Posted: May 15th, 2012 | Author: Colaboraciones | No Comments »

Requisitos esenciales y de validez de la prenda,
como contrato civil
Artículo elaborado por:
Araceli Trujillo Guevara
Alumna de la Facultad de Derecho
Artículo revisado por:
Mtro. Mario Alberto Guzmán Gómez
Introducción
El contrato de prenda forma parte de los contratos de garantía junto con la hipoteca y la fianza, constituyendo una forma de asegurar el cumplimiento de una obligación.
Se diferencia de la hipoteca al tener como objeto indirecto sólo bienes muebles, y de la fianza por el hecho de garantizar la obligación por medio de bienes y no mediante la solvencia económica de un tercero.
Cabe señalar, que este contrato no sólo se encuentra regulado en materia civil, sino que también está reglamentado por el Código de Comercio, cuyo calidad de mercantilidad se desprende en virtud de estar de catalogado como una operación regulada por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, y que como consecuencia entra en el supuesto de la fracción XXIV del Código de Comercio, que señala como actos de comercio, y por tanto regulados como tales por el Derecho Mercantil, "las operaciones contenidas en la Ley General de títulos y operaciones de Crédito". Así pues, es mercantil en atención al objeto indirecto del contrato, es decir, la cosa sobre la que recae la garantía, si es que se trata de títulos de crédito, materias primas, materiales, frutos, productos, muebles y útiles de las personas que obtengan créditos de avío o refaccionarios y créditos en libro. Luego entonces podemos concluir que a contrario sensu, cuando no entre en alguno de los supuestos anteriores, estaremos hablando de la prenda como un contrato civil y que por tanto deberemos atender y acatar las disposiciones contenidas en el Código Civil de nuestro estado que lo reglamentan.
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Posted: May 4th, 2012 | Author: Jorge Mafud | No Comments »

No solo te debe asesorar el Notario, lleva a tu abogado !!
Parte 3 de 3
Autor colaborador:
Jorge Mafud
Siguiendo con la serie de “Por qué No Solo te Debe Asesorar el Notario”, parte 1 y parte 2, en esta ocasión les comparto la más reciente anécdota… de ayer.
Precisamente ayer estaba revisando los documentos corporativos de una empresa de medianito tamaño. Es una empresa constituida en el 2002 que ha tenido diversas variaciones en cuanto a sus accionistas toda vez que la empresa se constituyó con 2 socios al 50%, después hubo una transmisión de acciones de uno a otro socio y posteriormente uno de los socios transmitió todas sus acciones, salvo una, al otro accionista y la acción solitaria fue adquirida por un tercero. Esta empresa, también ha tenido algunos aumentos de capital social, una vez en cuanto al capital fijo y dos veces en cuanto al variable.
Ahora bien, algo hasta cierto punto fuera de lo común en las empresas mexicanas pequeñas y medianitas, la sociedad a la que me refiero cuenta con todas las asambleas ordinarias anuales de accionistas correspondientes y varias extraordinarias (cambio de domicilio social y modificación a otra cláusula de sus estatutos). Todas ellas realizadas con la asesoría de cierto notario público.
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Posted: November 22nd, 2011 | Author: El Conta | 6 Comments »

A decir del SAT esta es la manera en que debes darle seguimiento y/o contestación a la
cartita del terror para la regularización del ISR.
Por cierto, ¿cómo te ha estado llendo con estas cartitas/invitación?
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Posted: September 8th, 2011 | Author: Colaboraciones | No Comments »
Tratamiento fiscal del arrendamiento
Autor: C.P. Efraín Ortiz Pérez
Email: efrainortiz@colegio-fiscal.com
El arrendamiento es una estrategia que siguen algunas empresas con objeto de disminuir costes de operación; en esencia consiste en la utilización temporal de bienes de propiedad ajena a cambio de una precio o contraprestación.
De esta figura, se desprenden dos tipos de arrendamiento:
El Arrendamiento Puro.- consiste exclusivamente en otorgar el bien, sin que al final del contrato haya una enajenación, es decir, no hay opción a compra. El arrendatario cubre todos los gastos de instalación seguros, mantenimiento, daños, reparaciones, etc. Ejemplo arrendamiento de maquinaria. Ofrece al arrendatario la ventaja de deducir las rentas, y la desventaja de poder adquirir el bien cuando menos al valor de mercado.
El Arrendamiento Financiero.- equivale a una compra a plazos, ya que al termino del contrato se pacta una cantidad simbólica de tal forma que el arrendatario adquiera el bien arrendado con independencia de las rentas pagadas a lo largo del contrato de Arrendamiento:
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Posted: May 8th, 2011 | Author: El Conta | 1 Comment »

La presente publicación contiene las facilidades administrativas aplicables a cada uno de los sectores de contribuyentes que se señalan en los Títulos de la misma. (Publicadas en el DOF del 02 de febrero de 2011)
Título 1. Sector Primario
Definición de actividades ganaderas
1.1. Los contribuyentes dedicados a actividades ganaderas, que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del Título II, Capítulo VII o del Título IV, Capítulo II, Secciones I o II de la Ley del ISR, considerarán como actividades ganaderas las consistentes en la cría y engorda de ganado, aves de corral y animales, así como la primera enajenación de sus productos que no hayan sido objeto de transformación industrial.
Se considerará que también realizan actividades ganaderas, los adquirentes de la primera enajenación de ganado a que se refiere el párrafo anterior, cuando se realicen exclusivamente actividades de engorda de ganado, siempre y cuando el proceso de engorda de ganado se realice en un periodo mayor a tres meses contados a partir de la adquisición.
En ningún caso se aplicará lo dispuesto en esta regla a las personas que no sean propietarias del ganado, aves de corral y animales a que se refiere la misma.
Facilidades de comprobación
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Posted: May 6th, 2011 | Author: El Conta | No Comments »

Hace unos momentos estaba buscando un contrato de arrendamiento que me sirviera de base para personalizarlo y aplicarlo.
Estuve batallando un poco para dar con uno lo suficientemente bueno y este es el mejorcito que encontré, así que se los comparto:
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Posted: December 8th, 2010 | Author: El Conta | 2 Comments »

Un lector escribe:
(…..)
Por ahora tengo un apuro, fíjate que me estoy iniciando como contador independiente y un cliente que me cayo me pide una propuesta de servicios de contabilidad para que quede debidamente asentado a que me comprometo con ellos.
y bueno quería pedirte si tienes alguna que tu le hayas mandado a tus clientes para ver el machote y modificarlo según corresponda.
de antemano agradezco mucho tu atención.
saludos
Acá un buen contrato que el propio SAT nos pone a nuestra disposición:
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Posted: November 17th, 2010 | Author: Jorge Mafud | No Comments »
El presente artículo es una aportación del Lic. Alejandro Guzmán Rejón,
Abogado, Master en Derecho Internacional y colaborador del despacho Mafud Abogados.
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Por falta de regulación en México en materia de generación y explotación de tecnología, en los contratos relacionados existe una amplia libertad para estipular acuerdos, muchas veces violándose el principio de equidad.
Puesto simplemente, un contrato de transferencia de tecnología es el instrumento legal en el que se establecen el proceso, reglas, permisos y limitaciones que regirán la forma en que una parte proveedora de tecnología (individuo o entidad legal) transferirá dicha tecnología, por lo general compuesta por bienes intangibles (marcas, patentes, procesos, know-how, expertise) a otra parte receptora.
Pueden ser varios los objetivos por los cuales se transfiera tecnología; por ejemplo, para desarrollar o mejorar la calidad de un producto o servicio, para llevar a cabo investigación conjunta con objeto de originar una invención, para transmitir conocimientos que conlleven un incremento en la producción industrial, para adquirir información valiosa necesaria para realizar un determinado proyecto, entre otros.
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Posted: November 8th, 2010 | Author: El Conta | 1 Comment »
Autor colaborador: Lic. y M.D. Vladia Mucenic
Es de vital importancia para el buen desarrollo de las actividades que se realizan en toda empresa o establecimiento la implementación de un instrumento que contenga de forma expresa y detallada las disposiciones obligatorias para trabajadores y patrones en el desarrollo de éstas, para ello la Ley Federal del Trabajo (en lo sucesivo denominada la “Ley”) en su Capítulo V del Título Séptimo contempla la utilización de un instrumento jurídico conocido como el “Reglamento Interior de Trabajo”.
El Reglamento Interior de Trabajo (en lo sucesivo denominado el “Reglamento”) se puede definir como el conjunto de disposiciones relativas al desarrollo de los trabajos que se prestan en una empresa o establecimiento, cuyo cumplimiento es obligatorio desde la fecha de su depósito ante la Junta de Conciliación y Arbitraje correspondiente, tanto para el patrón como para los trabajadores de una empresa.
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Posted: October 31st, 2010 | Author: El Conta | 7 Comments »

El Colegio de Contadores Públicos de BCS nos comparten una serie de formatos (machotes) esenciales para el manejo de nuestro personal (Recursos Humanos).
Entre muchos otros encontrarás formatos para:
- Actas administrativas
- Carta adhesión al bono de productividad
- Carta de recomendación
- Carta poder
- Constancia de antigüedad y salario
- Contrato individual de trabajo
- Convenio de liquidación
- Convenio de terminación colectiva de trabajo
- Convenio de terminación laboral
- Estatutos del fondo de ahorro
- Modelo de aviso de rescisión laboral
- Modelo de finiquito
- Modelo de renuncia voluntaria
- Y MUCHOS Más.
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