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Como iniciar un negocio en México

Posted: June 13th, 2011 | Author: | No Comments »


Cómo Iniciar un Negocio:

Los temas de Cómo Iniciar un Negocio fueron desarrollados con la asesoría de la UNAM.

En estos temas encontrarás todo lo necesario para crear tu propio negocio o si ya cuentas con uno, te ayudará a actualizarlo y administrarlo mejor:

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Dictaminados obligados a utilizar Servicio de Declaraciones y Pagos (DyP)

Posted: April 4th, 2011 | Author: | No Comments »

¿Quiénes y a partir de cuándo deben presentar sus declaraciones con el Servicio de Declaraciones y Pagos?

Están obligados a utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos los siguientes contribuyentes:

Contribuyentes que se incorporan en mayo de 2011

A partir de mayo, para los pagos provisionales y definitivos correspondientes a abril de 2011 y subsecuentes:

  • Los contribuyentes que en términos del artículo 32-A del CFF, se encuentren obligados a dictaminar sus estados financieros en 2011, respecto del ejercicio fiscal 2010, aún cuando opten por la aplicación del beneficio establecido en el Artículo Tercero del Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2010.

Ver a quienes mas les aplica este sistema de pago en página oficial del SAT


NIF C-4 Inventarios

Posted: December 2nd, 2010 | Author: | No Comments »

Norma de Información Financiera C-4

INVENTARIOS

Esta Norma de Información Financiera (NIF) tiene como objetivo establecer las normas de
valuación, presentación y revelación para el reconocimiento inicial y posterior de los inventarios
en el estado de posición financiera de una entidad económica. La NIF C-4 fue aprobada por
unanimidad para su emisión por el Consejo Emisor del CINIF en noviembre de 2010 para su
publicación y entrada en vigor para ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de 2011.

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NIF C-5 Pagos anticipados

Posted: December 2nd, 2010 | Author: | No Comments »

Norma de Información Financiera C-5

PAGOS ANTICIPADOS

Esta Norma de Información Financiera (NIF) tiene como objetivo establecer las normas de
valuación, presentación y revelación relativas al rubro de pagos anticipados en los estados de
posición financiera de las entidades. La NIF C-5 fue aprobada por unanimidad para su emisión
por el Consejo Emisor del CINIF en noviembre de 2010 para su publicación y entrada en vigor
a partir del 1º de enero de 2011.

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Portal Microe en el SAT ¿Y eso qué es?

Posted: April 6th, 2010 | Author: | 11 Comments »

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Poco o poco pero sin cansancio, para bien ó para mal el SAT se ha estado encargando de ir "cerrando la pinza fiscal" y va eficientando las maneras en que se hace de la información financiera/fiscal de los contribuyentes.

Por cierto… ¿Ya viste la información que despliega las declaraciones prellenadas que el SAT "ofrece" a las personas físicas?… datos MUY interesantes son los que el fisco tiene de cada uno de nosotros los contribuyentes, no los pierdas de vista :idea:

Ok, volviendo a esto llamado Portal Microe, se trata simple y llanamente de un sistema contable conectado en tiempo real proveído por el SAT, que por ahora es opcional para las Personas Físicas (con algunas limitaciones) pero a como van las cosas… no dudemos que en un futuro y pasando las adversidades técnicas que seguramente tendrá este sistema, esta manera de trabajar sea imperativa para todos nosotros. :-?

¿Quieres ser de los primeros?

Aquí la información que la autoridad a publicado:

1 1. .    ¿Qué es el Portal Microe?  

R. Es una herramienta electrónica dirigida a los contribuyentes de baja capacidad económica, a

quienes brinda una forma sencilla para cumplir  sus obligaciones fiscales. La herramienta es proporcionada en forma gratuita por el SAT

.

 

2 2. .    ¿Qué contribuyentes pueden utilizarlo?

R. Las personas físicas dedicadas a realizar actividades empresariales (excepto Repecos), prestar

servicios profesionales independientes o arrendar bienes inmuebles, y las personas morales cuyos

ingresos en el ejercicio anterior no hayan excedido de cuatro millones de pesos. Específicamente:

a)  Personas físicas que se encuentren inscritas en el RFC en el Régimen de Actividades

Empresariales y Profesionales.

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