Posted: April 19th, 2012 | Author: El Conta | 1 Comment »

Que no te vean la cara estimado coleguita contador/abogado que apenas empiezas…
Los "contratos" de aprendizaje para que te negreen exploten laboralmente en algún despacho, recibiendo como pago únicamente "la experiencia" son definitivamente ILEGALES
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Posted: April 11th, 2012 | Author: El Conta | 1 Comment »

¿La PTU prescribe?
Prescribe el derecho a reclamar su reparto al termino de un año de conformidad con el articulo 516 de la LFT :
Artículo 516.- Las acciones de trabajo prescriben en un año, contado a partir del día siguiente a la fecha en que la obligación sea exigible, con las excepciones que se consignan en los artículos siguientes.
Esto para el trabajador que tiene derecho, sin embargo, para el patrón la parte que no se entregue pasara al reparto a efectuar en el próximo ejercicio y se repartirá entre los trabajadores que tengan derecho a dicho reparto por el ejercicio correspondiente.
Recomiendo leer artículo completo de nuestro amigo @CPJCGOMEZ en el siguiente enlace:
Posted: January 26th, 2012 | Author: Faro Viejo | No Comments »
Listas de asistencia ¿obligatorio presentarlas en juicio laboral?
Sí, porque el patrón en su carácter de demandado en un litigio laboral, tiene la obligación de acreditar la duración de la jornada de trabajo.
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Posted: November 25th, 2011 | Author: Colaboraciones | No Comments »
INTEGRACIÓN DE UN EXPEDIENTE LABORAL
Héctor Adrián Guerrero Arzaga *
Autor colaborador
Uno de los puntos importantes en el proceso de contratación de un empleado es el integrar correctamente su expediente laboral, tener un control adecuado de este así como mantenerlo actualizado con toda la información del empleado; en la mayoría de los casos, en empresas pequeñas o en inicio de operaciones, esto es descartado o no se le presta la atención suficiente, pero como veremos a continuación, una integración correcta del expediente nos puede evitar muchos dolores de cabeza.
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Posted: November 14th, 2011 | Author: Colaboraciones | No Comments »

Autor: Lic. Pepe Soto
En este video-tutorial laboral, les comento acerca de la inexistencia de los contratos a prueba y de ejemplos de aplicación de los contratos x obra determinada y x tiempo determinado.
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Posted: November 8th, 2011 | Author: El Conta | 4 Comments »

Tristemente… esta respuesta es CORRECTA 
En México, nuestra ley laboral NO señala que un trabajador tenga derecho a un permiso laboral por la muerte de un familiar (sin importar el grado de consanguineidad). Por lo tanto la empresa no tiene obligación de darle permiso.
Aunque….por razones de solidaridad con el empleado es MUY conveniente que se le otorgue por lo menos permiso de ausentarse para atender las cuestiones de funeral y sepelio. Aunque esto siempre será a criterio del patrón y no por obligación legal.
Nota de ElConta.Com:
Entre los múltiples pendientes que tienen nuestros legisladores, se encuentra la tan llevada y traída reforma laboral, y uno de sus iniciativas es precisamente eso, el otorgar permiso con goce de sueldo a los trabajadores por el fallecimiento de algún familiar en este tenor:
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Posted: September 20th, 2011 | Author: Colaboraciones | No Comments »

Tiempos de descanso en jornadas no continuas.
Autor: Carlos R. Martin Del Campo
De acuerdo con la reciente resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto del tiempo de descanso en jornada discontinua, el criterio al que debe atenderse para determinar si la jornada de trabajo es continua o discontinua es el de la mayor o menor temporalidad que se le confiera al trabajador para ausentarse de la fuente de trabajo y que interrumpe la jornada. El solo dato de que ese lapso supere en cualquier medida la media hora no debe llevar a la consideración de que sea una jornada discontinua, pues bastaría que, por ejemplo, se otorgara al trabajador un descanso de 31 minutos y que se le permitiese retirarse de la fuente de trabajo, para que esa jornada se considerase no continua y, por ende, dicho lapso en su totalidad ya no fuere computado dentro de la jornada laboral.
Por tanto, la Suprema Corte ha resuelto que la jornada continua es aquella en la que el descanso intermedio se puede disfrutar fuera del centro de trabajo y aun excediéndose de la citada media hora, no supere los 60 minutos, y discontinua en la que el descanso intermedio rebase una hora durante la cual el trabajador pueda retirarse de la empresa.
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Posted: September 12th, 2011 | Author: Colaboraciones | No Comments »

Procedimiento ordinario en el derecho procesal laboral
Autor: FLOR MARCELA FLORES MUÑOZ *
Las controversias en Derecho Laboral se solucionan con ciertas diferencias respecto a un proceso civil, mercantil, penal, etc. estas últimas en la mayoría de sus características son semejantes entre sí.
Para poder comprender el Derecho Procesal Laboral Mexicano es necesario desglosar las partes de un procedimiento ordinario laboral y distinguir sus elementos sobresalientes para finalizar con la conclusión de la existencia de justicia dentro de este tipo de resoluciones de controversias.
Los conflictos de trabajo "son las controversias que se suscitan en ocasión o con motivo de la formación, modificación o cumplimiento de las relaciones individuales o colectivas de trabajo".(1)
Un procedimiento ordinario laboral comienza como cualquier otro procedimiento, inicia con la presentación de la demanda a la Oficialía de Partes la cual la turnará a la Junta Especial correspondiente, este trámite se realiza en el mismo día en que la demanda fue presentada e interrumpe la prescripción.
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Posted: September 1st, 2011 | Author: Colaboraciones | 1 Comment »

Manual de finiquito conforme a la Ley Federal del Trabajo.
Artículo elaborado por:
Lic. José Mendoza Zaragoza.
Catedrático y Coordinador de la Facultad de Derecho
Universidad de la Salle Bajío A. C.
Justificación.
El Derecho del Trabajo está constituido por el conjunto de normas jurídicas que rigen las relaciones entre los trabajadores y los patrones, protegiendo fundamentalmente los intereses de los trabajadores.
Las normatividad jurídica que forma parte del Derecho del Trabajo, que rige las relaciones de trabajo entre los obreros, jornaleros, empleados, domésticos, artesanos y, de una manera general todo contrato de trabajo, en los términos del artículo 123, inciso “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es muy prolija, encontrándose entre esas normas la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales, la Ley Federal del Trabajo, la Costumbre, la Jurisprudencia, los Contratos Colectivos de Trabajo, los Contratos-Ley, la Sentencia Colectiva, los Contratos Individuales de Trabajo y los Reglamentos Interiores de Trabajo.
El trabajador a lo largo de su relación de trabajo, va generando derechos que se ven traducidos en prestaciones en dinero que, a manera de Finiquito, deberán proporcionarse al trabajador o a sus derechohabientes, cuando por cualquier causa se extingan las relaciones de trabajo, prestaciones que harán referencia a los conceptos siguientes: el derecho a los salarios devengados, el derecho al aguinaldo, el derecho a las vacaciones, el derecho a la prima vacacional, el derecho a la participación en las utilidades de las empresas, el derecho a las indemnizaciones derivadas del despido injustificado, el derecho a las indemnizaciones derivadas de la separación del trabajo por causa imputable al patrón, el derecho a las prestaciones derivadas del despido con justificación, el derecho a las indemnizaciones derivadas de los Riesgos de Trabajo, el derecho al Finiquito derivado de la terminación de las relaciones de trabajo, el derecho al Finiquito por renuncia del trabajador, el derecho a la prima de antigüedad, así como el derecho que tienen los deudos del trabajador o sus dependientes, cuando éste fallece por causas distintas de los Riesgos de Trabajo.
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Posted: August 31st, 2011 | Author: Gabriel Aranda Zamacona | No Comments »

Diferencia entre las Cajas de Ahorro y el Fondo de Ahorro
Autor colaborador: Gabriel Aranda Zamacona*
Experto en seguridad social
En esta ocasión vamos a distinguir mediante un breve análisis el concepto que muchas confundimos en la práctica diaria, así según la legislación actual como también por medio de los criterios de los diversos tribunales o la corte ha establecido a lo largo de su historia.
Primeramente veamos que el concepto de FONDO DE AHORRO:
Es la prestación de previsión social en la cual tanto los patrones aportan así como los propios los trabajadores directo de su salario dan una determinada cantidad, con el fin de formar una reserva financiera(ahorro), para que se puedan otorgar financiamiento a todos los trabajadores participantes, que (regularmente) a medio año o al final del año, retiraran el monto total de ambas aportaciones, más el importe de los intereses generados por los diferentes financiamientos otorgados
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