Posted: December 15th, 2011 | Author: El Conta |
Recordemos que:
101/2011/IVA Compensación del impuesto al valor agregado. Casos en que procede.
De conformidad con los artículos 6 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y 23 del Código Fiscal de la Federación, el saldo a favor del impuesto al valor agregado de un mes posterior podrá compensarse contra el adeudo a cargo del contribuyente por el mismo impuesto correspondiente a meses anteriores, con su respectiva actualización y recargos.
Fuente SAT: Compilación de los criterios normativos en materia de impuestos internos 2011
Read the rest of this entry »
Posted: December 15th, 2011 | Author: CPC Francisco Gamez Ponce |

CONSIDERACIONES PARA EL CIERRE DEL EJERCICIO FISCAL
Autor: Frank Gámez
A manera de recordatorio se presentan algunas anotaciones a considerar en las empresas en estas fechas de cierre de ejercicio fiscal
• Cálculo y pago de Aguinaldo
Los patrones tienen de plazo hasta el 20 de Diciembre para pagar a sus empleados el aguinaldo anual. La Ley Federal de Trabajo establece un mínimo de 15 días por año, considerando el año completo de labores. Cabe mencionar que el pago fuera de tiempo tiene como posible efecto una multa de 315 días del salario mínimo por la Procuraduría Federal para la Defensa del Trabajo
Es recomendable los patrones consideren al momento de calcular el IS.R. por el pago de aguinaldo la opción establecida en el artículo 142 del Reglamento de la Ley del I.S.R. ya que normalmente da un cálculo más exacto. Los patrones deben hacer el ajuste anual del I.S.R. a sus trabajadores en este mes de Diciembre y normalmente lo aplican al momento del cálculo del aguinaldo.
Read the rest of this entry »
Posted: October 25th, 2011 | Author: Colaboraciones |

Veamos y recordemos:
Read the rest of this entry »
Posted: October 23rd, 2011 | Author: El Conta |
FECHA: 13 – Septiembre – 2011
TEMA: Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA)
SUBTEMA: Retención
ANTECEDENTES:
La contribuyente solicita se le confirme su criterio, en el sentido de que su representada no se encuentra obligada a efectuar la retención establecida en el artículo 1-A, fracción II, inciso c,) de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Que cuenta con un permiso otorgado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, el cual le permite proporcionar los servicios de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos, los cuales son servicios auxiliares. Por lo tanto, los servicios que presta su representada, no constituyen servicios de autotransporte terrestre de bienes, por ende, no se encuentra sujeta a la retención del 4% de Ley del Impuesto al Valor Agregado, por las actividades que realiza.
Read the rest of this entry »
Posted: August 26th, 2011 | Author: Colaboraciones |

Efectos Fiscales del IVA en los Medicamentos
Autor: CP y MA Mario Orlando Beltrán López
Twitter: @cpmariobeltran
www.anafinet.org.mx
Los medicamentos son elementos tecnológicos que ayudan a contrarrestar el efecto de las enfermedades en la salud de los seres vivos y que mediante el desarrollo y la investigación médica, se genera un costo que sin duda se ha de recuperar a través de la enajenación de dichos medicamentos.
Esta enajenación al ser una actividad lícita dentro de la legislación mexicana, es susceptible de ser desarrollada por cualquier persona física o moral, por lo que en este artículo abordaremos el tratamiento fiscal del Impuesto al Valor Agregado en los Medicamentos.
Read the rest of this entry »
Posted: July 18th, 2011 | Author: El Conta |

Vía Twit de: @AnafinetDF
Posted: July 7th, 2011 | Author: El Conta |
Tax refund for foreign tourists in México
Foreigners visiting Mexico on a tourist visa can obtain the refund of tax* that has been retained in the acquisition of merchandise, in commerce established in our country, whenever the following requirements are met:
Read the rest of this entry »
Posted: June 17th, 2011 | Author: ANTORCHA |

AUTOR: ANTORCHA
Hola, espero te des un tiempo y oportunidad de darle un vistazo a esta jurisprudencia próxima a publicarse, de la cual ya tenemos antecedentes, pues esta situación misma que llanamente no se resuelve puede dar un punto de partida para que las personas que tengan en sus manos los contratos de servicios le echen una revisada a estos, bien aquí lo interesante:
“es el propio contribuyente quien pacta y determina la naturaleza, los términos y las condiciones de la contraprestación que representa el valor de los actos o actividades objeto del impuesto.”
Vaya pues hay que tener mucho cuidado con las palabras técnicas que se utilizan en la elaboración del contrato.
Ya que de esto depende la naturaleza de el, los términos y sus condiciones lo que dará entonces pie para que no sea la autoridad la que venga determinando estas situaciones si no el propio contribuyente.
Read the rest of this entry »
Posted: June 17th, 2011 | Author: Colaboraciones |

PERSONAS FÍSICAS QUE PERCIBEN INGRESOS POR ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES

Autor ANAFINET: C.P. Manuel De Jesús Sánchez Jiménez *
Quienes obtengan ingresos por dar en renta o alquiler edificios, locales comerciales, casas habitación, departamentos habitacionales, bodegas, entre otros (bienes inmuebles) son sujeto al régimen de arrendamiento de bienes inmuebles.
Por lo que daremos un repaso a los ingresos por arrendamiento de inmuebles que perciben las personas físicas, como bien sabemos el artículo 141 de la de ley de impuesto sobre la renta nos dice que considera Se consideran ingresos por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles , los siguientes:
Los provenientes de arrendamientos o subarrendamiento y
en general por otorgar a titulo oneroso el uso o goce temporal de bienes inmuebles en cualquier otra forma
ONEROSO = gravoso
Como este tema solo nos avoca tratar ingresos por arrendamiento de personas física por arrendamiento de casa habitación y locales comerciales, por lo tanto:
Abordaremos los siguientes temas:
- 1. INGRESOS
- 2. DEDUCIONES AUTORIZADAS
- 3. PAGOS PROVICIONALES
- 4. OBLIGACIONES
Read the rest of this entry »
Posted: May 26th, 2011 | Author: El Conta |

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), dio a conocer a través de su portal de Internet, la versión del programa DIOT V.1.1.4., para elaborar y presentar la Declaración Informativa para Operaciones con Terceros.
Búscalo aquí: http://sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/descargas/31_9951.html