EDENRED Yo amo

Todo acerca de la PTU (Participación de los trabajadores en la utilidades)

Posted: May 9th, 2010 | Author: | 1 Comment »

www.tormo.com

Con la finalidad de que las personas físicas y morales cumplan con la obligación de entregar la participación de utilidades, así como para que los trabajadores conozcan y puedan exigir a sus patrones este derecho, aquí podrán consultar la información necesaria que tiene que ver con este tema:

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El IMSS y sus aspectos más relevantes en pocas palabras. -IMSS para dummies-

Posted: April 17th, 2010 | Author: | 12 Comments »

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Es muy común desconocer algunos aspectos sobre las cuotas que se deben pagar al
IMSS por los trabajadores que estén laborando en la empresa que usted dirige, por lo
que tratare de resumir los aspectos más importantes de esto.

 

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Incapacidad IMSS y los primeros tres días -Enfermedad general-

Posted: April 16th, 2010 | Author: | 136 Comments »

alg_nurse_jackie

¿Es obligatorio que se pague a los trabajadores los tres primeros días de incapacidad por enfermedad general que el IMSS no cubre?

De conformidad con el artículo 96 de la Ley del Seguro Social, los asegurados que se incapaciten para trabajar por causa de una enfermedad no profesional, tienen derecho a un subsidio en dinero, el cual se pagará a partir del cuarto día del inicio de la incapacidad. Entendiéndose como enfermedad no profesional toda aquella que sea distinta de un riego de trabajo y que comúnmente conocemos como enfermedad general.

Lo anterior nos deja claro que el IMSS pagará el subsidio de las incapacidades a partir del cuarto día, es decir; si la primera incapacidad cubre 7 días, por ejemplo, el Seguro Social sólo cubrirá el importe de cuatro, esto quiere decir que el trabajador no recibirá retribución alguna por los tres primeros días de incapacidad. Las incapacidades que se emitan con posterioridad serán cubiertas en su totalidad.

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¿Cuál es mi número de seguro IMSS? -NSS-

Posted: December 31st, 2009 | Author: | 46 Comments »



¿No te acuerdas de tu número del seguro social?

Pues no te preocupes porque aquí tienes una herramienta para su búsqueda, tan solo debes seguir

:arrow: este enlace:

Le das otro click donde dice “llenar tus datos personales y al finalizar darle un click en el botón “enviar”.

Esta herramienta es también muy útil para aquellos casos (constructoras) en que solo te dan el nombre y la fecha de nacimiento del empleado y como contador tienes que andar “investigando” los demás datos del trabajador… #QueLatita

Como empleado, además de tu NSS te aparecerán también los último centros de trabajo donde has laborado, si el lugar donde laboras actualmente no aparece y ya tienes más de tres meses de antigüedad, es muy posible que tu patrón no te tenga dado de alta ante el IMSS

:-?