IMSS: CFID por pago de Cuotas Obrero Patronales

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Autor: Magali Ramirez

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Atendiendo a los cambios que han sufrido las disposiciones fiscales en lo que a los comprobantes fiscales se refiere, en días pasados el SAT dio a conocer a través de su página de internet, que a partir del mes de julio de 2014 se emitirían comprobantes fiscales a los patrones, por el pago que hacen de las cuotas obrero patronales.

Es importante recordar que cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales por los actos o actividades que realicen, por los ingresos que se perciban o por las retenciones de contribuciones que efectúen, los contribuyentes deberán emitirlos mediante documentos digitales a través de la página de Internet del SAT. Asimismo las personas que adquieran bienes, disfruten de su uso o goce temporal, reciban servicios o aquéllas a las que les hubieren retenido contribuciones deberán solicitar el comprobante fiscal digital por Internet respectivo.

Lo dispuesto anteriormente resulta también aplicable a los recibos y/o comprobantes que expidan las dependencias y entidades públicas federales, estatales y municipales. Sin embargo a través del artículo sexto transitorio de la Primera Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 se otorgó un plazo adicional a las citadas dependencias para expedir los CFDI durante el periodo comprendido del 1 de enero de 2014 al 30 de junio del mismo año.

Así las cosas, hasta el 30 de junio de 2014 era posible deducir los gastos que por concepto de cuotas obrero patronales se efectuarán mediante el mecanismo tradicional, sin embargo a partir del mes de julio los contribuyentes deberán solicitar el CFDI a la dependencia correspondiente.

Como obtener los CFDI de las cuotas patronales

Los CFDI podrán obtenerse cuando los pagos se hayan realizado en forma individualizada, por línea de captura SIPARE o archivo SUA, en la página de internet www.imss.gob.mx, en la opción SIPARE, apartado “Comprobante fiscal”.

Una vez que se ingrese a la sección de la página antes comentada, deberá seguir el siguiente procedimiento:

  1. Seleccionar periodo y año de pago.
  2. Dar click en la opción “Solicitar”.
  3. Se abrirá una nueva ventana en la que mostrará los datos del contribuyente, así como el periodo de pago y el comprobante en PDF y XML.
  4. Posteriormente solo será necesario indicar la ruta donde se desea almacenar los archivos.

Comentario final

Sugerimos estar atentos a la obtención de los CFDI correspondientes a las cuotas obrero patronales pagadas por los patrones, ya que como lo hemos indicado a través de este boletín, aquellas cuotas pagadas a partir del mes de julio no serán deducibles sino se cuenta con el comprobante fiscal digital respectivo.

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6 comentarios
  1. angelica
    angelica Dice:

    NO SE PUEDEN DESCARGAR LOS XML NI FACTURAS DEL SEGURO SOCIAL YA MANDE CORREO AL SEGURO Y NO CONTESTAN

  2. HILDA
    HILDA Dice:

    YO HE ESTADO AL PENDIENTE PARA DESCARGAR LOS CFDI PERO NO ME APARECEN EN EL SISTEMA. DONDE LOS PUEDO SOLICITAR??

  3. Miguel
    Miguel Dice:

    Es ahi cuando ni el gobierno sabe lo que hace….
    Esta es una pregunta que se encuentra en el sat

    ¿Es correcto que algunos establecimientos obliguen a los clientes a generar la factura electrónica
    a través de un sitio de internet?

    No, es incorrecto. La generación de la factura electrónica debe realizarse en el mismo establecimiento si el cliente así lo solicita y proporciona los datos necesarios en el lugar y momento en que se lleve a cabo la operación. Una vez generada la factura, debe ponerse a disposición del cliente.

    Entonces nosotros no deberiamos de preocuparnos por andar facturando ellosson los que les toca su chamba

  4. MIGUEL
    MIGUEL Dice:

    Hola como comenta Jorge, en la página del SIPARE no hay nada, hable con ellos y me dijeron que verificara bien que estaba la línea como pagada, lo cual así esta. Me dijeron que les enviara un correo con la imagen que aparece. Se los envíe y sólo me dijeron que lo iban a checar. En conclusión no resuleven nada, gracias IMSS otra raya mas al tigre.

  5. JORGE
    JORGE Dice:

    GRACIAS POR LA INFORMACION PERO COMO SIEMPRE AL IMSS QUE LE COBRARIAMOS SI DESDE EL MES DE AGOSTO EN SU PAGINA NO PONE LOS CFDI DE LAS CUOTAS
    ENTRA UNO Y NO HAY NADA SOLO LO ANTERIOR PERO DE ENRO A MAYO NO HAY NADA AL IMSS COMO OBLIGARLO A CUMPLIR CON ESOS CFDI QUE NO DA GRACIAS

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