Listado de la etiqueta: subcontratacion de obra

REPSE y los cambios en la subcontratación 2023.

Sea capaz de realizar los registros e informes necesarios para cumplir con las disposiciones actuales de subcontratación.

Consideraciones en la exención de IVA para prestadores de servicio de construcción de Casa Habitación.

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Las distintas interpretaciones legales han representado verdaderos retos en el intento por aplicar o utilizar adecuadamente la exención del IVA

Se adiciona Artículo 29 Bis a la Ley del INFONAVIT – Atención Constructoras y subcontratistas.

Cuando en la contratación de trabajadores para un patrón, a fin de que ejecuten trabajos o presten servicios para él, participe un intermediario laboral o contratista, cualquiera que sea la denominación que patrón e intermediarios asuman, ambos serán responsables solidarios entre sí y en relación con el trabajador, respecto del cumplimiento de las obligaciones contenidas en esta Ley.
prodecon

IVA Casa habitación: PRODECON solicita al SAT que modifique su criterio normativo 28/2014/IVA – Análisis Sistémico –

Se debe adicionar que la exención prevista en el artículo 29 del RLIVA será procedente para los prestadores de servicios de construcción de inmuebles destinados a casa habitación, con independencia de que enajenen inmuebles de la misma naturaleza, es decir, que no debe haber conexidad entre los actos para que aplique la exención, tal y como lo sostuvo la Segunda Sala de la SCJN en el ADR 2126/2013.

Comentarios a los beneficios fiscales 2015 para constructores de viviendas.

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El día 22 de enero del presente año, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales en materia de vivienda, para aquellos contribuyentes que se dediquen a la construcción y enajenación de bienes inmuebles destinados a casa habitación, con la finalidad de incentivar a dicho sector, mediante el otorgamiento de beneficios fiscales consistentes en lo siguiente:

Casa Habitación: Modificación del criterio de la SCJN en la exención del IVA.

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Con la postura respecto a los subcontratistas, se confirma el criterio que las autoridades fiscales han sostenido en el sentido de que los servicios subcontratados, como pueden ser, los trabajos de instalaciones hidráulicas, sanitarias, eléctricas, de cancelería de fierro o aluminio y, en general, cualquier labor que los constructores de inmuebles contraten con terceros para realizarlos o incorporarlos a inmuebles y construcciones nuevas destinadas a casa habitación, no se encuentran incluidos en la exención prevista en el Art. 9, Fracc. II de la mencionada ley y 29 de su reglamento vigente

Para IMSS ¿Los subcontratos de construcción aplican como outsourcing?

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Constructoras. Algunos cambios en formatos SATIC del IMSS -Subcontratos-

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