Cantidades límite para pagar en efectivo según la nueva Ley Antilavado.



Flujo-de-efectivo

Prohibido liquidar o pagar actos u operaciones mediante EFECTIVO…

– Ley Antilavado –

Autor colaborador:

Miguel Chamlaty

La denominada Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita publicada el 17 de octubre de 2012 ya entro en vigor, su reglamento y reglas de carácter general  ya han sido publicado y es preciso tener claro a que giros y actividades principalmente afectará de manera inmediata, por lo que es necesario que analicemos varios detalles, para lo cual iré realizando publicaciones sobre estos tres ordenamientos y una que esta generando confusión  es sobre quienes no DEBEN recibir efectivo en las adquisiciones que les realicen, observemos el 32 de la LFPIORPI que señala:

Artículo 32. Queda prohibido dar cumplimiento a obligaciones y, en general, liquidar o pagar, así como aceptar la liquidación o el pago, de actos u operaciones mediante el uso de monedas y billetes, en moneda nacional o divisas y Metales Preciosos, en los supuestos siguientes:

  1. Constitución o transmisión de derechos reales sobre bienes inmuebles por un valor igual o superior al equivalente a ocho mil veinticinco veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación;($519,699)

  2. Transmisiones de propiedad o constitución de derechos reales sobre vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres por un valor igual o superior al equivalente a tres mil doscientas diez veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación; ($207,879.60)

  3. Transmisiones de propiedad de relojes, joyería, Metales Preciosos y Piedras Preciosas, ya sea por pieza o por lote, y de obras de arte, por un valor igual o superior al equivalente a tres mil doscientas diez veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación;($207,879.60)

  4. Adquisición de boletos que permita participar en juegos con apuesta, concursos o sorteos, así como la entrega o pago de premios por haber participado en dichos juegos con apuesta, concursos o sorteos por un valor igual o superior al equivalente a tres mil doscientos diez veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación;($207,879.60)

  5. Prestación de servicios de blindaje para cualquier vehículo de los referidos en la fracción II de este artículo o bien, para bienes inmuebles por un valor igual o superior al equivalente a tres mil doscientas diez veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación;($207,879.60)

  6. Transmisión de dominio o constitución de derechos de cualquier naturaleza sobre los títulos representativos de partes sociales o acciones de personas morales por un valor igual o superior al equivalente a tres mil doscientas diez veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación, o ($207,879.60)

  7. Constitución de derechos personales de uso o goce de cualquiera de los bienes a que se refieren las fracciones I, II y V de este artículo, por un valor igual o superior al equivalente a tres mil doscientas diez veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, mensuales al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación. ($207,879.60)

Y si se te ocurre realizar la operación acorde a los artículos 53 y 54 de LFPIORPI la multa asciende en estos casos a ;

54 III Se aplicará multa equivalente a diez mil y hasta sesenta y cinco mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, o del diez al cien por ciento del valor del acto u operación, cuando sean cuantificables en dinero, la que resulte mayor. 

  Es decir la multa establecida en un mínimo y un máximo, siendo los montos de  $647,600.00 y hasta $4’209,400.00

  Así que a prepararse de estar en estos supuestos de actos prohibidos de pagar en efectivo y sus montos respectivos.

Atentos a sus comentarios.

Miguel Chamlaty

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1 comentario
  1. Enrique Morales
    Enrique Morales Dice:

    las leyes en México siempre son hechas a la medida de afectar al que poco tiene y beneficiar al que mas tiene, como que por blindar un auto hasta 200 mil pesos? que obrero puede blindar su auto? eso es un lujo que se debe pagar tienes para pagar blindaje – paga los impuestos

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