Posted: July 18th, 2010 | Author: El Conta | Filed under: Controles, Fiscal, Letras sueltas | Tags: cuca, cuenta de capital de aportacion, Fiscal, Letras sueltas | View Comments

Imagen: www.creditum.com.mx
CUENTA DE CAPITAL DE APORTACIÓN
La LISR en su Art. 89 nos dice:
"…
Para determinar el capital de aportación actualizado, las personas morales llevarán una cuenta de capital de aportación que se adicionará con las aportaciones de capital, las primas netas por suscripción de acciones efectuadas por los socios o accionistas, y se disminuirá con las reducciones de capital que se efectúen. Para los efectos de este párrafo, no se incluirá como capital de aportación el correspondiente a la reinversión o capitalización de utilidades o de cualquier otro concepto que conforme el capital contable de la persona moral ni el proveniente de reinversiones de dividendos o utilidades en aumento de capital de las personas que los distribuyan realizadas dentro de los treinta días siguientes a su distribución. Los conceptos correspondientes a aumentos de capital mencionados en este párrafo, se adicionarán a la cuenta de capital de aportación en el momento en el que se paguen y los conceptos relativos a reducciones de capital se disminuirán de la citada cuenta en el momento en el que se pague el reembolso. …"
En palabras más llanas:
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Posted: July 1st, 2010 | Author: ANTORCHA | Filed under: Controles, Fiscal, IETU, Letras sueltas, SAT | Tags: facilidades administrativas, Fiscal, IETU, listado de ietu | View Comments
Les comparto esta nota periodistica de la jornada del día de hoy y como lo comenta elconta.com NO ES EL PAGO PROVISIONAL DE IETU LO QUE SE ELIMINA, lo que se da la opcion a los contribuyentes es el de que NO PRESENTEN EL LISTADO QUE SIRVIO DE BASE PARA DETERMINAR EL IETU, ojo con esta situación en este foro existen ya comentarios al respecto.
Por lo que respecta a la ELIMINACIÓN, del DICTAMEN FISCAL IMSS, INFONAVIT, es menester comentar que es en los mismos términos es decir ahora va a SER OPTATIVO, y en este caso ahora los contadores que dictaminan para efectos fiscales deben ser mas eficientes, eficaces, vaya tener mas calidad en su trabajo para que el contribuyente este dispuesto a erogar una cantidad que no esta obligado a gastar.
En vista de que NO es estrictamente necesario el dictámen. ¿Será entonces deducible para isr, ietu?
(es broma…)
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Posted: June 29th, 2010 | Author: Colaboraciones | Filed under: Controles, Fiscal, Letras sueltas | Tags: comprobantes fiscales, domicilio, errores, facturas, Fiscal, multas | View Comments
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que cuando una persona obligada a expedir comprobantes fiscales establece en ellos un domicilio fiscal diferente al establecido en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), incurre en una conducta sancionada.
El Código Fiscal de la Federación establece en el artículo 83 que es una infracción del contribuyente no expedir o no entregar comprobante de sus actividades, cuando las disposiciones fiscales lo establezcan, o expedirlos sin requisitos fiscales y con esta decisión de la Corte, se establece que expedir el comprobante con un domicilio incompleto, equivocado o diferente del registrado, es motivo de sanción.
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Posted: June 17th, 2010 | Author: ANTORCHA | Filed under: Declaraciones varias, Fiscal, Letras sueltas | Tags: actividades primarias, Fiscal, impuestos, miscelanea, resoluciones | View Comments
Este dia 16 de junio se publica en el DOF las Reglas que otorgan facilidades Administrativas a diversos sectores que en el se indican las cuales se publican año con año aqui la pueden bajar
El SAT da a conocer las facilidades administrativas para los contribuyentes de los sectores primario y de autotransporte terrestre de carga y pasajeros, cuyo contenido es igual al de las reglas publicadas para 2009, sin observar cambio alguno en ningún Capítulo, salvo los siguientes: Read the rest of this entry »
Posted: June 15th, 2010 | Author: ANTORCHA | Filed under: Contratos varios, Fiscal, Letras sueltas, Tips para empresas | Tags: derecho, Fiscal, impuestos, jurisprudencias | View Comments
Hola a todos, hoy les ofrecemos una recompilacion de las JURISPRUDENCIAS EMITIDAS POR LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION por los meses de enero y febrero de 2010, espero y les sea de utilidad, al mismo tiempo les reiteramos que pueden hacer sus comentarios, sus opiniones que van a servir para que todos los que de alguna manera estamos inmersos en los impuestos tengamos ese lugar que nos entiende y que nos proporciona ayuda.
ANTORCHA
Posted: June 12th, 2010 | Author: ANTORCHA | Filed under: Contratos varios, Derecho Mercantil, IMSS, INFONAVIT, ISR, Letras sueltas | Tags: asimilables, contratos, Fiscal, sueldos y salarios | View Comments

Hola a todos:
Como complemento del post hecho en otra ocasion hoy les entrego un “machote” de una sociedad civil, que afin de cuentas tiene un mismo tratamiento el “anticipo a utilidades” recuerden que hay un articulo 110 de la LISR que establece que estos anticipos son deducibles ya que se consideran “sueldos asimilables”, ah!
pero tengan mucho cuidado hay que cumplir con ciertas obligaciones, tanto fiscales como contables para que no tengamos despues problemas con el IMSS, SAT, o el Gobierno de tu Estado, pues se puede llegar a aplicar el impuesto sobre nominas estatal, cuidado.
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Posted: June 11th, 2010 | Author: ANTORCHA | Filed under: Fiscal, IETU, ISR, Letras sueltas | Tags: Fiscal, impuestos, retenciones | View Comments

Imagen: ladylee.com
En esta nueva época fiscal tenemos que, al desaparecer aquel Capitulo VI de las actividades Empresariales y ser insertado en el Nuevo Capitulo II de la LISR nos encontramos el problema de si A LAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES TAMBIEN SE LE DEBE RETENER EL 10% DE ISR, es decir EN LA “FACTURA” deberá haber un lugar para anotar el correspondiente ISR retenido. Para eso debemos dejar claro que son actividades empresariales y que son las prestaciones de servicios, situación que la siguiente resolución, nos puede dar una idea de lo que se debe tener como cada una de ellas, debemos ser cautos con la toma de decisión que se tenga pues esto implicaría que la erogación pudiera ser considerada como no deducible. Que pasaría con los talleres mecánicos, las llamadas salas de belleza, mantenimiento de computadoras etc. Veamos la problematica
Servicio de mantenimiento. No resulta una actividad empresarial y por ende respecto del año 2002, no aplica dentro del régimen de pequeños contribuyentes.
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Posted: June 11th, 2010 | Author: ANTORCHA | Filed under: Fiscal, Letras sueltas | Tags: Fiscal, miscelaneas | View Comments

Que les puedo platicar al respecto comenzamos aqui les doy la liga para que bajen la NUEVA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA 2010 publicada en el Diario Oficial el día de hoy, apenas estoy terminando el trabajo para cuestionar por que no la habían publicado si es anual
, pero de todas maneras lo publicare pronto por aquí estará interesante ya lo verán
Esperamos sus comentarios
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