EDENRED Yo amo

Tesis aisladas: El SAT se excede al negar devoluciones de impuestos por no comprobar fuente de financiamiento.

Posted: May 8th, 2012 | Author: | 1 Comment »

Autor colaborador: * Miguel Chamlaty Toledo.

PRESIDENTE ANAFINET 2010-2012 

www.chamlaty.com 

En efecto, la autoridad derivado de las solicitudes de  devolución se ha excedido, al pretender solicitar que se le de razones de la fuente de financiamiento derivado del exceso de deducciones que estén provocando los saldos a favor, en todo caso que ejerza otras facultades para revisar dichas devoluciones, pero no negar bajo el supuesto de no cumplimiento de solicitud de información.

Observemos la siguiente tesis aislada:

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El SAT no dará prórroga para presentar dictamen de estados financieros. << Es en serio.

Posted: May 7th, 2012 | Author: | No Comments »

El SAT no dará prórroga para presentar dictamen de estados financieros


Autor:

C.P.C. Alberto López Rodríguez *

Socio Intelegis Morelia

En los últimos años, el SAT ha venido otorgando prórrogas para la presentación del dictamen de estados financieros, por diversas razones, algunas imputables al propio SAT y otras más bajo la petición de la Contaduría Organizada, concediendo, finalmente, plazo adicional al inicialmente fijado.

Por cierto, las prórrogas se han otorgado por única vez y hasta un día determinado… Sin que cree precedente.

El SAT, desde el pasado 22 de diciembre de 2011, ha puesto a disposición el Sistema de Presentación del dictamen Fiscal e Información alternativa del dictamen para el ejercicio fiscal 2011, y por diversos medios ha difundido que este año no dará plazo adicional para presentar el dictamen fiscal o en su caso la información alternativa al dictamen.

Dichos plazos son los siguientes:

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PRODECON Recomendación al @SATmx por exceder los 40 días para efectuar devoluciones de impuestos.

Posted: May 7th, 2012 | Author: | 1 Comment »


Imagen: http://sinataduras53.files.wordpress.com/2010/05/tarjeta-amarrilla-08_05_10.jpg

RECOMENDACIONES PRODECON

Plazo excedido de cuarenta días sin que la autoridad fiscal

haya efectuado devolución de saldos a favor

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) dio a conocer las "Recomendaciones 07/2012 y 08/2012; donde ambas consideran violado en su perjuicio el derecho consagrado en el artículo 2º, fracción II de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, ya que transcurrió en exceso el plazo de cuarenta días que establece el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación, sin que la autoridad fiscal le haya efectuado la devolución del saldo a favor solicitado mediante formatos 32 "Solicitud de Devolución"

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No pague mi declaración anual antes del 30 de abril ¿Debo presentar una complementaria?

Posted: May 1st, 2012 | Author: | 5 Comments »

asustado

Ayer 30 de abril, fue el último día para presentar en tiempo y forma nuestra declaración anual de personas físicas, debiendo con ello haber pagado nuestros impuestos que nos hayan salido a cargo.

Pero es muy frecuente que de momento no se cuente con el efectivo necesario para su pago, por lo tanto surgen preguntas como esta que un lector nos ha hecho:

Hola Conta:

Presente mi declaración anual de personas físicas y me salió saldo a pagar, mi duda es ¿cuántos días tengo para pagar? y en caso de pagarla en mayo, ¿tengo que presentar la misma declaración como complementaria y pagar el recargo?.

De antemano les agradezco que me ayuden.

Comentario de C. Reyes

Veamos:

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Devoluciones por internet -Enviar documentos solicitados en formato zip-

Posted: May 1st, 2012 | Author: | No Comments »


Como excelentes ciudadanos y contribuyentes que somos, ya cumplimos con enviar nuestra declaración anual, pero… el SAT no se dio por convencido de nuestros números declarados y por lo tanto ya no fuimos beneficiados con al Devolución Automática :-? y para devolvernos nuestros impuestos a favor, nos solicita MAS DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA y para esto es necesario ingresar a "Mi Portal" y acceder al apartado de devoluciones y compensaciones: Read the rest of this entry »


No solo te debe asesorar el Notario, lleva a tu abogado !! – Parte 1 de 3

Posted: April 30th, 2012 | Author: | No Comments »


abogado

No solo te debe asesorar el Notario, lleva a tu abogado !!

Parte 1 de 3

Autor colaborador:

Jorge Mafud

www.mafudabogados.com

Mi opinión es que aun y cuando las partes de una operación acudan con un notario para realizarla, cada una de ellas debería contar con la asesoría de su propio abogado.  Déjame te explico por qué:

Los notarios públicos son personas a las que los estados les otorgan la faculta de dar fe pública respecto de los hechos o actos jurídicos que los particulares les soliciten.  Adicionalmente, conforme a las diferentes leyes del notariado de cada entidad federativa, los notarios tienen la obligación de orientar y asesorar a sus clientes.  Por ejemplo, la Ley del Notariado de Nuevo León establece:

Artículo 83.- En el ejercicio de su función, el Notario orientará y explicará a los otorgantes y comparecientes, el valor y las consecuencias legales del acto o de los actos jurídicos que él vaya a autorizar. Fungirá como asesor de los comparecientes y expedirá los testimonios, copias o certificaciones a los interesados conforme lo establezcan las Leyes….”

Como puedes darte cuenta, si bien el notario tiene la obligación de orientar y explicar y de asesorar a los comparecientes, también es una realidad que el notario debe ser imparcial (ya que la misma ley no le permite tomar partido).

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Infonavit: Reglas y condiciones para segundo crédito.

Posted: April 27th, 2012 | Author: | 4 Comments »


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Gabriel Aranda Zamacona

Experto en seguridad social

Reglas para el otorgamiento del Segundo crédito INFONAVIT

El 12 de enero del 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman los artículos 43,44 y 47 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y el octavo transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Infonavit, publicado el 6 de enero de 1997.

Que el artículo 47 de la Ley del Infonavit señala que:

“El trabajador tiene derecho a recibir un crédito del Instituto, y una vez que lo haya liquidado podrá acceder a un nuevo financiamiento por parte del Instituto en coparticipación con entidades financieras.

 Para este segundo crédito el trabajador podrá disponer de los recursos acumulados en la subcuenta de vivienda y su capacidad crediticia estará determinada por la proyección de aportaciones subsecuentes.”

Otorgar un segundo crédito constituye un beneficio tangible para los derechohabientes, por lo que representa un reconocimiento a los acreditados cumplidos, considerando tanto su historial laboral como el historial crediticio con el Infonavit.

Criterios de selección para un segundo préstamo:

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La Autoridad esta OBLIGADA al pago de daños y perjuicios, producto de sus faltas graves.

Posted: April 27th, 2012 | Author: | 1 Comment »


recibir_pago

DAÑOS Y PERJUICIOS, LA AUTORIDAD ESTA OBLIGADA AL PAGO CUANDO AL DICTAR UNA RESOLUCIÓN INCURRA EN FALTA GRAVE.

Autor colaborador:

L.D. GUADALUPE VIVAR ÁLVAREZ

www.vivarconsultores.com

En efecto, como es bien sabido, las autoridades fiscales y administrativas deben emitir sus actos conforme a la leyes aplicabas, esto es con la debida fundamentación y motivación que para tal efecto dispone el articulo 16 de Constitución Federal, sin embargo, en muchas ocasiones las resoluciones que emiten estas autoridades revisten de ilegalidades que afectan a los contribuyente, que se ve en la necesidad de acudir ya sea en la vía administrativa o en la contenciosa para reclamar sus derechos y pedir que se nulifiquen estos actos carentes de legalidad.

Muchos de estos actos, que emiten las autoridades carecen de la mas mínima fundamentación y motivación, empero aun así el contribuyente tendrá que recurrir a las vías antes mencionada para que se nulifiquen eso actos, teniendo el contribuyente que menoscabar su patrimonio no solo en el pago de los honorarias de un profesional o los gastos que se origen del mismo juicio, si no que además derivado del mismo acto el particular por lo regular dejara de percibir algún ingreso licito.

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NO OLVIDAR: Aviso compensación IETU a favor & ISR propio -Declarasat-

Posted: April 26th, 2012 | Author: | No Comments »

Cuidado aún te falta un paso de tu Declaración Anual…

Autor:

Miguel Chamlaty

www.chamlaty.com

    En estos últimos días me han estado preguntando insistentemente sobre el criterio y  la opinión vertida sobre la regla I 4.3.1. que exprese en entradas anteriores,  la pregunta que me han hecho que esto ya esta automatizado en el DECLARASAT y que ya no hay que hacer nada, porque el mismo DECLARASAT te da dicha opción, a lo cual de inmediato me di a la tarea de revisar y creo que hay una confusión, porque ese mensaje ya salía en ejercicios anteriores, y que realmente es una opción para llenar las hojas de ayuda que muchos ya no usamos, la ventana que sale es la siguiente;

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Las notificaciones de la autoridad – Tips y comentarios -

Posted: April 26th, 2012 | Author: | No Comments »

Que no te sorprendan y que el SAT te notifique correctamente

gabrielcordero

Autor colaborador:

  Gabriel Cordero *

@gabe_cordero

agnuscontadores.com

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      Llegué puntualmente a mi junta semanal con Don Chonchete Billete, en plena época de turbulencia: declaraciones mensuales bajo el nuevo esquema de DYP (Declaraciones y Pagos), cierres anuales 2011, más lo que se acumule en la semana de trámites y nuevos clientes que no faltan a principio de año. Bajo todo este cúmulo de trabajo, ahí estoy, haciendo antesala en la oficina de Don Chonchete Billete… esperándolo. La señorita Ignacia Buenglúteo me informa que ya viene, que de favor lo espere. “En cinco minutos llega” me dice con su voz melosa. Está bien, digo para mis adentros, cinco minutos está bien… los cuales se convierten en veinte, cuando al fin llega Don Chonchete.

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