Activos Fijos. ¿Cuándo es una adición o mejora y cuando es un gasto de mantenimiento o conservación?




ACTIVOS FIJOS.

¿Cómo se conforma el MOI? ¿Cuándo es una adición o mejora al activo y cuando es un gasto de mantenimiento o conservación?

Autor colaborador:

L.C.P. Alfredo Álvarez

A menudo nos han tocado registrar en la contabilidad algunas facturas que nos hacen dudar si son “mejoras o adiciones al activo” o “gasto de mantenimiento y conservación”, o bien, al momento de la compra de un activo fijo la factura trae refacciones (además del activo), y las refacciones las mandamos al gasto como tal. Aparte, en algunas ocasiones, hay que realizar otros costos y gastos para poder mantener el activo en buenas condiciones y poder trasladarlo al lugar donde entrara en funcionamiento. Estas dudas pueden ocasionar un mal registro y afectar a la empresa financiera o fiscalmente. Por eso mismo, hoy trataremos de aclarar estos puntos que serán clave para identificar como se conforma el MOI y, cuando es adición o mejora al activo y cuando es un gasto de mantenimiento o conservación

Primero, hablaremos del monto original de la inversión (MOI):

El MOI comprende, además del precio del bien, los impuestos efectivamente pagados con motivo de la adquisición o importación del mismo a excepción del impuesto al valor agregado, así como las erogaciones por concepto de derechos, cuotas compensatorias, fletes, transportes, acarreos, seguros contra riesgos en la transportación, manejo, comisiones sobre compras y honorarios a agentes aduanales. Tratándose de las inversiones en automóviles el monto original de la inversión también incluye el monto de las inversiones en equipo de blindaje. Art 31 LISR

Es decir, todos los costos y gastos atribuibles a la adquisición del bien. Ejemplo:

La empresa SAN PEDRO, S.A. DE C.V. se dedica a la construcción y compro una súper revolvedora con un costo de $40,500.00, pero, además, en la misma factura venían incluidas unas refacciones para su mantenimiento con una suma de $10,000.00.

La revolvedora se encontraba en otro estado y tuvieron que pagar el traslado y el seguro del mismo por un total de $9,000.00. Ahora bien, la suma de todos los costos y gastos dan un total de $59,500, pero, como bien dice el artículo 31 de la LISR; se exceptúa del precio del bien el impuesto al valor agregado, entonces, el MOI de la súper revolvedora es de $51,293.10…

Ahora, trataremos de explicar cuando es una adición o mejora al activo y cuando es un gasto de mantenimiento y conservación:

La adición o mejora el activo son las que aumentan su productividad, su vida útil o permiten darle al activo de que se trate un uso diferente o adicional al que originalmente se le venía dando. Una vez que se le hace esa adición o mejora al activo, se comenzará a deducir conforme el Título II, Capítulo II de la LISR a partir del ejercicio en que se realicen las mismas. Art. 75 RLISR. Ejemplo:

La empresa SAN PEDRO, S.A. DE C.V. le agregó un 2do motor a la súper revolvedora para que trabaje con más rapidez y su vida útil aumente 3 años más. El motor tuvo un valor de $3,500.00, tal cantidad debe de cargarse al activo fijo en contabilidad y comenzar a depreciarse en el ejercicio que corresponda.

Por otro lado, se considera gasto de mantenimiento y conservación los que se eroguen con el objeto de mantener el bien de que se trate en condiciones de operación.