Posted: April 8th, 2012 | Author: Colaboraciones | No Comments »

CONSIDERACIONES PARA LA DECLARACIÓN ANUAL 2011
DE PERSONAS FÍSICAS RESPECTO A SUS INVERSIONES
C.P.C. ÓSCAR ORTIZ MOLINA
Miembro de la Comisión Fiscal del IMCP
Derivado de la obligación que tienen las personas físicas de presentar su declaración anual a más tardar el 30 de abril del presente año, es necesario, como sucede año tras año, estar preparados para empezar por hacer una segmentación de los ingresos que se han obtenido a lo largo de este periodo, con el objeto de poder establecer, en diferentes categorías, los ingresos por los cuales debemos pagar un impuesto anual y los que sólo presentaremos de manera informativa; con ello estaremos listos para cumplir con la obligación de presentar la citada declaración de las personas físicas. En ese sentido, uno de los puntos que empezaremos a verificar, también por parte de las instituciones financieras, será el tema de las constancias fiscales y la designación de titulares y cotitulares que ya se debió haber hecho para efectos fiscales.
Por lo tanto, con objeto de cumplir en tiempo y forma con esta obligación, consideramos importante recordar el régimen fiscal de las inversiones en mesa de dinero, chequeras, mesa de capitales, dividendos, productos derivados, así como conocer las obligaciones que se deberán de cumplir y los medios de presentación de la declaración anual.
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Posted: March 30th, 2012 | Author: Gabriel Ochoa Pujol | 1 Comment »

Autor:
Gabriel Ochoa Pujol
Abogado Fiscalista.
Pues mis estimados Amigos, dice la sabiduría popular: “No hay plazo que no se cumpla ni deuda que no se pague”
En este caso el 31 de marzo (que se traspasa al 2 de abril 2012 por ser día inhábil) vence el programa del SAT denominado “Regularización del ISR 2009” del cual les platiqué en un post anterior de nuestro buen amigo elConta.
Recapitulando un poquito y no ahondando mas sobre el tema, este programa es aquel del que derivan esas cartitas moradas “del Terror” que a muchos les hicieron perder el sueño y en ciertos casos hasta la salud y dilapidar el patrimonio.
Las formas de solucionar este Dolor de Cabeza ya han sido tocadas en diferentes post´s de ElConta.com, algunos dentro de la estrategia decidieron hacer caso omiso de las mismas con la salvedad y el temor de que una vez vencido el plazo establecido por el SAT se podrían hacer acreedores a una Auditoria que en todos los casos seria remediable por la vía contable y Jurídico Fiscal.
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Posted: March 30th, 2012 | Author: El Conta | 2 Comments »
Posted: March 29th, 2012 | Author: El Conta | No Comments »
Posted: March 28th, 2012 | Author: El Conta | 1 Comment »

Actualizador de perdidas fiscales 2011 (y anteriores)
Una disculpa
Con esto de las prisas de las declaraciones anuales se me estaba olvidando compartirles (como cada año) el actualizador de perdidas fiscales para el ejercicio 2011, que por cierto.. el archivo también es útil para ejercicios anteriores…
Aquí lo tienen y espero les sea tan útil como a mi.
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Posted: March 25th, 2012 | Author: El Conta | No Comments »
Snogari! Tiene el gusto de poner a su disposición el archivo de Excel llamado "Asimilables Nogari". Este archivo a sido desarrollado para facilitar el calculo de la retención de ISR por concepto de honorarios asimilables a sueldos y salarios.
Las principales características son:
- El sistema puede efectuar cálculos inversos, es decir, usted puede capturar el importe neto a recibir y el sistema le determina el importe del honorario asimilable, el ISR a retener y el neto a recibir por el monto exacto que usted capturo. También funciona capturando el monto de honorario y el sistema calculará el ISR a retener y el neto correspondiente.
- El sistema maneja catálogos de hasta 500 empleados.
- La nómina soporta hasta 300 empleados.
- El sistema genera automáticamente los recibos con todo y cantidad en número y letra.
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Posted: March 21st, 2012 | Author: Colaboraciones | No Comments »

Discrepancia fiscal
El artículo 107 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) establece que existe discrepancia fiscal cuando una persona física realiza, en un año de calendario, erogaciones superiores a los ingresos que hubiera declarado en ese mismo periodo.
Para estos efectos se consideran erogaciones los conceptos siguientes:
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Posted: March 11th, 2012 | Author: L.C. Omar G. Serrano Fanjul | No Comments »

Imagen: icnr.es
Documentación Comprobatoria de Precios de Transferencia.
Parte II.
Autor colaborador:
L.C. Omar G. Serrano Fanjul *
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La publicación anterior abordamos sobre la documentación comprobatoria de precios de transferencia para las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero por lo tanto si aún no has leído ese artículo, lo hagas previamente a la lectura del presente 
Continuemos:
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Posted: March 10th, 2012 | Author: El Conta | 3 Comments »

El día de hoy ha sido liberado por el SAT la versión web para presentar la DECLARACIÓN ANUAL 2012 AUTOMÁTICA para personas físicas. Entiéndase por automática a el hecho de que viene con datos precargados de los ingresos obtenidos por los contribuyentes de acuerdo a los datos obtenidos por el SAT por vías alternas (Declaración de sueldos y salarios, retenciones, etc)
Acá la nota completa del SAT:
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Posted: March 5th, 2012 | Author: José Javier Rodríguez Ochoa | 1 Comment »

El costo de lo vendido se cuece aparte
Preparado por:
Antecedentes
Desde el advenimiento del cambio sustancial y dramático de la deducibilidad del costo de lo vendido en sustitución de la otrora consentida deducción de compras, nos percatamos de la gran necesidad de remitirnos a las normas de información financiera e incluso a la doctrina misma, con la finalidad de cumplimentar los vacíos legales existentes en esta nueva forma de deducción de un elemento que en ciertos contribuyentes resulta ser proporcionalmente importante: mercancías, por un lado y materias primas, mano de obra y gastos de fabricación por el otro.
Desde entonces hemos sostenido la opinión que estriba principalmente en la sentencia que aduce el nombre de este artículo: el costo de lo vendido en materia fiscal sigue sus propias reglas debido principalmente a la necesidad de remitirnos a normas de carácter doctrinario para cumplimentarlo, lo que convierte a éste en un “hibrido” que tiene por padre a la fiscalidad y por madre a la doctrina contable y resulta ser que el “muchachito” se parece más a su mamá de lo que nos hubiéramos imaginado en un principio.
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