Me atrevo a pensar que no hay empresa a la que al menos una vez, la autoridad no le haya enviado algún requerimiento 
Y dá el caso que a una de las empresas a las que le llevo la contabilidad, les llegó “su premio” dónde el SAT nos solicita la presentación de el pago provisional de IETU del mes de Febrero 2010, cosa que por supuesto ya había presentado en tiempo y forma… así que no queda otra más que solicitarle a la autoridad la cancelación de dicho requerimiento.
Así que me fuí a la ALAC que me corresponde y al llegar me dicen que SOLO es posible cancelarlo de dos maneras:
1. Que se presente el representante legal y/o yo tenga poder para eso (no lo tengo) ó
2. Presentarlo por internet.
Así que… a presentarlo por internet…
En la pagina del SAT solo encontré la siguiente información para la realización de este trámite:
Aclaración de requerimientos de obligaciones omitidas (declaraciones)
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que reciban requerimientos por parte del SAT.
¿Dónde se presenta?
En la ALSC que corresponda a el domicilio fiscal del contribuyente o en la página de Internet del SAT.
¿Qué documentos se obtienen?
No aplica.
¿Cuándo se presenta?
Antes del vencimiento al plazo establecido en el requerimiento notificado.
Requisitos:
En forma personal:
- Original y copia del requerimiento (original para cotejo)
- En caso de no contar con el requerimiento, debe presentar escrito libre por duplicado en el que señale los motivos que dieron origen al requerimiento.
- Original y copia de la declaración normal y/o complementaria presentada (original para cotejo) de acuerdo a lo siguiente:
- Declaración con sello original de la institución bancaria;
- Si fue a través de Internet o banca electrónica debe indicar el número de folio;
Si se presentó por medios electrónicos y el pago se realizó en ventanilla bancaria, debe proporcionar acuse de recibo en original (original para cotejo).
- En su caso, original y copia de la documentación que compruebe porque no procede el requerimiento. (original para cotejo)
Por Internet:
- Para entrar en la aplicación, inicie sesión en el registro de "Mi portal", para acceder al mismo deberá capturar su RFC y CIECF.
Compromisos de servicio
Atención Personal:
Duración máxima: 40 min. por trámite.
Espera máxima: 5 min. para contribuyentes con cita.
Calidez y amabilidad en el servicio: 100% de los casos
Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 15:00 hrs.
Pasos a seguir para realizar el trámite
Internet(
27kB)
Personal(
28kB)
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 33-A del CFF y 58 del reglamento del CFF
Fuente: http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/tramites_fiscales/registro_t/101_11777.html
Y como puedes ver, es MUY poca información 
Así que mientras voy realizando mi trámite, voy haciendo imprresiones de pantalla para compartirselas y no anden tan perdidos como yo la primera vez 
Espero y les sirvan de algo:
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