¿Puedo aplicar la deducción ciega si soy persona física en honorarios pero no tengo gastos? Respuesta aquí.



Aunque Uds. no lo crean esta pregunta es mucho muy frecuente, así que aquí les dejamos la respuesta ;)

Pregunta del contribuyente:

Soy persona física que presta servicios profesionales independientes pero no tengo gastos, ¿puedo aplicar la deducción ciega?

Respuesta de la autoridad fiscal:

No, la deducción opcional aplica únicamente para personas físicas con ingresos por arrendamiento.

Fundamento

Artículo 103 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.



2 comentarios
  1. Beatriz Jimenez
    Beatriz Jimenez Dice:

    Podrían ayudarme con una duda:
    Puede una persona física comprar una casa con dinero prestado de un familiar que no esta inscrito en el SAT?

  2. cesar
    cesar Dice:

    Estaria excelente ya que los prestadores de servicio incurrimos en pocos gastos es minimo el costo, por lo tanto así evitaríamos estar inventando deducciones de dudosa indispensabilidad (facturas de vips, toks, el carro de la familia, la lap top de la hija, la ropa para el fin de semana, etc. y no es que me este quemando pero a esto se ven obligados gran cantidad de contribuyentes, sobre todo cuando las empresas no te quieren contratar como asalariado y te ves obligado a entrarle por la via de honorarios.

Los comentarios están desactivados.