Deducción Inmediata, Decreto 18/Enero/2017 de estímulo fiscal para Micro y Pymes.



Deducción Inmediata, Decreto de estímulo fiscal para Micro y Pymes.

Autor Colaborador:

LC Gonzalo Juárez López Jr

gjuarezlopez.com

Twitter: @gjuarezlopez

Doctor Corporativo y Conferenciante


El Gobierno Federal entrega una facilidad para la pequeña empresa, para que pueda continuar invirtiendo en infraestructura sin que esto afecte o incremente el pago de los impuestos, conócela.

Antecedente

El día 18 de enero de 2017 se publicó en el DOF el Decreto por el que se otorga un estímulo fiscal en materia de Deducción Inmediata de Bienes Nuevos de Activo Fijo para las Micro y Pequeñas Empresas.

El Gobierno Federal pretende dar continuidad al estímulo entregado durante 2016 y 2017, que en su momento se otorgó a las micro y pequeñas empresas que generan el 70% de los puestos de trabajo en el país.

Contenido

Este estímulo está dirigido a los contribuyentes que tributan en el Régimen General de las Personas Morales del Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como para las Personas Físicas con Actividad Empresarial y Profesional que tributan en la Sección I, del Capítulo II, Título IV de la misma LISR.

Debemos recordar que este estímulo es una opción, por lo que deberá aplicarse por decisión del contribuyente, y esta opción no deberá variarse durante el ejercicio fiscal ni la vida útil del activo por la cual se haya decidido aplicarlo.

Además, es conveniente recordar que solamente podrán decidir por la opción, aquéllos contribuyentes que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos propios de su actividad hasta por un monto de $100 millones de pesos.  Quienes inicien actividades podrán optar por el estímulo, pero al final del ejercicio deberán verificar si no rebasaron este importe, y en su caso reintegrar el beneficio obtenido (Artículo Segundo del mismo Decreto)

Reflexión

Es benéfico darnos cuenta que esta medida implementada por el Gobierno Federal tendrá vigencia durante un año más (hasta el 2018), lo que dará certeza y confianza a la inversión por parte de los dueños de la pequeña y micro empresa, para trabajar en recuperar lo perdido, debido a la devaluación.

Por otro lado, debo comentar que este estímulo también puede aplicarse a los contribuyentes que hayan optado por el recién incorporado estímulo de acumular sus ingresos al cobro en términos del Capítulo VIII, del Título VII de los Estímulos Fiscales de la Ley del Impuesto sobre la Renta, por lo que debemos estudiarlo y aplicarlo en beneficio de nuestros clientes y amigos.

Descarga el Decreto por el que se otorga un estímulo fiscal en materia de Deducción Inmediata de Bienes Nuevos de Activo Fijo para las Micro y Pequeñas Empresas, en este vínculo:

:arrow: http://dof.gob.mx/…


Por cortesía de:

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