Asociaciones religiosas con facilidades hasta Enero 2015 – CFDI y Contabilidad Electrónica



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Buena ayuda administrativa y fiscal otorgó el SAT a las Asociaciones Religiosas.

COMUNICADO 110 del SAT

  • Se les concede gradualidad para que adopten las medidas en materia de comprobación fiscal y contabilidad electrónica a partir de 2015
  • Lo que resta de 2014 continuarán cumpliendo conforme al régimen de 2013 y se les dará capacitación para aplicar las nuevas disposiciones.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria, (SAT) informa que las asociaciones religiosas podrán cumplir sus obligaciones en materia de comprobación fiscal y contabilidad electrónica a partir de enero de 2015.

Lo anterior considerando que se trata de asociaciones sin fines de lucro, cuyas actividades no son comerciales ni mercantiles, que han manifestado su firme compromiso de cumplir y que han solicitado un periodo para capacitarse y poder aplicar correctamente las nuevas disposiciones fiscales.

Las facilidades otorgadas consisten en:

  • Inicio de la contabilidad electrónica a partir de enero de 2015, en consonancia con la facilidad otorgada a los demás contribuyentes obligados.
  • Emisión de facturas electrónicas a partir de 2015.
  • Emisión de constancias de retenciones o de pago de servicios tradicionales con sello digital del SAT a partir de 2015.

Tratándose de iglesias ubicadas en localidades con menos de 2,500 habitantes, el cumplimiento será semestral y podrá hacerse por diócesis o similar.

Durante lo que resta del año, las asociaciones religiosas continuarán cumpliendo como lo venían haciendo durante 2013 y se les brindarán talleres de capacitación y asesoría a fin de que estén en posibilidad de adoptar a la brevedad posible el esquema electrónico en materia de comprobantes fiscales y contabilidad electrónica.

Con estas acciones el SAT refrenda su compromiso de facilitar y ayudar a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones.

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