SCJN: Es constitucional el limite en deducciones de prestaciones que son exentas para los trabajadores.



En votación económica de 4 a 1, se resolvió en contra de los contribuyentes el amparo interpuesto contra el límite de la deducción de prestaciones (erogaciones) que a su vez constituyen ingresos exentos para los trabajadores (“Partidas Exentas”), así como de las aportaciones a Planes Privados de Pensiones.

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Con esta resolución, en la Segunda Sala de la SCJN se declaró la constitucionalidad de los límites respectivos y por lo tanto, la Corte adopta el criterio para que los contribuyentes pierdan los amparos correspondientes.



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