Asimilados a salarios ¿deben ya expedir comprobantes fiscales?
Posted: October 19th, 2011 | Author: El Conta | 6 Comments »
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Posted: October 19th, 2011 | Author: El Conta | 6 Comments »
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Posted: October 10th, 2011 | Author: El Conta | No Comments »
Y la respuesta es sencilla, se verifican tal y como se verificaban antes la facturas “normales” solo que ahora esas facturas “normales” y las nuevas facturas CBB se engloban bajo la denominación de “COMPROBANTES FISCALES IMPRESOS”
Bueno, a lo que iba… la liga para verificar estos comprobantes es la siguiente y obviamente se encuentra en la página oficial del SAT:
Posted: September 27th, 2011 | Author: Colaboraciones | 1 Comment »
Posted: September 13th, 2011 | Author: Colaboraciones | No Comments »

Autor: C.P.C. y M.I. Elías Quezada
“Soluciones integrales que dan Confianza”
La fracción III del artículo 31 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), establece que cuando se hagan pagos cuyo monto exceda de $2,000 pesos, se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de debito o de servicios, excepto cuando el pago sea para cubrir adquisición de combustible.
Con frecuencia nos encontramos con la problemática sobre el tratamiento que se le debe dar a los pagos que se reembolsan a terceras personas por haber efectuado erogaciones por cuenta de la empresa. Es común que las transacciones que se llevan a cabo con ese tercero, conlleven la compensación de adeudos previamente generados, y que pueden llegar a extinguir el monto que éste tercero haya cubierto por cuenta de la empresa.
Posted: May 26th, 2011 | Author: Miguel Chamlaty Toledo | 6 Comments »

Autor Colaborador: Miguel Chamlaty Toledo
Una pregunta reiterada me han estado realizando a lo largo del mes de MAYO de 2011, ¿Si la Federación, Estado y Municipios, y una diversidad de entes gubernamentales deben subirse a emitir Comprobantes Fiscales Digitales?
A lo cual la respuesta inmediata, es desde luego, deben emitir CFDI, aunque posteriormente, les señalo que existe una opción por reglas misceláneas en donde prácticamente las mantiene como han estado, es decir emitiendo sus comprobantes tradicionales que nos han expedido por muchos años, en donde son meros comprobantes simples con sellos oficiales o con certificación, las reglas son las siguientes;
Posted: February 21st, 2011 | Author: El Conta | No Comments »
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Posted: February 2nd, 2011 | Author: El Conta | 2 Comments »
Autor:
Ramiro Hernández López.
Socio Director de Servicios y Tramites en Comercio Exterior de México
Consultor e Instructor externo certificado del SAT.
Visto primero en: Fiscalito.com
En México los comprobantes fiscales, mejor conocidos como “FACTURAS”, se expiden cuando una persona compra mercancías nacionales a un proveedor nacional cumpliendo ciertos requisitos establecidos en la legislación aplicable; hoy comentaremos sobre su equivalente en operaciones de Comercio Exterior llamado “PEDIMENTO”.
El pedimento aduanal es un comprobante fiscal donde se demuestra que se han pagado todas las contribuciones ante la autoridad aduanera por la entrada y/o salida de las mercancías de comercio exterior hacia o desde el territorio nacional.
Este documento comprueba la estancia legal de las mercancías y que fueron importadas a nuestro país, en el se asientan datos como RFC, domicilio fiscal y nombre del importador, aduana de arribo de las mercancías, régimen aduanero, nombre del proveedor, país de origen de las mercancías, fracciones arancelarias, cantidades y unidades de medida, número de bultos, factura(s) comercial(es) que amparan a dichas mercancías, valor comercial de las mercancías, Incoterms, restricciones y regulaciones no arancelarias, entre otros.
Como consumidores, en caso de adquirir de primera mano productos importados, debemos asegurarnos que estos sean amparados con una factura, que además debe contener lo siguiente:
Posted: November 30th, 2010 | Author: El Conta | 2 Comments »
Multarán a incumplidos con factura electrónica
Dolores Acosta / El Sol de México
Ciudad de México.- A aquellos contribuyentes que perciban más de 4 millones de pesos anuales y que mantengan una actitud dolosa al no querer emitir su factura electrónica, se les impondrán multas que pueden ir desde los 800 pesos hasta los 20 mil pesos y, en algunos casos, incluso la clausura del negocio por tres o 15 días, afirmó Pedro Canabal, administrador central de Comunicación Institucional del Servicio de Administración Tributaria.
(…)
Agregó que actualmente en cualquiera de las cadenas de tiendas de autoservicio sólo extienden facturas electrónicas a sus proveedores, por lo que aquellas personas que quieran venderles les tendrán que facturar de esa forma, ya que, de lo contrario, quedarían fuera del grupo de proveedores, y agregó que es donde se presenta el efecto multiplicador, ya que día a día se van sumando más contribuyentes.
Pedro Canabal aseveró que para 2011 la regla general será la factura electrónica y la excepción será usar la factura en papel.
Leer nota completa en El Sol De México
Cómo dice el buen @danys_34¿Será que apegarse al decimo transitorio del CFF fracción II será actuar de manera dolosa? ¿ahora multaran por cumplir con la ley?
Posted: November 1st, 2010 | Author: El Conta | No Comments »
El artículo citado al rubro, regula los requisitos formales que deben reunir los comprobantes fiscales, verbigracia, contener la descripción del servicio que amparen; sin embargo, es oportuno establecer, que ni el Código Fiscal de la Federación ni su reglamento, así como las diversas normas aplicables en la materia, precisan, conceptúan o definen los parámetros bajo los cuales debe entenderse la expresión “describir”, razón por la cual, y a efecto de adscribir un significado a dicho concepto indeterminado, es indispensable avocarse a la interpretación de los ordenamientos que puedan dar elementos para delimitarlo, para lo cual es dable acudir incluso a la doctrina; sobre dicha base, el verbo “describir”, acorde al Diccionario de la Lengua Española, emitido por la Real Academia Española, Editorial Espasa, vigésimo primera edición, tomo I, página 704, se delimita como:
Posted: October 22nd, 2010 | Author: El Conta | 1 Comment »
Usted puede consultar la validez de los folios y series de sus Comprobantes Fiscales Digitales (CFD) recibidos en:
Fuente: SAT