El Corredor Público y su relación con la Contaduría Pública.



EL CORREDOR PÚBLICO Y SU RELACIÓN CON LA CONTADURÍA PÚBLICA

Autor colaborador:

MTRO. FEDERICO G. LUCIO DECANINI 


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:arrow: Ley Federal de Correduría Pública Comentada con el Lic. Federico Lucio Decanini

Sede: Hotel Marquis Reforma en la Cd. de México.

Fecha: Jueves 9 de marzo de 2017

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Los Corredores Públicos son los profesionales del derecho, perfectamente capacitados y con amplios conocimientos en materia valuatoria y medios de solución de controversias, quienes después de haber acreditado dos exámenes de alto grado de dificultad, haber garantizado su práctica con fianza bastante y haber realizado una práctica profesional con fedatarios públicos por dos años, son habilitados por la Secretaría de Economía para actuar como mediadores, árbitros, peritos valuadores, asesores legales y fedatarios públicos en materia mercantil.

El Corredor Público puede actuar con cualquiera de las cinco funciones señaladas, así como las demás que se señalen en la propia Ley o Reglamento de Correduría Pública o cualesquiera otras leyes y reglamentos, como por ejemplo auditor de sistemas de comercialización.

El Corredor Público es un verdadero auxiliar del Comercio, de los empresarios y hombres de negocios, de los Contadores Públicos y de los Abogados.

Puede actuar como mediador para trasmitir e intercambiar propuestas entre dos o más partes y asesorar en la celebración o ajuste de cualquier contrato o convenio empresarial.

Es perito valuador para estimar, cuantificar y valorar bienes, derechos, obligaciones y servicios, que se sometan a su consideración por nombramiento privado o por mandato de autoridad competente.

Puede actuar como árbitro a solicitud de las partes, en la solución de controversias derivadas de actos, contratos o convenios de naturaleza mercantil, así como las que resulten entre proveedores y consumidores, de acuerdo con la Ley de la materia.

Como fedatario público podrá hacer constar ante su fe los contratos, convenios y actos jurídicos de naturaleza mercantil, excepto en tratándose de inmuebles, así como en la emisión de obligaciones y otros títulos valor; en hipotecas sobre buques, navíos y aeronaves que se celebren ante él, así como para hacer constar hechos de naturaleza mercantil.

Participará en la constitución de sociedades mercantiles y en todos sus actos y en la representación orgánica de las mismas, en términos de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

Podrá cotejar y certificar las copias de las pólizas o actos en que haya intervenido, así como de los documentos originales que haya tenido a la vista y también sobre todos aquellos que integran la contabilidad de la empresa.

Con tales funciones, es que el Corredor Público se convierte en un excelente auxiliar de los Contadores Públicos, de las empresas, de los comerciantes y de los hombres de negocios, en general.

 MTRO. FEDERICO G. LUCIO DECANINI

CORREDOR PÚBLICO 31 PLAZA

DE LA CIUDAD DE MÉXICO