Outsourcing y sus costos ocultos – Laboral, de calidad y fiscal-





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Image courtesy of Stuart Miles / FreeDigitalPhotos.net

Outsourcing y sus costos ocultos.

Autor: C.P.C. Rubén Darío Dávalos Palomera

Miembro de la Comisión Representativa ante Organismos

de Seguridad Social (CROSS) del Colegio

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La tercerización es hoy una tendencia empresarial para disminuir costos y enfocarse en las operaciones; sin embargo, no todos conocen los riesgos que conlleva contratar este servicio

Actualmente en México se estima que tres de cada cuatro empresas ha utilizado el outsourcing como estrategia para reducir costos laborales y fiscales, y algunas otras para hacer más eficiente y funcional la operación del negocio. Sin embargo, cuando no se hace una adecuada evaluación del proveedor, se corre el riesgo de que la compañía haga uso de esquemas fiscales agresivos que eluden el pago de impuestos o eventualmente a políticas fraudulentas que a la larga generan evasión fiscal, la cual se estima entre 17 y 20%, según datos del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

A continuación incluimos algunos de los costos ocultos que genera el outsourcing desde el punto de vista laboral y de calidad, cuando se contrata una empresa que no fue seleccionada con un estándar adecuado:

  • Incumplimiento de plazos y calidad en la prestación de servicios; situación que puede traducirse en una mala imagen ante clientes y proveedores.
  • Poco o nulo sentido de identificación con la empresa para la que prestan servicios, traduciéndose en un desempeño poco eficiente.
  • Las empresas pueden volverse dependientes de los proveedores de outsourcing en caso de que hayan tercerizado servicios esenciales dentro del negocio.
  • Pérdida del conocimiento de la actividad tercerizada. En caso de que la empresa decida retomar el control de las actividades, el costo puede ser alto.
  • Pérdida de confidencialidad en el negocio de la empresa.

Algunos de los costos fiscales ocultos del outsourcing son:

  • Algunas empresas no reconocen la relación que tienen con sus empleados al incluirlos en esquemas en los que son considerados socio cooperativista, miembros de sindicatos, etcétera.
  • Las compañías, en algunos casos, no afilian a sus trabajadores ante el IMSS, y no efectúan el pago de Cuotas Obrero Patronales (COP), en consecuencia el empleado queda desprotegido sobre el derecho a la salud, asistencia médica y derecho a una pensión, entre otros.
  • Reconocimiento de la relación laboral con salarios inferiores a los reales. Esto genera un menor pago de COP e Impuesto Sobre la Renta (ISR), así como afectaciones en la posible pensión.
  • No reconocimiento de antigüedad laboral. Algunas empresas contratan temporalmente y por lo tanto no existe un reconocimiento de pasivos laborales. En caso de que la empresa de outsourcing cierre, los empleados podrían verse desprotegidos.
  • No presentación de formato PS-1 emitido por el IMSS. Cuando no declaran ante el IMSS los contratos celebrados entre outsourcing y beneficiario, puede generar multas. En caso de que la empresa de outsourcing omita el cumplimiento en el pago de las COP, la empresa beneficiaria de servicio también se puede convertir en responsable subsidiaria y no estaría obligada al pago de las COP de los trabajadores por el servicio recibido.
  • Posibilidad de ser considerados “patrón” de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT). En caso de que las empresas contratantes de outsourcing no cumplan con las condiciones establecidas en la Ley, podrán ser consideradas patrones para efectos laborales y en materia de seguridad social. Puede incluir el tema de pago de prestaciones, salarios, Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) y multas, entre otros.

Es necesario tomar en cuenta que cada uno de estos conceptos, al final del camino, se traduce en un pasivo para la empresa, que empeora con el tiempo y la compañía no debe visualizar su aplicación. Tomando en cuenta los costos ocultos, es importante que en la contratación de estos servicios puedan participar los responsables del área que se pretende tercerizar, los usuarios del servicio, la dirección general y los departamentos involucrados, como son Recursos Humanos e Impuestos y Legal, entre otros.

Es indispensable verificar que la empresa de outsourcing cuente con experiencia comprobada y especializada en el servicio requerido y con un respaldo financiero en caso de que exista alguna de las mencionadas contingencias.

Es importante señalar que las autoridades fiscales han emprendido una labor de fiscalización y adecuación de leyes para que no se transgredan los derechos de los trabajadores. Hoy queda evidente, a través de la reforma a la LFT y el artículo 15-A de la LSS, la necesidad de cumplir con la legislación y fortalecer los controles que permitan a la administración de la empresa enfrentar los riesgos de contratar empresas de outsourcing.

Hay que destacar que este esquema no está prohibido y que la mayoría de las empresas que lo usan o las que se dedican a la tercerización de servicios operan en un adecuado marco legal, sin buscar la evasión fiscal o lograr ventajas improcedentes de estos esquemas. Sin embargo, es indispensable efectuar una completa y correcta evaluación del posible proveedor de servicios de outsourcing, en la cual se consideren todos los aspectos de competitividad, calidad, legales, fiscales, laborales, etcétera, con el objetivo de evitar costos ocultos y contingencias que pueden desprenderse de la contratación de estos servicios, y que estarían comprometiendo de manera seria la estabilidad financiera e incluso social de un negocio en marcha funcionalmente sano y observador de las disposiciones fiscales.

Visto primero en Revista Veritas del CCPM

2013-06_Veritas

Clic en imagen para descargar gratis la Revista Veritas Junio 2013

Mirror: https://dl.dropbox…pdf



2 comentarios
  1. Juan Arturo Gomez Perez
    Juan Arturo Gomez Perez Dice:

    Adicional a la dependencia de los proveedores de outsourcing, existe el riesgo de que por desconocimiento de precios de mercado, la empresa sea sujeta de los costos que quiera aplicarle el proveedor (a veces multas, elevacion de costos indiscriminados, pago de polizas de servicio, servicios «premium» que no son tal, cobro por visitas para soporte tecnico), cancelacion de servicio de manera inmediata ante el retraso de un pago) (aunque el mismo proveedor no se haya preocupado en hacerle saber al cliente que venia la expiracion)

  2. CP ZUÑIGA
    CP ZUÑIGA Dice:

    con todo respeto yo no veo ningun costo oculto, estos riesgos son explicados y el cliente tiene conocimiento de ellos desde la propuesta de servicio.

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