Buenos Twits: Recuerda, HOY fecha límite para pago de aguinaldos.
Posted: December 19th, 2011 | Author: Colaboraciones |

Posted: December 19th, 2011 | Author: Colaboraciones |
Posted: December 19th, 2011 | Author: Gabriel Aranda |

Experto en Seguridad Social
Finalmente después de mas de una semana de espera desde su anuncio en los medios de comunicación masivos, el día de hoy Lunes 19 de Diciembre de 2011 aparecen publicados en el Diario Oficial de la Federación los Salarios Mínimos Generales para 2012 quedando como siguen:
Área geográfica "A" $ 62.33
Área geográfica "B" $ 60.57
Área geográfica "C" $ 59.08
De las cosas mas relevantes de la publicación oficial es que de la Lista de profesiones, oficios y trabajos especiales a los que se les fija un salario mínimo profesional, se suprime para el año 2012 y en lo sucesivo, las ocupaciones de Oficial hornero(a) fundidor(a) de metales y Oficial talabartero(a) en la manufactura y reparación de artículos de piel. Asimismo, se acordó mantener los correspondientes al Costurero(a) en confección de ropa en talleres o fábricas. Dependiente(a) de mostrador en refaccionarias de automóviles y camiones, Oficial de sastrería en trabajo a domicilio, Tablajero(a) y/o carnicero(a) en mostrador, Velador(a) y Oficial zapatero(a) en talleres de reparación de calzado, así como las demás ocupaciones incluidas en la Lista de profesiones, oficios y trabajos especiales que estuvieron vigentes en el 2011
Posted: December 12th, 2011 | Author: El Conta |

Estamos ya en pleno diciembre y es precisamente en este mes cuando se realizan las ya famosas pre-pre-posadas, pre-posadas, posadas y fiesta de fin de año ![]()
Es bastante común que las empresas, con el sano interés de mantener contentos y motivados a sus empleados organicen fiestas y rifas para su personal. Pero…. ¿Serán deducibles todos estos gastos?
Partiendo de lo siguiente:
Artículo 31 de LISR: Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:
I. Ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente, salvo que se trate de donativos no onerosos ni remunerativos, que satisfagan los requisitos previstos en esta Ley y en las reglas generales que para el efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria y que se otorguen en los siguientes casos:(…)
Y en eso de "ser estrictamente indispensables" podríamos pasar tooooda un día alegando motivos a favor y en contra…
He encontrado esta explicación bastante certera que me ha gustado y aquí se las comparto:
Posted: December 11th, 2011 | Author: Colaboraciones |

Los periodos vacacionales, las licencias por maternidad, los descansos semanales y las incapacidades por riesgo de trabajo deben considerarse como días laborados para efecto del pago del aguinaldo
Todas las personas que tengan una relación de subordinación con el patrón y que reciban una remuneración por la actividad que realizan, tiene derecho a recibirlo
En el marco de la campaña aguinaldo 2011, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) señala que de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, el patrón no puede alegar dificultades económicas de la empresa o la falta de utilidades como justificación para no pagar el aguinaldo o reducir su importe.
Tras reiterar que el aguinaldo es un derecho anual irrenunciable, que debe pagarse antes del 20 diciembre por un monto equivalente a 15 días de salario, por lo menos, la PROFEDET señaló que los periodos vacacionales, de licencias de maternidad (pre y post natales), los descansos semanales y las incapacidades por riesgo de trabajo deben considerarse como días laborados para efecto del pago del aguinaldo.
Por el contrario, no deben considerarse como días laborados las faltas injustificadas y las incapacidades por enfermedad general, salvo que el contrato de trabajo lo permita.
Asimismo, la Procuraduría apuntó que es un derecho que le corresponde a todos los trabajadores.
“Todos los trabajadores tienen derecho a recibirlo tanto los de base, como los de planta, los sindicalizados y los de confianza. Esto significa que todas las personas que tengan una relación de subordinación con el patrón y que reciban una remuneración por la actividad que realizan, tiene derecho a recibir el aguinaldo”, señaló la Procuradora General Rosalinda Vélez.
En cuanto a las personas contratadas por honorarios, explicó que por el tipo de contrato que tiene naturaleza civil más que laboral, no son considerados trabajadores y por lo tanto no tienen derecho al aguinaldo.
Posted: December 9th, 2011 | Author: Gabriel Aranda |

Imagen: www.guatemalaenusa.net
Zona A 62.33
Zona B 60.57
Zona C 59.08
Cabe aclarar que estos salarios tienen que salir publicados en el DOF para hacerlos oficial lo cual se espera sea el próximo lunes 12 de Diciembre, pero ya es importante tomarlos en cuenta para aquellos caso que se maneja DATOS ESTADISTICOS como es en los sistemas de Nóminas y en el Sistema Unico de Autodeterminación (SUA) del IMSS
Gabriel Aranda Zamacona
@elnidodelseguro
www.elnidodelseguro.com.mx Read the rest of this entry »
Posted: November 29th, 2011 | Author: Gabriel Aranda |
Estimados lectores hace unas horas en el pleno de la Cámara de Diputados fue aprobada con 290 votos a favor la siguiente iniciativa presenta en conjunto por los diputados integrantes de la Comisión de Vivienda que versa en lo siguiente:
Iniciativa presentada en la Gaceta Parlamentaria el 08 de Noviembre de 2011
Que reforma los artículos 43, 44 y 47 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y octavo transitorio del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de Enero de 1997, suscrita por integrantes de la Comisión de Vivienda.
Se propone modificar el texto del artículo octavo transitorio del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 1997, para quedar como a continuación se indica:
Posted: November 27th, 2011 | Author: El Conta |

Entre las múltiples obligaciones al cierre del ejercicio, está la de expedir debidamente (En tiempo y forma) las constancias de retención de impuestos que les hacemos a las personas físicas. (Honorarios, Salarios, Asimilados, Etc.)
Las personas que retienen impuestos a terceros, además de enterar el impuesto, deben cumplir oportunamente con otras obligaciones fiscales, con lo cual además de evitarse requerimientos y sanciones, contribuyen a que las personas a las cuales le retuvieron impuestos cuenten con la información que requieren para presentar su Declaración Anual y en su caso, para que se les devuelvan oportunamente sus saldos a favor.
Posted: November 21st, 2011 | Author: Colaboraciones |
El Aguinaldo desde el punto de vista laboral…Estamos cercanos de la fecha límite de pago del aguinaldo, una fecha esperada por todos los asalariados de este nuestro México.
Esta prestación laboral que se encuentra contenida en el art. 87 de la Ley Federal del Trabajo, tiene sus orígenes en el pensamiento del legislador por considerar que el trabajador debía disponer de un ingreso adicional, que le permitiera solventar los gastos propios de la época decembrina, los cuales no puede afrontar con su salario normal, porque se supone que éste ultimo lo usa para cubrir sus propias necesidades diarias y las de su familia.
Posted: November 21st, 2011 | Author: snogari |

Sistemas Nogari, pone a su disposición el archivo de Excel llamado “Aguinaldos Nogari” el cual le simplifica la determinación del calculo de los aguinaldos.
El archivo realiza el calculo del aguinaldo de una manera muy sencilla y rápida, además determina el ISR a retener por dicha prestación de manera automática, permitiéndole seleccionar la mecánica a seguir para la determinación del impuesto.
Las opciones para calcular el ISR por dicha prestación son conforme a Ley, conforme al reglamento o bien, la opción más conveniente para el trabajador, es decir, la opción donde la retención sea menor.
Los recibos por el pago de esta prestación son generados automáticamente por archivo, basta con presionar algunos botones para emitir los mismos.
Posted: November 14th, 2011 | Author: Colaboraciones |

Autor: Lic. Pepe Soto
En este video-tutorial laboral, les comento acerca de la inexistencia de los contratos a prueba y de ejemplos de aplicación de los contratos x obra determinada y x tiempo determinado.
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