CFDI 3.3 Hágase la prórroga !! Y se hizo…. Inicia en 2018



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Anuncia SAT facilidades para implementación de nueva factura electrónica

Fecha de publicación
22 de noviembre de 2017

Como resultado de un constante diálogo e interacción con los contribuyentes, el SAT emite facilidades encaminadas a consolidar la adopción generalizada de la nueva versión de la factura electrónica.

  • Se amplía el periodo de convivencia opcional de la nueva factura hasta el 31 de diciembre de 2017
  • La emisión de comprobantes con el Complemento para Recepción de Pagos será opcional hasta el 31 de marzo de 2018

El Servicio de Administración Tributaria ha impulsado el rediseño de procesos para propiciar una interacción más oportuna, automatizada y transparente de los contribuyentes con la autoridad tributaria.

Las adecuaciones a la factura electrónica permitirán eliminar en los próximos años declaraciones informativas, ofrecer declaraciones mensuales pre llenadas de IVA, ISR y IEPS, así como reducir los requerimientos en materia de contabilidad electrónica.

En ese horizonte de gran alcance, el SAT reitera su convicción de que uno de los aspectos de mayor relevancia de los últimos años es el proceso de modernización de la factura electrónica y reconoce el esfuerzo de todos los sectores para sumarse a éste.

Estas mejoras a la factura, que iniciaron en 2016, se consolidan a partir del trabajo conjunto con asociaciones y agrupaciones empresariales, contadores públicos, desarrolladores de sistemas, proveedores autorizados de certificación y contribuyentes de todos los sectores de la economía.

Como resultado de esta cercanía y diálogo con el sector privado, y atendiendo a los avances en las acciones realizadas por los contribuyentes en los últimos meses para una adopción integral de las mejoras, el Servicio de Administración Tributaria informa:

1. A partir del 1 de julio del 2017 entró en vigor la versión 3.3 de la factura electrónica. No obstante, los contribuyentes podrán continuar emitiendo en la versión 3.2 hasta el 31 de diciembre del 2017. A partir del 1 de enero del 2018, la única versión válida será 3.3.

2. La emisión de comprobantes con el Complemento para Recepción de Pagos será opcional hasta el 31 de marzo del 2018.

3. El proceso de aprobación para la cancelación de facturas electrónicas entrará en vigor el 1 de julio del 2018.

4. Hasta el 30 de junio de 2018, en caso de que exista un posible error o discrepancia al registrar la clave de unidad de medida y/o clave de producto o servicio, no se considerará infracción.

5. En los próximos días se estarán publicando los ajustes a las disposiciones fiscales correspondientes para reflejar las facilidades aquí descritas.

Estas facilidades, favorecen la conclusión de la implementación generalizada de la nueva factura por parte de los contribuyentes, mediante esquemas de convivencia de versiones que permiten una migración gradual, de forma que las empresas puedan alinear sus procesos operativos con los de facturación de manera más natural y sistemática.

Es así que, como resultado de la suma de esfuerzos, los contribuyentes y el SAT impulsan la modernización tributaria en México, consolidándolo como referente internacional en materia de factura electrónica.

Fuente: Página oficial del SAT


Y los contribuyentes y ElConta.Com así:


Ya en serio. Sígamos preparándonos para el CFDI 3.3 como si prórroga no hubiera habido:

 

♫Navidad, navidad, ya viene navidadddd ♫ :smile:



11 comentarios
  1. guadalupe
    guadalupe Dice:

    hola!

    en diciembre del 2017 realice un pago, pero como todo mexicano mi proveedor no me facturo en su momento, la factura que me emita en este 2018 es valida?

  2. Francisco
    Francisco Dice:

    Una pregunta..si tengo facturas de proveedores versión 3.2 que no pagué el año pasado, debo solicitar que refacturen a 3.3 para poder pagarles? Saludos

  3. Sarah Matsu
    Sarah Matsu Dice:

    Una pregunta acerca del Complemento para Pagos: si un pago me llega ya con las comisiones deducidas (ejemplo: por un pago por USD 1000 desde el extranjero por transferencia electronica, solo recibo USD 985 en mi banco. Segun mi cliente los USD 15 son comisiones que deduce el banco por transferencias entre distintos paises), cual es el monto que debo llenar en el Complemento de Pagos: USD 1000 o USD 985?

  4. Manuel Bolaños
    Manuel Bolaños Dice:

    El problema con el complemento de pagos es que no an terminado de dar todas las especificaciones para su correcta generacio. Por ejemplo en la guia no menciona como es la manera correcta de generar su representacion impresa, consulte en chat SAT y su respuesta es :» en cuanto a su consulta le comento que por el momentoi no se han publicado estas especificaciones, por favor este pendiente del Portal del SAT» como puede ser si se suponia que el limite este 30 de noviembre?

  5. Roberto Martinez Montes
    Roberto Martinez Montes Dice:

    Al permitir que la emisión de comprobantes con el complemento para recepción de pagos sea optativa hasta marzo 2018, no cae en incongruencia fiscal al ser que la emisión de cfdi en versión 3.3. es obligatoria a partir de enero 2018?

    Considero que más bien el comprobante con complemento para recepción de pago ya será obligatorio a partir de enero 2018 también, a la par que el cfdi 3.3., es correcta mi apreciación o estoy equivocado? Gracias.

    • Ana Garcia
      Ana Garcia Dice:

      Concuerdo con usted, lo mismo pensé al leer que el complemento para recepcion de pagos será optativa hasta marzo 2018.
      Considero correcta su apreciación.

    • Margarita Orozco
      Margarita Orozco Dice:

      Considero que no es incongruencia fiscal, pues se puede trabajar con la versión 3.3 sin emitir el complemento, como muchas empresas ya lo están haciendo, únicamente están haciendo obligatoria su aplicación a partir de 2018.

      • marcela
        marcela Dice:

        De acuerdo yo puedo emitir comprobantes 3.3, a partir del 1 de enero de 2018.

        Pero no emitire complementos de pago hasta el 01 de abril de 2018 que es cuando estoy obligado, antes de esa fecha si quiero los emito si no, no.

        saludos

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