Multas impuestas por el infonavit. Conoce los casos en que pueden ser reducidas.



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Imagen: staticflickr.com

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CASOS EN QUE LAS MULTAS IMPUESTAS POR EL INFONAVIT PUEDEN SER REDUCIDAS

CP LD y MI Víctor Regalado Rodríguez

Sitio web: entornofiscal.com


En muchas ocasiones y por diversas causas, algunas de ellas de fuerza mayor o extraordinarias, el patrón comete infracciones a la Ley del INFONAVIT por las cuales es sancionado con una multa, misma que en muchas ocasiones es por un monto elevado, por lo cual es necesario tener presente que las multas impuestas por el INFONAVIT son susceptibles de una reducción, en los casos contemplados en el ordenamiento legal respectivo.

De esta forma, el artículo 28 del Reglamento para la Imposición de Multas por Incumplimiento de las Obligaciones que la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y sus Reglamentos establecen a cargo de los Patrones, establece que sin necesidad de que el Instituto dicte una nueva resolución, el monto de la multa impuesta se disminuirá en los casos y porcentajes siguientes:

I. En un 50% de su monto si el Patrón paga la multa dentro de los 45 días siguientes a su notificación.

II. Si la multa es cubierta con posterioridad al plazo de los 45 días siguientes a su notificación, pero antes de notificarse el requerimiento de pago con mandamiento de ejecución, ésta se reducirá en un 25%, y

III. En un 75%, cuando el Patrón haya optado por dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones en materia de vivienda por contador público autorizado y corrija las irregularidades detectadas en el proceso de dictaminación, dentro de los 10 días posteriores a la presentación del dictamen respectivo.

Por lo que de acuerdo a lo anterior, siempre que el INFONAVIT nos notifique una multa, se tendrá derecho a una reducción en el monto de la misma, sin necesidad de que el INFONAVIT emita una nueva resolución al respecto, o deba el patrón hacer una solicitud al respecto, y el porcentaje de reducción estará en función a la fecha en que se haga el pago de la multa, o bien al hecho de si se ha optado por dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones en materia de vivienda, caso en el cual la reducción sería por el 75% del monto de la multa, lo cual representa un incentivo para optar por la dictaminación.

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