Fecha cierta. Constancias de conservación como solución a exigencia del SAT.



Constancias de conservación como solución a exigencia de fecha cierta por parte del SAT.

Autor: Alejandra Ortega

Sitio web:  www.mifiel.com


Tener documentación que acredite que un producto adquirido o un servicio contratado fue real y no se trató de una simulación fiscal es importante para defender la deducibilidad de una factura en caso de una auditoría del SAT.

Esta documentación puede ser variada dependiendo de la naturaleza de cada operación pero es común que se trate de algún tipo de contrato. Independientemente de la deducibilidad de una operación, tener contratos con proveedores y clientes es una buena práctica ya que ayuda a llevar un mejor control de las operaciones de una empresa.

Sin embargo, desde hace unos años el SAT llevó la necesidad de esta documentación un paso más allá al exigir que estos contratos o documentos de acreditación contaran con fecha cierta argumentando que de otra forma no es posible determinar si el contrato existió al momento de la operación, indicando una operación real, o si se generó a partir de que el contribuyente fue notificado de un proceso de auditoría por parte del órgano recaudador, indicando una simulación.

Esta exigencia de fecha cierta por parte del SAT genera malestar a muchos contribuyentes ya que la manera más común de dotar de fecha cierta a un documento privado -como lo es un contrato- es mediante su ratificación ante un notario público. Evidentemente tener que contratar los servicios de un notario cada vez que se firme un contrato con un cliente o un proveedor representa una carga tanto económica como de proceso injustificable en la mayoría de los casos.

Hasta antes de diciembre de 2019 existían tesis jurídicas en conflicto en cuanto a si es legal que el SAT exija fecha cierta o no. Pero, el 6 de diciembre de 2019 se publicó una resolución que resuelve el conflicto a favor del SAT otorgándole la facultad de exigir la fecha cierta en los documentos privados que presentan los contribuyentes para demostrar que sus operaciones no se tratan de simulaciones fiscales.

Afortunadamente existen alternativas a contratar los servicios de un notario más económicas y con un menor impacto operativo para otorgar fecha cierta a un documento. Por ejemplo, el uso de constancias de conservación emitidas por un Prestador de Servicios de Certificación (PSC) siguiendo los lineamientos de la NOM-151.

Muchos de los servicios de firma electrónica en México, como Mifiel, integran constancias de conservación en su operatividad por lo que los documentos firmados en sus plataformas gozan de fecha cierta. Esto implica que además de las ventajas operativas que se derivan del uso de la firma electrónica ahora también se cubre la exigencia del SAT.




7 comentarios
  1. Hanir
    Hanir Dice:

    Hola para obtener la fecha cierta, es necesario que ambas partes firmen con sus FIEL o con una de ellas es suficiente?

    Estoy interesado en el servicio, sus alcances y costos.

    Abajo mis datos de contacto.

    Gracias.

  2. JOSE
    JOSE Dice:

    que tal si saco una copia certificada, por ejemplo d eun contrato… seria valido para efectos de fecha cierta!??

    digo! el costo quizas no sea tan grande, obvio, dependiendo la cantida de hojas de un contrato .. por aca, en cd jrz, anda en unos 300-400 pesos.

  3. Adela Fonseca
    Adela Fonseca Dice:

    esto afecta el bolsillo del contribuyente, ya que existen N operaciones con proveedores y hacer un contrato por cada proveedor causa estragos en sus finanzas…esto esta fuera de lugar ya que con la firma electronica, el SAT tiene modo de verificar si en verdad esas facturas son reales o apocrifas….

  4. Alberto Corona
    Alberto Corona Dice:

    Deseo informacion precisa de como se maneja esta forma de daele fecha cierta a la documentación, la legislación que la avala y el costo. Gracias

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