CFDI Complemento de pagos. Nueva prórroga, ya no será en Abril su aplicación obligatoria.



 

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En la página oficial del SAT se publica lo siguiente:

Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y su Anexo 1-A. ​(Publicado el 16 de febrero de 2018)​ ​Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y su Anexo 1-A​

Donde destaca lo siguiente:

TERCERO.           Se reforma el Artículo Séptimo Transitorio de la RMF para 2018 publicada en el DOF el 22 de diciembre de 2017, para quedar como sigue:

“Séptimo      Para los efectos de la regla 2.7.1.35., los contribuyentes podrán optar por expedir CFDI usando la versión 3.3. del Anexo 20 sin incorporar el complemento para recepción de pagos hasta el 31 de agosto de 2018.

Hemos de recordar que la fecha anterior señalaba el mes de Abril 2018:




5 comentarios
  1. LUIS
    LUIS Dice:

    BUEN DIA

    HASTA DONDE YO TENGO ENTENDIDO LA PRORROGA ES PARA QUE TE ACTUALICES NO PARA QUE NO LO HAGAS.

  2. Rosy
    Rosy Dice:

    Buenas tardes

    Como se va a hacer deducible un gasto si me expiden puras facturas version 3.3 con metodo de pago PPD, y no me emiten un complemento de pago, se supone que debo tener el comprobante de pago para hacer deducible el gasto y acreditar el IVA.

  3. Patricia Barron
    Patricia Barron Dice:

    De cualquier forma se debe expedir cfdi ingresos claves 08 y/o 09 al recibir el pago??? ya que opta por expedir el cfdi sin complemento (que es el que está prorrogado)

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