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Dictamen IETU de la SHCP: No se va pero el congreso tiene la última palabra.

Posted: July 1st, 2011 | Author: |

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Puedes ver este dictamen de forma íntegra en el sitio de mi colega Fiscalito.com


COPARMEX: ¡¡ Eliminen el IETU !!

Posted: June 21st, 2011 | Author: |


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Autor: Lilia González

(El Economista)

El sector patronal exigió a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) que elimine de una vez por todas el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) como resultado de su bajo efecto recaudatorio desde su entrada en vigor (2008), esto como respuesta que deberá enviar la dependencia a la Comisión de Hacienda en San Lázaro antes del 30 de junio por concepto de revisión de diversas disposiciones contenidas en la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Gerardo Gutiérrez Candiani, presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), sostuvo que existe evidencia suficiente en favor de la eliminación urgente del IETU : dejar solamente un Impuesto Sobre la Renta (ISR) reformado que incorpore los aspectos rescatables del otro gravamen.

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IETU: ¿Se queda o se va? Discuten su permanencia…

Posted: June 17th, 2011 | Author: |


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Personas Físicas arrendamiento de inmuebles -Tutorial y ejemplo-

Posted: June 17th, 2011 | Author: |



PERSONAS FÍSICAS QUE PERCIBEN INGRESOS POR ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES

Autor ANAFINET: C.P. Manuel De Jesús Sánchez Jiménez *

Quienes obtengan ingresos por dar en renta o alquiler edificios, locales comerciales, casas habitación, departamentos habitacionales, bodegas, entre otros (bienes inmuebles) son sujeto al régimen de arrendamiento de bienes inmuebles.

Por lo que daremos un repaso a los ingresos por arrendamiento de inmuebles que perciben las personas físicas, como bien sabemos el artículo 141 de la de ley de impuesto sobre la renta nos dice que considera Se consideran ingresos por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles , los siguientes:

Los provenientes de arrendamientos o subarrendamiento y

en general por otorgar a titulo oneroso el uso o goce temporal de bienes inmuebles en cualquier otra forma

ONEROSO = gravoso

 

Como este tema solo nos avoca tratar ingresos por arrendamiento de personas física por arrendamiento de casa habitación y locales comerciales, por lo tanto:

Abordaremos los siguientes temas:

1. INGRESOS
2. DEDUCIONES AUTORIZADAS
3. PAGOS PROVICIONALES
4. OBLIGACIONES

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¿Deducciones personales de ISR aplicadas también en IETU?

Posted: May 9th, 2011 | Author: |

Imagen: sobraodeflow.com

Hola a todos,

Este tema creo que ya se ha tratado: la posibilidad de deducir gastos médicos (que en una declaración anual se meten como deducciones personales para el ISR) para efectos del IETU como prestaciones de servicios independientes (esto para una persona física).

En mi opinión no es posible por el requisito en el Art. 6 Frac. II: "Ser estrictamente indispensables para la realización de las actividades a que se refiere el artículo 1 de esta Ley por las que se deba pagar el impuesto empresarial a tasa única."

Sin embargo, un amigo contador dice que él sí las mete porque:

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Ernesto Cordero (SHCP): El IETU no se va, no se va y NO SE VA.

Posted: April 1st, 2011 | Author: |

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¿Se acuerdan de nuestro flamante titular de la SHCP? Si, ese que hace unas semanas declaraba:

‘Hay familias mexicanas que con ingresos de seis mil pesos al mes tienen crédito para una vivienda, tienen crédito para un coche, se dan tiempo de mandar a sus hijos a una escuela privada y están pagando las colegiaturas’.

Click aquí para ver nota completa

Ahh !! pues el señor sigue "dándose a querer" con sus declaraciones, <sarcasmo> donde demuestra su cercanía con el contribuyente y con la sociedad mexicana en lo general.</sarcasmo>. ¿En que país o planeta pensara que vive este señor? El IETU inhibe las inversiones, destruye patrimonios y deja sin empleo a nuestros trabajadores, por ejemplo: no puedes deducirte los intereses que pagas por un crédito que te hayan otorgado para iniciar un negocio…

Aquí les dejo una nota de sus más recientes declaraciones:

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El IETU, un fracaso: IMCP << Solo se reafirma lo obvio.

Posted: February 28th, 2011 | Author: |


image: http://www.alejandrosuarez.es


El IETU, un fracaso: Instituto Mexicano de Contadores Públicos

"Lo dijimos desde siempre, ese impuesto no debió crearse", expresó Cárdenas Guzmán.

Julio Reyna Quiroz
Publicado: 23/02/2011 13:37

El impuesto empresarial a tasa única (IETU), una iniciativa del Ejecutivo federal creado en los primeros años del sexenio, es un "fracaso", afirmó Carlos Cárdenas Guzmán, vicepresidente fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos.

En una conferencia de prensa, el especialista aseveró que ese gravamen no ha logrado recaudar lo previsto por el gobierno federal, y por el contrario ha creado dificultades para los contribuyentes.

"Lo dijimos desde siempre, ese impuesto no debió crearse", expresó Cárdenas Guzmán.
Este año, el Congreso deberá analizar los resultados del IETU, mientras especialistas del sector prevén su eliminación.

Nota original en La Jornada


¿Cuál es la tasa de IETU para 2011?

Posted: February 23rd, 2011 | Author: |


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¿Cuál es la tasa de IETU vigente?

Aunque para la gran mayoría de colegas lo tienen bastante claro, esta es una pregunta MUCHO muy frecuente por los lectores (casi siempre estudiantes). Así que si ya eres un Conta más avanzado… si gustas puedes "saltarte" este post ;)

A ver muchachit@s, veamos pues ese tema del IETU "saltarín" :)

Primeramente veamos lo que nos señala el Art. 1 de la malquerida ley del IETU:

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Buenos Twits: ¿2011 último año de IETU?

Posted: February 22nd, 2011 | Author: |

[blackbirdpie url="http://twitter.com/ctf1203/statuses/40200136193875968"]

Que Dios (por intercesión de San Ajustín) los escuche !!  :lol:

Especialistas fiscales esperan que después de 2011, el último año en que convivan los impuestos Especial a Tasa Unica (IETU) y Sobre la Renta (ISR) , sea éste último el que permanezca, ya que de lo contrario podría haber una reducción en la inversión extranjera.

El socio de impuestos de PriceswaterhouseCoopers (PWC) , Pedro Carreón, explicó que para los inversionistas extranjeros el hecho de que no puedan acreditar el IETU en su país de origen les resultaría costoso invertir en México, y el país dejaría de ser una atractivo para los capitales extranjeros.

Por ello, al ser año 2011 el último de convivencia de ambos gravámenes, a fin de que se tome una determinación se espera que el impuesto que se rija en adelante siga siendo el ISR.


Facilidades administrativas 2011 para autotransportistas

Posted: February 3rd, 2011 | Author: |


Resolución de facilidades administrativas para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2011.

(Publicadas en el DOF del 02 de febrero de 2011)

  :arrow: Descarga: ( 123 kB) RFacilAdmivas2011

Título 2. Sector de Autotransporte Terrestre de Carga Federal

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