SUA 3.3.5 del IMSS ve rápidamente la luz.



Autor colaborador:

Gabriel Aranda Zamacona *

Experto en seguridad social

Así es damas y caballeros finalmente después de una semana de esperar (bien por lo que si se esperaron y tache para los que se "aceleraron" instalando la versión 3.3.4 que a la postre fue una tremenda pifia…) ya esta listo para la descarga el parche SUA 3.3.5 esto lo puede descargar directo del portal del IMSS en esta dirección

http://www.imss.gob.mx/patrones/sua/Pages/complementos.aspx

ó en este otro enlace en caso de que la página del IMSS se caiga ó este saturada. (como casi nunca..)

Esto es lo que “hace” el nuevo parche a decir del propio IMSS:

La versión SUA 3.3.5 considera lo siguiente:

  • Se revierten los ajustes realizados a los cálculos en el concepto de Amortización de Crédito INFONAVIT, para los tipos de descuento Cuota Fija y Veces Salario Mínimo.
  • Validación al realizar el cálculo oportuno o extemporáneo de la correcta captura del Salario Mínimo vigente a partir del 01 de enero de 2012.
  • Actualización de los datos históricos vigentes del Índice Nacional de Precios al Consumidor y Porcentaje de Recargos, para el periodo de julio-1997 a marzo-2012, lo cual permitirá que:
    • Los cálculos de Empresas Bipartitas así como los pagos extemporáneos se generen con los datos históricos correctos de los factores de índices y recargos referidos, teniendo el Patrón que registrar sólo los factores posteriores al periodo mencionado (abril-2012 en adelante).

 

Así que damas y caballeros finalmente le llego la razón a la Gerencia de Fiscalización Central del INFONAVIT para no proceder con su mala interpretación que estaba realizando el nuevo art 47 del Reglamento de Pagos del INFONAVIT para dejar de cobrar los ausentismos e incapacidades tal como lo venia haciendo desde hace 15 años con la implementación del Sistema Único de Autodeterminación así que todos los patrones con trabajadores acreditados podremos estar tranquilos y evitar gastos innecesarios por concepto de Defensa Fiscal

Saludos

* Gabriel Aranda Zamacona

Sitio del autor: www.elnidodelseguro.com.mx

Twitter: @elnidodelseguro



5 comentarios
  1. gabriel
    gabriel Dice:

    Desafortunadamente, tendras que ir a la Ofna de Infonavit que te corresponda a que te den un volante con una fecha de atencion que puede ser de hasta 6 meses y hasta entonces llevar tus cedulas de pago y requerimiento en original y copia….. bueno me dices dentro de unos meses como te fue. saludos.

  2. Karyna
    Karyna Dice:

    Hola, a mi me llego una multa del infonavit por cuotas no pagadas o pagadas extemporaneas del 55% del total de contribuciones omitidas. Pero resulta que tales cuotas si las pague y un dia antes de su vencimiento. Como debo proceder? hago caso omiso o tengo que presentar algun formato aclaratorio?

  3. Gabriel
    Gabriel Dice:

    Aplica a partir del pago de Mayo, mi estimada Edith, ojala se pudiera multar al IMSS por hacer mal las cosas, tal y como ellos lo hacen a su libre albedrio e interpretacion que hacen de su ley que ni ellos comprenden…..

  4. Edith
    Edith Dice:

    Tengo una duda…. tengo que ya bajar la actualizacion para realizar el pago del mes de mayo o aplica hasta el pago del bimestre de Infonavit?

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