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Factura electrónica (CFD) utilizando Medios propios y/o Microe son vigentes durante 2011

julio 4, 2011/en Aspecto Fiscal en México, CFDI Comprobantes Fiscales en México, SAT, Tips para empresas, Tramites varios/por El Conta


cfd

Aunque ya antes habíamos platicado un poco acerca de la permanencia de esta forma de impresión de CFD por medios propios utiliando el «Portal Microe»,´en la publicación de la Resolución Miscelanea 2011 podemos enterarnos de lo siguiente que reafirma lo antes dicho:

Opción para generar y emitir CFD utilizando la herramienta electrónica elaborada por el SAT denominada “Portal Microe”

I.2.9.3.2. Para los efectos del Artículo Décimo, fracción III de las Disposiciones Transitorias del CFF, del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes del Impuesto sobre la Renta, del Impuesto a los Depósitos en Efectivo y del Impuesto al Valor Agregado, del Código Fiscal de la Federación y del Decreto por el que se establecen las obligaciones que podrán denominarse en Unidades de Inversión; y reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto sobre la Renta, publicado el 1 de abril de 1995”, publicado en el DOF del 7 de diciembre de 2009, los contribuyentes que hayan optado u opten por utilizar la herramienta electrónica elaborada por el SAT denominada “Portal Microe”, podrán aplicar durante todo el ejercicio fiscal de 2011, el esquema de CFD´s vigente en 2010, contenido en la propia aplicación.

CFF DOF 09/12/09, Artículo Décimo Transitorio CFF

Fuente: RM 2011

Así que si eres de los afortunados que aún puede imprimir sus CFD´s por medios propios te conmino a que NO pierdas este beneficio y cumplas con tus obligaciones… << Lectura recomendada

Obligaciones de los contribuyentes que hayan optado por expedir CFD en lugar de CFDI

II.2.7.1.2. de la RM 2011

(…)

El contribuyente que habiendo optado por expedir CFD al amparo de la regla I.2.9.3.1., incumpla con alguno de los requisitos establecidos en las fracciones I y II de esta regla, perderá el derecho de aplicar esta facilidad a partir de que se presente el citado incumplimiento, quedando desde dicha fecha obligado a aplicar las disposiciones generales en la materia.

De igual forma, cuando los contribuyentes incumplan con el requisito establecido en la fracción III de esta regla, durante dos meses consecutivos, o bien, en tres meses no consecutivos, en el mismo ejercicio fiscal, perderán el derecho de aplicar la citada facilidad a partir de que se presente el último incumplimiento, quedando desde dicha fecha obligados a aplicar las disposiciones generales en la materia.

 



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Etiquetas: 2011, cfd, factura electronica, medios propios, micro-e, reportes mensuales
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5 comentarios
  1. Antonio
    Antonio Dice:
    agosto 10, 2011 en 5:38 pm

    de hecho la ley dice que se asume que optaste por emitir factura eletronica, una vez que generaste tu certificados de sello digital y solicitaste tus folios, por tanto bastaba con realizar ese proceso en 2010. Si estabas dictaminado podias seguir emitiendo facturas en papel hasta agotarlas y si no era asi, la falta estaba en haberlas emitido en papel cuando ya debias hacerlo electronicamente

  2. Maximino Rivera
    Maximino Rivera Dice:
    julio 6, 2011 en 10:46 pm

    Hola, deseo felicitarles por su portal de valiosa ayuda y gran claridad, calidad y sustento.

    Y aprovechando deseo hacerles unas preguntas:
    Adquirí un programa y equipo en diciembre 2010 para emitir mis propios comprobantes, pero por problemas técnicos, no pude emitir ningún comprobante hasta el mes de febrero 2011 y al enviar mis reportes, me aparece una leyenda que dice ya no estar vigente mi certificado para emitir comporbantes.
    ¿ Ahora qué hago yá fuí al SAT y me dicen que ya no está vigente, pero no me dicen qué hacer para emitir mis comprobantes?
    Tal vez deba hacerlo a traves de un proveedor de certificados, pero no emitiré muchos y ¿ ustedes me podrían orientar a cuál debo recurrir en forma gratuita(soy de Oaxaca).
    Gracias

    • El Conta
      El Conta Dice:
      julio 6, 2011 en 10:55 pm

      @Maximino Rivera:

      Lamentablemente ya no podrá emitir facturas CFD por sus propios medios :-?

      Ud. tenía que haber emitido AL MENOS una factura CFD antes del 31 de Diciembre de 2010.

      Lo invito a leer esto: http://supercp.mx/preguntas/84/si-se-opt%C3%B3-por-medios-propios-para-la-emisi%C3%B3n-del-cfd-y-la-instalaci%C3%B3n-no-se-termina-antes-del-fin-del-31-de-diciembre-del-2010-que-se-podr%C3%ADa-hacer

  3. Antonio
    Antonio Dice:
    julio 5, 2011 en 2:02 pm

    Entonces yo que adquirí un software en 2010 para emitir mis CFD, porque elegí esa opción para no tener problemas en el 2011, con lo nuevo que se venía de los CFDI, ¿ya no puedo seguir emitiendo mis CFD? Y si no he rebasado los 4 millones de pesos ¿puedo elegir mis facturas pro el código de barras bidimensional?

    • El Conta
      El Conta Dice:
      julio 5, 2011 en 2:07 pm

      @Antonio:

      Por ahora (y hasta nuevo aviso del SAT) Ud puede seguir emitiendo CFD´s con su software (medios propios) y lo que le comento en este artículo (que imagino ya leyó) es que NO se le pase enviar el reporte mensual de folios utilizados porque pondría en en riesgo este beneficio que ahora tiene (de poder emitir Ud. mismo sus CFD)

      Saludos ;)

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