EDENRED Yo amo

Actualizaciones, multas y recargos ¿Deducibles?

Posted: March 1st, 2012 | Author: | No Comments »


calculos-300x300 

Los recargos pagados por los contribuyentes, inclusive mediante compensación, tienen el carácter de deducibles por así estar expresamente establecido en el último párrafo de la fracción I del Art. 32 de la LISR, que a la letra expresa:

Read the rest of this entry »


Pagar IETU en vez de ISR -Sus consecuencias-

Posted: February 22nd, 2012 | Author: | No Comments »

Las consecuencias de causar IETU en vez de ISR

Felipe León*, El Universal

La Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) es la contribución más polémica de los últimos años, debido a diversos cuestionamientos e inquietudes por parte de los contribuyentes, expertos y autoridades fiscales, mismos que van desde calificar su constitucionalidad, hasta el hecho de que ciertos tipos de gastos sean no deducibles, tales como los intereses pagados, las regalías pagadas a partes relacionadas tanto nacionales como extranjeras, los sueldos y salarios, por mencionar algunos.

Su objetivo fue fungir como un impuesto mínimo y de control respecto al ISR, a fin de coadyuvar a incrementar la recaudación para el gobierno federal, en especial por considerar la autoridad al régimen del ISR como “poroso”, sustituyendo al Impuesto al Activo (IMPAC).

Se comenta que el IETU ha cumplido con las metas propuestas por las autoridades fiscales; sin embargo, ha repercutido en los bolsillos de los contribuyentes mediante el gravamen de una base calculada en función al flujo de efectivo, que desde el punto de vista administrativo, implica una carga elevada de trabajo debido a que se determina conforme a otro procedimiento distinto al devengo como es para ISR y para fines financieros, y sobre la cual se aplica una tasa de impuesto de 17.5%.

Read the rest of this entry »


REPECOS Declaración informativa -Declaración anual-

Posted: February 2nd, 2012 | Author: | 3 Comments »

Imagen: www.mexicowoods.com

Antes que nada recordemos que los REPECOS no presentan declaración anual:

Régimen de Pequeños Contribuyentes
Articulo 139 LISR, fracción VI
Presentar, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel al que corresponda el pago, declaraciones mensuales en las que se determinará y pagará el impuesto conforme a lo dispuesto en los artículos 137 y 138 de esta Ley. Los pagos mensuales a que se refiere esta fracción, tendrán el carácter de definitivos.

Como podrás ver se refiere a pagos mensuales, pero también recordemos que la resolución miscelánea fiscal les convirtió los "pagos mensuales" en bimestrales:

Read the rest of this entry »


Que es el Régimen Intermedio

Posted: February 1st, 2012 | Author: | No Comments »

RÉGIMEN INTERMEDIO

El Régimen Intermedio es un régimen opcional, en el cual pueden pagar sus impuestos las personas físicas que se dediquen al comercio, industria, transporte, actividades agropecuarias, ganaderas, cuando estimen que sus ingresos o ventas no excederán de $4’000,000.00 en el año. Esta cantidad no se refiere a la utilidad o ganancia, sino a los ingresos brutos, antes de descontar los gastos o las compras.

Ciclo tributario del empresario en este régimen:

Read the rest of this entry »


Recomendaciones importantes para el cierre del ejercicio 2011

Posted: January 29th, 2012 | Author: | No Comments »

Recomendaciones importantes para el cierre del ejercicio 2011 2012-01-29_recomendacionesCierreEjercicio_img_0

Con la idea de repasar cuales son los puntos más sobresalientes a tomar en cuenta para que las empresas tengan un correcto cierre del ejercicio fiscal 2011, a continuación se mencionan los que consideramos que mínimo se deben tener presentes:

Para las personas Morales que tributan en el Título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta: Ingresos Acumulables

Deberán acumularse exclusivamente los ingresos gravados, conforme al artículo 18 de la Ley del ISR. Existen diferentes momentos en los que se puede considerar que se obtuvieron los ingresos, por lo que habrá que conciliar los ingresos registrados en la contabilidad, con los que proceda fiscalmente.

Ejemplo: Los ingresos que obtiene una sociedad civil se contabilizan al momento que se expide el comprobante respectivo, pero se acumulan en el ISR hasta que son cobrados.

Tratándose de intereses:

I.- Normales. Acumular mensualmente la parte devengada.

II. Moratorios. Los tres primeros meses, se cobren o no, se acumulan los devengados. A partir del cuarto mes se acumularán únicamente los efectivamente cobrados. Los intereses que se cobren con posterioridad al tercer mes, se acumularán hasta el momento en que excedan al monto de los acumulados en los primeros tres meses y hasta por el monto en que excedan.

Lo anterior de acuerdo a la fracción X del art. 20 de la Ley del ISR.

Ajuste anual por inflación: Es importante no olvidar que las personas Morales que tributan el Título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, están obligadas a determinar y acumular el ajuste anual por inflación que resulte de aplicar las disposiciones establecidas en el Capítulo III del mencionado Título, que se refieren a calcular el saldo promedio anual de sus deudas y el saldo Fiscal promedio anual de sus créditos (ajuste anual por inflación deducible o acumulable).

Read the rest of this entry »


Deducción de cuentas incobrables. -Cierre Fiscal-

Posted: January 23rd, 2012 | Author: | No Comments »

Deducción de cuentas incobrables

image

Al estar cerrando el ejercicio fiscal surge la necesidad de identificar aquellas deducciones que permitan disminuir la base del impuesto sobre la renta y a manera de recordatorio señalamos la deducción de pérdida por créditos incobrables.

La Ley de ISR no establece claramente lo que es un crédito incobrable, sino que señala expresamente los requisitos para que un crédito incobrable sea deducible.

Al respecto podríamos señalar que un crédito incobrable es "un derecho que tiene una persona acreedora a recibir de otra deudora una cantidad en numerario” Con esto, quiero resaltar que ese crédito puede provenir de la venta de mercancía o prestación de servicios, o bien, puede provenir de otro crédito que represente precisamente el derecho de cobro, por ejemplo un préstamo otorgado. Ahora bien, para efectos de la propia Ley de ISR (Art. 31 fracción XVI) se considera deducible un crédito, cuando sea incobrable conforme a lo siguiente:

Read the rest of this entry »


Anticipo a proveedores -Deducibles-

Posted: January 22nd, 2012 | Author: | 5 Comments »

calculo_impuestos

Estamos ya a poco tiempo de presentar nuestra declaración anual del ejercicio, por lo tanto el tema de la deducción de los anticipos entregados a los proveedores de productos y/o servicios interesará a mas de uno.

Comencemos por atender lo señalado en la Fracc. XIX del Art. 31 la LISR:

Artículo 31 LISR. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:

XIX  (…)

Tratándose de anticipos por los gastos a que se refiere la fracción III del artículo 29 de esta Ley, éstos serán deducibles en el ejercicio en el que se efectúen, siempre que se reúnan los siguientes requisitos:

Read the rest of this entry »


Carga Batch DIM 2012 Sueldos y Salarios -Snogari-

Posted: January 14th, 2012 | Author: | 5 Comments »


Carga batch DIM 2012 Sueldos y salarios

Como cada año, los chicos de Snogari le proporciona el archivo de Excel llamado Carga Batch Sueldos y Salarios 2012 cuya función es la de determinar y efectuar la carga batch de la declaración de Sueldos y Salarios y Subsidio para el Empleo de 2011 a presentar a mas tardar este 15 de Febrero de 2012.

Read the rest of this entry »


Viernes casual: Aprende a defenderte !!

Posted: January 13th, 2012 | Author: | No Comments »

Click para aumentar

Se recomienda lectura de: “Los golpes bajos del IETU”


Patrones y los aviso de reanudación de actividades de sus empleados…

Posted: January 12th, 2012 | Author: | 2 Comments »

Trabajadores no inscritos en el RFC nueva regla de miscelánea interesante a patrones.

Autor colaborador: C.P.C. y M.I. Julio César Cortés Molina * 

@cpjulioccortes

Durante varios años el SAT ha emitido reglas de carácter general en donde ha permitido a los empleadores que no hayan podido inscribir a sus trabajadores en el Registro Federal de contribuyentes enlistarlos en su declaración informativa de sueldos y salarios únicamente con el RFC a 10 posiciones y con la CURP, sin embargo para este ejercicio 2012 dado que ya se publicó la nueva Resolución Miscelánea 2012 nos encontramos con la regla I.2.5.5. que a la letra dice:

Read the rest of this entry »