¿Se deben protocolizar todas las actas de asamblea?



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¿Se deben protocolizar todas las actas de asamblea?

Autor: Ricardo de la Cruz Hernández *

Hay duda generalizada por parte de los socios y representantes de las sociedades en especifico de las anónimas, de que si se deben protocolizar todas las actas de asambleas. Porque según en consulta a ciertos notarios la respuesta ha sido que sí. Antes de decidir si es cierto o no y acorde la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM) y para un mejor entendimiento veamos lo siguiente consideraciones.

La Asamblea General de Accionista es el órgano supremo o soberano de la sociedad, por lo tanto las asambleas las podemos clasificar en constitutivas, ordinarias, extraordinarias y especiales.

Las asambleas generales ordinarias son aquellas que se realizan de manera periódica, según lo estipulado en la escritura social o sus estatutos con la finalidad de resolver asuntos previstos en dichas escrituras; y las extraordinarias las no previstas y las cuales pueden celebrarse en cualquier tiempo. (Art. 181 y 182 LGSM)

Por lo que una vez constituida la sociedad y protocolizada la misma (registro acta de junta y estatutos), las asambleas más comunes vienen a ser la ordinarias y las extraordinarias

De las resoluciones de la Asamblea General Ordinaria la ley establece que, se deberá levantar Acta que se asentara en el libro respectivo y deberá ser firmado por el presidente y secretario de la asamblea, así como de los comisarios que concurran. Por lo tanto si por cualquier circunstancia el acta de asamblea no se asentare en el Libro respectivo, entonces sí deberá protocolizarse ante notario. Ahora en cuanto las Asambleas extraordinarias, las actas respectivas si deberán protocolizarse ante notario y además se inscribirán en el registro público de comercio. (art.194 LGSM)

Claro que el notario con ánimo de lucro, cuando se le pregunta si deben protocolizase todas las actas se respuesta es afirmativa.

Visto primero en ANAFINET

* Ricardo de la Cruz Hernández. Licenciado en Contaduría,

Maestro en Derecho Fiscal por la UVM,

Socio activo de la Asociación Nacional de Fiscalistas y

Socio Director de la Cruz Consultores Asesores en materia Fiscal y Empresarial.

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