Posted: December 15th, 2011 | Author: El Conta |
Recordemos que:
101/2011/IVA Compensación del impuesto al valor agregado. Casos en que procede.
De conformidad con los artículos 6 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y 23 del Código Fiscal de la Federación, el saldo a favor del impuesto al valor agregado de un mes posterior podrá compensarse contra el adeudo a cargo del contribuyente por el mismo impuesto correspondiente a meses anteriores, con su respectiva actualización y recargos.
Fuente SAT: Compilación de los criterios normativos en materia de impuestos internos 2011
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Posted: August 5th, 2011 | Author: El Conta |

De acuerdo !!
Creo que poco a poco ojalá y fuera más rapidito el SAT ha logrado ir poniendo a disposición de los contribuyentes (y los contadores de estos) software de mejor calidad y simplificación fiscal a excepción del DESHONRROSO SIPRED que nos alejan cada vez más de tener que ir a sus ventanillas a realizar un trámite.
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Posted: July 2nd, 2011 | Author: El Conta |
Haaaasta queee !!
Por fin a alguien con dos dedos de frente se le ocurrió incluir lo siguiente en la Resolución Miscelánea 2011 que se acaba de publicar apenas ayer viernes 1o de julio:
Compensación de pagos provisionales de IETU contra ISR del ejercicio a pagar
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Posted: May 6th, 2011 | Author: El Conta |

Si en tu declaración realizaste una compensación de saldos, no debes olvidar que es imperativo el presentar tu aviso de compensación ante el SAT, mediante la forma oficial 41 con los requisitos que se señalan en el Catálogo de Servicios y Trámites.
El formato vigente para este 2011 (y hasta nuevo aviso..) es el siguiente:
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Posted: August 5th, 2010 | Author: El Conta |
Si compensó saldos a favor o pago de lo indebido de cualquier contribución, puede presentar el aviso y enviar la documentación correspondiente por Internet, sólo realice lo siguiente:
Descargue el formato 41 en Excel, vigente a partir del 3 de agosto. Puede utilizar la versión de office que se apegue a sus necesidades:
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