¿Depósitos en efectivo? No te confíes….



¿Depósitos en efectivo?

No te confíes….


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Recordemos que el 11 de diciembre de 2013 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; de la Ley Federal de Derechos, se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta, y se abrogan la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo”, en la que se abrogó la LIDE, por lo que a partir del 1 de enero de 2014 ya no se cobrará el impuesto.

No obstante, se fiscalizan los depósitos en efectivo de los contribuyentes a través del sistema financiero, en virtud del artículo 55, fracción IV de la Nueva Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), vigente a partir del 1 de enero de 2014:

Artículo 55. Las instituciones que componen el sistema financiero que paguen los intereses a que se refiere el artículo anterior, tendrán, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, las siguientes:

(…)

IV. Proporcionar anualmente a más tardar el 15 de febrero, la información de los depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas abiertas a nombre de los contribuyentes en las instituciones del sistema financiero, cuando el monto mensual acumulado por los depósitos en efectivo que se realicen en todas las cuentas de las que el contribuyente sea titular en una misma institución del sistema financiero exceda de $15,000.00, así como respecto de todas las adquisiciones en efectivo de cheques de caja, en los términos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.

Para los efectos de este artículo, se entiende por depósitos en efectivo, los depósitos en moneda nacional o extranjera que se realicen en cualquier tipo de cuenta que las personas físicas o morales tengan a su nombre en las instituciones del sistema financiero, así como las adquisiciones en efectivo de cheques de caja. No se considerarán depósitos en efectivo, los que se efectúen a favor de personas físicas o morales mediante transferencias electrónicas, traspasos de cuenta, títulos de crédito o cualquier otro documento o sistema pactado con instituciones del sistema financiero en los términos de las leyes aplicables, aun cuando sean a cargo de la misma institución que los reciba.

A pesar de que ya no se retiene impuesto alguno en tus depósitos en efectivo, debes tener gran cuidado en su debido sustento contable y fiscal. So pena que quieras enfrentarte a una situación de  presuntiva de impuestos o bien  a temas de lavado de dinero ya si no demuestras legal procedencia de recursos, entonces es cuerpo del delito… :-?



9 comentarios
  1. Ozcar
    Ozcar Dice:

    Hola,

    Actualmente soy dueño de una constructora, legalmente me asocié con un grupo de inversionistas internacionales que invertirán 1M en USD. mi empresa ha crecido poco a poco y esto le da el empujón para poder crecer potencialmente. ¿Hay algún riesgo que llegue a una investigación previa mucho antes de comprobarlo? Nunca he recibido una inversión de este tamaño.

    Saludos!

  2. luis
    luis Dice:

    Hola tengo una duda, este impuesto me afecta si quiero abonar a capital de mi crédito i fonavit por 50,000 pesos?

  3. Cris
    Cris Dice:

    Hola, yo también necesito asesoría, a un familiar le pidieron su rfc en una caja de ahorro por lo que se dió de alta sin obligaciones, pero ahora le llegó un mail que debe a hacienda por depósitos en efectivo en 2015 que en total suman 80,000, cabe mencionar que mi familiar es una persona mayor que no trabaja y ese dinero se lo dieron por una renta de unas tierras para agricultura. ¿Aquí que debe hacer? pagar lo que le llegó? y de hecho lo que le cobran es como el 8%, por qué es tanto??

    • Antonio
      Antonio Dice:

      Alguien puede asesorar con estos casos? Estoy pasando por algo similar y me gustaría saber que puedo hacer. Gracias

  4. Miguel
    Miguel Dice:

    Hola, Ojala me puedan asesorar, recibi una notificación que debo 30 mil pesos por impuestos de varios depositos que hice en el 2015, uno fue de la venta de un auto y el otro dinero le regreso el banco a mi mujer y se me deposito a mi cuenta.

    Estoy obligado a pagar ese impueto o que puedo hacer para corregir mi sutuación?, espero me puedan ayudar.

    Gracias

  5. DIANA
    DIANA Dice:

    Buen dia

    espro me ayuden como hacer, ya que me llego una notificacion de que en el 2015 obtuve depositos en efectivo por 212,000 pesos en mayo se depositaron 103,000 pero fue por la venta de un coche mas un prestamo del banco pero no estoy registrado en nigun regimen el carro anterior era de mi esposo y asi como se deposito se pago el nuevo carro. solo estoy registrado como trabajador que puedo hacer en este caso…

  6. JOSE ALFREDO
    JOSE ALFREDO Dice:

    SI RECIBI UN DONATIVO DE 150 MIL PESOS POR TRASNFERENCIA BANCARIA, DEB PRESENTAR LA DECLARACIÓN DE OPERACIONES SUPERIORES A CIEN MIL?

  7. Alejandro Arrecillas
    Alejandro Arrecillas Dice:

    Las transferencias electrónicas vía banco tienen algún problema en cuanto a la ley de lavado de dinero? o, de éstas se tiene que comprobar la procedencia legal? cómo podría hacerla si es una transferencia internacional?

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