Las autoridades exigen el cumplimiento oportuno de las obligaciones fiscales. Esto es claro y totalmente entendido. Pero…
¿Qué pasa cuando las propias autoridades no dan las herramientas necesarias para cumplir oportunamente con esas obligaciones?
Es clásico que a última hora se emitan resoluciones, también conocidas como reglas, en las que establecen ciertas obligaciones o eximen de cumplir otras.
Otra vez lo servidores del SAT dejando “colgados de la brocha” a aquellos contribuyentes que deben utilizarlos para el pago de sus impuestos vía “Pago Referenciado” (DyP)
Así que el SAT (vía twitter) nos adelanta que se amplía el plazo hasta mañana 18 de noviembre.
Y como mañana es VIERNES…. adivina hasta que día podrás pagar esos impuestos
El programa “Regularización del ISR 2009” del SAT viola flagrantemente la Garantía de Seguridad Jurídica.
Autor colaborador: Gabriel Ochoa Pujol.*
Recientemente el Servicio de Administración Tributaria ha implementado el programa denominado “Regularización del ISR 2009”, el cual tiene como objeto regularizar la situación fiscal de aquellos contribuyentes que no presentaron la declaración anual del Impuesto sobre la Renta 2009.
Este programa puede ser consultado en la siguiente liga http://www.sat.gob.mx/regularizacion_isr/
En lenguaje ciudadano, esto significa que nuestra querida Lolita está revisando quienes sí y quienes no pagaron sus impuestos durante el año de 2009, para a quienes no lo hicieron darles un jaloncito de orejas haciéndoles ver esta situación y advirtiéndoles que de no ponerse a mano a mas tardar el 31 de marzo de 2012 se convertirá en la temida Dolores haciéndoles caer todo el enojo del estado Mexicano y cobrándoles con lo que no se cayeron.
Estimados lectores, como recordarán desde hace mas de un año insistentemente los he estado invitando a utilizar Twitter (mas que Facebook) ya que en esta red social cientos (tal ves miles) de contadores (fiscalistas, de seguridad social, laboral, financieros, contabilidad gubernamental, costos, Etc.) hemos conformado una GRAN e interesante participación bajo el tópico #cptwitter (¿Que es CpTwitter?) y en esta ocasión varios de estos colegas contadores y algunos otros abogados pertenecientes al #ldtwitter se reunieron para dar sus comentarios al respecto de la campaña recaudatoria del SAT denominada Regularización ISR 2009
Así que sin mas preámbulo, aquí les dejo esta larga plática realizada en el tópico #evasionsat el cual sigue en espera de tus propios comentarios: Read the rest of this entry »
Hace unos días que andaba de visita en el blog http://www.hjasnytyn.in me percaté de la excelente cronología de la información relativa a las ahora "famosas" cartas invitación para la regularización del ISR 2009, cronología e interesantes notas que ahora comparto con ustedes ya con la venia del autor del blog comentado líneas arriba.
Recomiendo pongan MUCHA atención a cada una de las pantallas de la siguiente presentación, porque en ellas encontrarás "los porqués" de esta situación que el SAT no hace padecer a los contribuyentes, así como interesantes recomendaciones en caso de ser uno de los "afortunados" 600 mil a los que se los cargó el payaso
Les recuerdo que soy fan del sitio supercp.mx, porque en sus foros uno encuentra frecuentemente respuestas sencillas a los diversos cuestionamientos contables/fiscales, por ejemplo les dejo este tema de actualidad:
¿Qué hago si me llego una invitación por regularización del ISR 2009?
me llego una carta del SAT donde me informan que de determinados meses de 2009 tuve depósitos en efectivo en diferentes bancos y me dan 2 opciones para pagar un importe de impuesto que puedo empezar a pagar a máximo en marzo de 2012.
¿qué debo hacer? ¿pago en una sola exhibición? ¿me amparo? ¿pago en las seis parcialidades? ¿que es lo mejor?
Hemos visto en las últimas semanas que el Administrador Central de Operación de la Fiscalización Nacional del Servicio de Administración Tributaria, L.C. Francisco Ernesto Padilla Camacho, ha dado de baja del registro del padrón de contadores públicos registrados a los que no pudieron cumplir con el requisito de haber formulado durante los últimos cinco años, algún dictamen sobre estados financieros de los contribuyentes.
Una vez que el contador público ha sido notificado de que su registro para dictaminar para efectos fiscales ha sido dado de baja del padrón de contadores públicos registrados, podrá solicitar que quede sin efectos la baja, siempre que lo haga por escrito en un plazo no mayor de 30 días hábiles posteriores a la fecha en que reciba el aviso.