificando unilateralmente, el factor de descuento, ahora para 2017, está considerando ya el valor de la UMA 2017, esto es, ni siquiera está considerando, el valor legal para enero 2017, sino el valor de Febrero, como se puede apreciar en la siguiente imagen, que se actualizo, el 16 de enero de 2017:

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Esto es, como acreditado en factor de VSM, le importa muy poco al INFONAVIT, que se tiene dos diferentes valores de UMA para 2017:

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Y desde ya, está actualizando de forma retroactiva, la actualización del Factor de Descuento, por si fuera poco, debemos tomar en cuenta, que el INFONAVIT debería, notificar a cada uno de los acreditados por VSM, esta modificación tal como se menciona en la reforma de Abril de 2016, por lo que sería ilegal, esta aplicación por no respetar la garantía de audiencia, consagrada en el artículo 16 de la Constitución Mexicana, además de violar el principio de irretroactividad, que contempla también la carta magna, en su artículo 14.

Por lo que si es usted algún acreditado por VSM, es de vital importancia revisar esta actualización de factores de descuento, para estar al atento de sus nuevos factores, o si toma la decisión de poder impugnarlo.

Recordando que la vía para revisar las nuevas condiciones de crédito infonavit, es por medio del uso de “Mi cuenta Infonavit” desde el siguiente portal:

Mi Cuenta Infonavit, dar clic

Quedamos en espera, de la información por parte del INFONAVIT, toda vez, que para los acreditados les deberá generar un aviso de modificación de descuento, ya que los patrones actuales deberán consideran esta implementación ilegal, del factor de descuento con el valor UMA de febrero 2017, en sus nóminas, correspondientes, tomando en cuenta que falta todavía la postura del IMSS, respecto a la No adecuación UMA en sus cantidades.

Es muy importante tomar en cuenta, que los sistemas de nómina, así como la infraestructura de la seguridad social, (IDSE, SUA, etc.) deberá también modificarse de confirmarse, estas posturas del INFONAVIT y del IMSS.

Por cortesía de:

nido_seguro

Gabriel Aranda Zamacona

Asesoría, capacitación en Seguridad Social

Visita mi página http://www.elnidodelseguro.com



8 comentarios
  1. david casillas
    david casillas Dice:

    Hola, gracias por compatir esta informacion.
    En mi caso, a mi me pagan mensualmente, y el pasado 14 de enero, note que incremento considerablemente el descuento que me hacen.
    Al reportarlo internamente, me comentan que segun lo definido en la emision bimestral del infonavit, esto esta es la formula;
    Factor (52.956) Multiplica por Salario Mínimo (80.04) Mas Seguro INFONAVIT (7.50) = 4,246.09
    ¿Es esto correcto?
    me parece muy elevado comparado a los 3800 que pague en diciembre

    • Angélica Medina Herrera
      Angélica Medina Herrera Dice:

      Hola
      según tengo entendido y acabo de leer en infonavit la UMA se actualiza anualmente conforme a la inflación registrada en el INPC y su valor inicial diario será igual al salario mínimo actual
      para obtener el valor mensual de la UMA se multiplica su valor diario por 30.4 veces y para obtener el valor anual, se multiplica su valor mensual por 12
      Beneficios: El descuento en VSM se actualizará con el incremento que resulte MENOR entre el salario mínimo vigente o la inflación, siempre para beneficio del acréditado

      Entiendo que tu descuento en este caso debería aplicarse en base al valor de la UMA que al mes de febrero tiene un valor de $75.49 ya que se calculó en base a la inflación
      No deberían descontarte en base al salario mínimo que es de $80.04 ya que esto no te beneficia y el infonavit dice en su página que siempre se va a elegir el que te beneficie

      saludos desde Saltillo, Coah.,

  2. Lore Vega
    Lore Vega Dice:

    Buenas Tardes Contador
    La Empresa en la que trabajo pregunto al infonavit en mi Cuenta Infonavit(como patron), si iban a cambiar los descuentos a los trabajadores que tienen credito.
    Queriamos saber si el trabajador tiene que ir a las oficinas a pedir que se les cambie el descuento a cuota fija ya que sus creditos estan con VSM. o lo tiene que ser el patron, y si es asi cual es el tramite.
    pero su Respuesta siempre fue Actualize el Sua a la ultima versión.

  3. Hugo Herrera Almaraz
    Hugo Herrera Almaraz Dice:

    Me parece que el encabezado y la nota está muy mal redactada. El factor no cambia, lo que se modifica es la base a la cual se aplica el factor. Y el tema de fondo es que arbitrariamente el Infonavit está aplicando el valor de la UMA vigente a partir de febrero, desde enero. Y por supuesto, de manera unilateral. Pero insisto, el factor de descuento no cambia.

  4. TANIA GLZ
    TANIA GLZ Dice:

    De hecho está contraviniendo la Constitución porque el cambio se hizo a nivel constitucional.

  5. julio cesar pan jimenez
    julio cesar pan jimenez Dice:

    Muy buena nota contador, en definitiva poco les importa el acreditado para este caso en el INFONAVIT, igual quienes se encuentran a cargo no tienen la capacidad de analizar si es conveniente o no generar carga administrativa ante el instituto y cuando llegas a las oficinas no saben ni que contestar, en fin veremos en que acaba esta nueva tropelia.

  6. David CAstro
    David CAstro Dice:

    Saludos, yo radico en Villahermosa Tabasco, a partir de esta quincena de enero de 2017 efectivamente vi un incremento en el pago a mi crédito INFONAVIT de parte de mi patrón, dado que hubo un aumento en el salario mínimo, analizando la situación y viendo que en teoría el valor de la UMA es menor al salario mínimo ¿no es mas conveniente que nos cobren el credito basados en el valor de la uma? aun cuando no hayamos recibido notificación de parte del INFIERNAVIT? mi comentario se debe a que en su artículo comenta que el INFONAVIT estaría violando artículos 14 y 16 de la Constitución al no informarnos, pudiendo nosotros impugnar.

    Saludos

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