Posted: January 17th, 2012 | Author: El Conta |
TFJFA / Tesis y Jurisprudencias del mes de Diciembre de 2011
El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa da a conocer las tesis y jurisprudencias relativas al mes de diciembre de 2011. Entre los rubros más destacados están:
- AUTOCORRECCIÓN. LA APLICACIÓN DE ESTA FIGURA POR PARTE DE LOS CONTRIBUYENTES, IMPIDE LA ACTUALIZACIÓN DE LA CADUCIDAD DE LA INSTANCIA LIQUIDATORIA SEÑALADA POR EL ARTÍCULO 50 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.
- COSTO DE LO VENDIDO. DEDUCCIÓN.
- CRÉDITO FISCAL DETERMINADO EN RESPUESTA A UNA PETICIÓN DE DEVOLUCIÓN PRESENTADA POR EL CONTRIBUYENTE. RESULTA ILEGAL.
- CRÉDITO FISCAL.- CASO EN EL QUE PROCEDE LA DEVOLUCIÓN DEL IMPORTE RESPECTIVO.
- DOBLE TRIBUTACIÓN.- APLICACIÓN OBLIGATORIA DE LOS COMENTARIOS AL MODELO DE LA OCDE.
- REVISIÓN ADICIONAL CON MOTIVO DE HECHOS DIFERENTES. NO PUEDE SUSTENTARSE EN INFORMACIÓN OBTENIDA DURANTE UN PRIMER PROCEDIMIENTO DE COMPROBACIÓN. AUN CUANDO NO HAYA SIDO ANALIZADA.
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Posted: September 30th, 2011 | Author: Colaboraciones |
ACREDITAMIENTO DE LAS PÉRDIDAS EN CRÉDITO IETU.
El artículo 11 de la Ley del IETU establece el derecho de aplicar un crédito fiscal por pérdidas en IETU contra el propio IETU anual y pagos provisionales de los diez ejercicios siguientes. También establece que el crédito podrá aplicarse contra el ISR del ejercicio en que se sufrió la pérdida en IETU.
Sin embargo, a través del artículo 22 de la Ley de Ingresos de la Federación para 2010 se modificó el alcance del artículo 11 de la Ley del IETU, estableciéndose diversas limitaciones a estos derechos.
Y decía así:
Art. 22 de la LIF 2010
(…)
Para los efectos del artículo 11, tercer párrafo de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, el monto del crédito fiscal a que se refiere dicho artículo no podrá acreditarse por el contribuyente contra el impuesto sobre la renta causado en el ejercicio en el que se generó el crédito.
(…)
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Posted: July 26th, 2011 | Author: El Conta |

Berrinches no..
Si… hay ex-empleados (contribuyentes) que con un juicio laboral de por medio EXIGEN que su ex-patrón les entregue a ellos (o sea, que les devuelva) el ISR que les retuvieron en su finiquito 
Pero para esto, la SCJN a determinado lo siguiente:
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Posted: July 16th, 2011 | Author: El Conta |
TESIS AISLADA 2a. LXVIII/2011TESIS PENDIENTE DE PUBLICARSESEGURO SOCIAL. EL ARTÍCULO 16 DE LA LEY RELATIVA NO CONTRAVIENE LOS PRINCIPIOS DE RESERVA DE LEY NI DE EXACTA APLICACIÓN DE LA LEY. El citado precepto, al establecer que los patrones deben dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social por contador público autorizado, en los términos previstos en el reglamento que al efecto emita el Ejecutivo Federal, no contraviene los principios citados, pese a no disponer la forma en que dichos contadores deben emitir el dictamen correspondiente, en virtud de que se trata de un precepto que prevé una obligación a cargo del patrón, pero no del contador autorizado para dictaminar, pero además, porque la Ley establece con claridad los deberes del primero y las sanciones a las que puede hacerse acreedor conforme a sus artículos 304 A, fracciones XIX y XX, y 304 B, fracciones I y IV, respetando así la exacta aplicación de la ley. Asimismo, no se conculca el principio de reserva de ley por remitir al reglamento que expida el Ejecutivo Federal para dictaminar a través de contador público autorizado el cumplimiento de las obligaciones patronales ante el Instituto, pues basta con que prevea como conducta transgresora del orden jurídico la omisión de ese deber por parte de los patrones; que se establezcan las consecuencias de su incumplimiento, y que, como en la especie, el reglamento aplicable detalle específicamente la manera en que debe elaborarse el dictamen y las consecuencias de una omisión sobre el particular. Amparo en revisión 457/2011.- Francisco Nieto Cerón.- 29 de junio de 2011.- Cinco votos.- Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos.- Secretaria: Claudia Mendoza Polanco. Tesis aislada aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del trece de julio del dos mil once.
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¿Que nos señala el Art. 16 de la LSS?
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Posted: July 7th, 2011 | Author: El Conta |
TESIS AISLADA 2a. LXV/2011
TESIS PENDIENTE DE PUBLICARSE
MULTA POR INFRACCIONES EN RELACIÓN CON EL PAGO DE IMPUESTOS. EL ARTÍCULO 76, PÁRRAFO PRIMERO, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, NO VIOLA LAS GARANTÍAS DE LEGALIDAD Y SEGURIDAD JURÍDICA.
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Posted: October 16th, 2010 | Author: El Conta |
Avalan diputados mantener en 25 salarios mínimos pensiones del IMSS
El pasado mes de julio, la SCJN decidió tasar las pensiones más altas en 10 salarios mínimos, lo que afectaría a un millón y medio de futuros pensionados.
Roberto Garduño y Enrique Méndez
Publicado: 12/10/2010 17:40
México, DF. Por unanimidad, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó una reforma al artículo 25 transitorio de la Ley del Seguro Social con objeto de que el límite superior de las pensiones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) no se reduzca a 10 salarios mínimos, sino que permanezca por ley el tope de 25 salarios.
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Posted: August 10th, 2010 | Author: El Conta |

TESIS-EN DEVOLUCIONES DEBE REQUERIRSE AL SOLICITANTE, NO AL CP QUE FORMULO LA DECLARATORIA
Lo anterior, dado que para verificar la procedencia de la devolución el artículo 22 del CFF no establece como facultad a favor de la autoridad requerir a personas distintas de los interesados , y las autoridades sólo pueden hacer lo que la ley les permite.
Así lo resolvió la Primera Sala Regional de Oriente del TFJFA en tesis publicada en enero de 2010.
R.T.F.J.F.A.
Sexta Época.
Año III. No. 25.
Enero 2010. p. 307
VI-TASR-XIII-35
SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN ACORDE CON EL ARTÍCULO 22 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. SI LA AUTORIDAD CONSIDERA QUE DEBEN SUBSANARSE IRREGULARIDADES DEBE REQUERIRSE AL SOLICITANTE AUNQUE SE HAYA FORMULADO DECLARATORIA POR CONTADOR PÚBLICO CERTIFICADO.- El artículo 22 del Código Fiscal de la Federación, no establece como facultad a favor de la autoridad, para verificar la procedencia de la devolución, requerir a personas distintas de los interesados, por lo que, la autoridad fiscal no puede formular un requerimiento de esta naturaleza al contador público que formuló la declaratoria que el contribuyente acompañó a su solicitud de devolución, toda vez que, las autoridades sólo pueden hacer lo que la ley les permite.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2610/08-12-01-2.- Resuelto por la Primera Sala Regional de Oriente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 20 de enero de 2009, por unanimidad de votos.- Magistrada Instructora: Erika Elizabeth Ramm González.- Secretario: Lic. Francisco Antonio Aguirre Gutiérrez.
Posted: July 9th, 2010 | Author: El Conta |

Imagen: kabytes.com
A razón de los abusos en las exenciones en ventas de inmuebles… hace unos días la SCJN define en una Tesis de jurisprudencia, que la casa habitación es: “el lugar adecuado en que vivirá una familia”
No una bodega, no un local, y en estricta teoría no esa casa habilitada como oficina…. 
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