Posted: October 17th, 2011 | Author: Colaboraciones | No Comments »

La improcedencia del Recurso de Revisión Contenciosa Administrativa.
(Colaboración universitaria)
Por Gilberto Vargas Barroso.
Cursa el noveno semestre de la licenciatura en Derecho
en la Facultad de Derecho de la UNAM
Con fecha 11 de septiembre de 2009 entró en vigor la nueva Ley Orgánica del Tribunal Contencioso Administrativo del Distrito Federal, publicada un día antes en la Gaceta Oficial de la entidad, que abrogó a la ley anterior del 19 de diciembre de 1995.
Esta nueva ley, representó, en lo general un avance en cuanto a la organización y funcionamiento del Tribunal, e incluyó mejoras en el trámite de los procesos que ante él se ventilan. Empero, dicha ley entraña también un grave error por parte del legislador, al no prever de manera expresa en su cuerpo normativo, la figura de la Revisión Contenciosa-Administrativa en favor de las autoridades administrativas, cuya trascendencia, para aquellos no tan versados en procesos jurisdiccionales en materia administrativa y fiscal, explico a continuación:
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Posted: September 13th, 2011 | Author: Colaboraciones | No Comments »

Los Recursos Administrativos.
Presentado Por: Lic. Andrea Leticia Chávez Muñoz.
Catedrático de la Facultad de Derecho.
Universidad de la Salle Bajío.
EL PAPEL DEL RECURSO ADMINISTRATIVO.
Es a veces discutida la existencia del recurso administrativo como medio eficaz del control de la Legalidad Administrativa, sin embargo se le mantiene en la mayoría de las legislaciones del mundo occidental y en casi la totalidad de las leyes mexicanas. Conserva en consecuencia su crédito de va eficaz y necesaria para el control de a legalidad de los actos administrativos. La imperfección en la práctica adquiere en las administraciones no acostumbradas o resistentes a ese y a otros controles de la legalidad, evidencia su difícil papel pero no su inutilidad.
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Posted: August 9th, 2010 | Author: Colaboraciones | No Comments »

Les comparto esta herramienta que navegando encontré en el excelente blog de jebr-asesoría.blogspot.com
Ya aun que un poco tarde les publico una nomina creada por jebr-asesoría y editada de un formato del contador Carlos Báez, que por cierto es muy útil, espero les sea de utilidad y envíen sus comentarios.
Esta hoja trae la función que hacer el calculo quincenal, la nomina esta protegida por una contraseña y necesita un usuario, el usuario es jebrasesor , la contraseña es 695sk, y así podrán accesar a la hoja , si tienen cualquier duda sobre el funcionamiento manden correo o dejen sus comentarios..
DESCARGA AQUÍ.
Posted: May 21st, 2010 | Author: El Conta | 2 Comments »

Como persona ó empresa, resulta por demás incómodo (por decir lo menos) el ser sujeto de los agravios (de cualquier tipo) y mucho menos si estos agravios son infundados y/o injustificados por parte de quien no requiere. Ante estas situaciones solo queda revocarlas y demostrar nuestra inocencia.
Pero cuando el que nos ofende requiere de manera injustificada es alguna autoridad del Estado Mexicano, tenemos a nuestra disposición diversos medios de defensa (Ver diagráma un poco más abajo). Uno de ellos es el recurso administrativo de revocación, del cual nos platica el L.C. LUIS ANTONIO ESPINOSA CAMPOS en un excelente artículo en el sitio Offixfiscal:
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Posted: December 3rd, 2009 | Author: El Conta | 61 Comments »

Esto si que es una excelente noticia y allana el camino para interponer medios de defensa ante las arbitrariedades de la autoridad fiscal:
Noticia publicada en:
El Sudcaliforniano
3 de diciembre de 2009
A raíz de un recurso de revocación administrativo presentado por el presidente de la Cámara de Comercio de La Paz, Carlos Lira Padilla, ante la Administración Jurídica de Ingresos del SAT, la dependencia reconoció la inconstitucionalidad de las multas de hasta 18 mil pesos que aplica a los contribuyentes por la omisión de la presentación de la Declaración Informativa de Operaciones a Terceros (DIOT).
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